Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2020 (11/03/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

El Peruano / Miércoles 11 de marzo de 2020

NORMAS LEGALES

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MARTHA PUMAYALLI QUISPE, alumnos de la Escuela Profesional de Turismo, se encuentran matriculados en el Semestre Académico 2019-2; Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planificación expide las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nros. 5324, 5325, 5271 y 5272-2019 precisando la afectación presupuestal para atender lo solicitado conforme a los anexos que forman parte de la presente resolución; Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento de los citados expedientes y ha dispuesto se emita la Resolución correspondiente; Estando a los actuados, Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal 2019, Resolución Nº CU-098-2018UNSAAC, Ley Nro. 30879; Art. 3º de la Ley Nro. 27619; D.S. Nº 047-2002-PCM; Proveídos Nros. 633, 634, 640 y 641-2019-FACACET-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y Estatuto Universitario. RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR, la participación de los estudiantes: BETSAVE ROXANA TEVES SILVA con Código de Matrícula Nro. 164377; LIDNAIDA BASCONSUELOS ECOS con Código de Matrícula Nro. 163960; ROGER HOSCAR CASILLA HUAMAN con Código de Matrícula Nro. 160429 y LIDIA MARTHA PUMAYALLI QUISPE con Código de Matrícula Nro. 161049, alumnos de la Escuela Profesional de Turismo, de la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo de la Institución, en el Programa de Movilidad Académica Estudiantil en la BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA ­ MÉXICO, por el periodo comprendido del 02 de enero al 21 de mayo de 2020, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Segundo.- DISPONER, que la Dirección General de Administración otorgue apoyo económico en el importe de S/ 5,000.00 (CINCO MIL 00/100 soles), a favor de cada uno de los señores: BETSAVE ROXANA TEVES SILVA, LIDNAIDA BASCONSUELOS ECOS; ROGER HOSCAR CASILLA HUAMAN y LIDIA MARTHA PUMAYALLI QUISPE, para cubrir diferentes gastos con motivo de su Movilidad Académica señalada precedentemente. Tercero.- EL EGRESO, se atenderá con cargo a las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nros. 5324, 5325, 5271 y 5272-2019, que en Anexo forman parte de la presente resolución. Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Logística de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano", de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619. Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los alumnos de presentar ante la Dirección General de Administración la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración Jurada de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de la movilidad académica hasta por el 30% del monto total de la subvención), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del CuscoUNSAAC, con RUC 20172474501, por concepto de viaje de estudios y otros gastos realizados en el lugar (gastos por alimentación, alojamiento, movilidad local inscripción a eventos (congresos, simposios, talleres, eta.), rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de 10 días hábiles computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el formato Nº 3 que deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área. integracioncontable@unsaac.edu.pe, el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor "RENDICIÓN DE CUENTAS, RESOLUCIÓN NRO. R--, NOMBRE DEL BENEFICIARIO, formatos aprobados mediante Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016. Igualmente presentaran informe de dicha Movilidad Académica Estudiantil

ante el Decanato de Facultad y Despacho Rectoral respectivamente; La Dirección General de Administración y la Facultad de Ciencias Administrativas, Contables, Económicas y Turismo adoptarán las acciones complementarias para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y archívese. J. EFRAIN MOLLEAPAZA ARISPE Rector (e) 1863148-1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº R-2133-2019-UNSAAC Cusco, 27 de diciembre de 2019 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO. VISTO, el Oficio Nº 1070-2019-FED Y Cs.C-UNSAAC, registrado con el Expediente Nº 978443 cursado por la Dra. ZORAIDA LOAIZA ORTÍZ, Decana de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, solicitando asignación de apoyo económico para estudiante que se indica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante expediente de Visto, la Decana de la Facultad de Educación y Ciencias de la Comunicación de la Institución, hace de conocimiento que la Srta. NILDA QUISPE CHAMPI con Código de Matrícula Nro. 171492, alumna de la Escuela Profesional de Educación, realizará Movilidad Académica Estudiantil en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla ­ México, por el Semestre Académico 2020-I, periodo comprendido de enero a mayo de 2020, conforme se desprende del Oficio Nº DGD/4948/2019, cursado por el Dr. Odorico Mora Carreón, Director General de Desarrollo Internacional de dicha Universidad; Que, por tal motivo con opinión favorable solicita se otorgue apoyo económico en el importe de S/ 5,000.00 soles, a la Srta. Nilda Quispe Champi, para solventar diferentes gastos en la Movilidad Académica Estudiantil, en la BENEMÉRITA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE PUEBLA ­ MÉXICO; Que, a través del Informe Nº 335-2019-UCC-DSIUNSAAC el Director (e) de la Unidad de Centro de Cómputo, indica que de acuerdo a la información registrada en la base de datos, la Srta. NILDA QUISPE CHAMPI, alumna de la Escuela Profesional de Educación, se encuentra matriculada en el Semestre Académico 2019-2; Que, mediante Oficio Nº 952-2019-VRAC-UNSAAC, del Vicerrector Académico, eleva el expediente con opinión favorable respecto a la solicitud de la Srta. Nilda Quispe Champi para realizar movilidad estudiantil internacional en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla ­ BUAP, por el Semestre Académico 2020-I, a partir del 02 de enero del 2020; Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Presupuesto de la Dirección de Planificación expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 5226-2019 precisando la afectación presupuestal para atender lo solicitado conforme a los anexos que forman parte de la presente resolución; Que, la Autoridad Universitaria ha tomado conocimiento del citado expediente y ha dispuesto se emita la Resolución correspondiente; Estando a los actuados, Ley del Presupuesto Público para el año Fiscal 2019, Resolución Nº CU-098-2018UNSAAC Ley Nro. 30879; Art. 3º de la Ley Nro. 27619; D.S. Nº 047-2002-PCM y en uso de las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y Estatuto Universitario; RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR, la participación de la Srta. NILDA QUISPE CHAMPI con Código de Matrícula Nro.

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