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46 NORMAS LEGALES Sábado 17 de abril de 2021 / El Peruano INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Designan Asesor II de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 088-2021-J-OPE/INS Lima, 16 de abril de 2021VISTO:El expediente con Registro N° 7115-2021 que contiene la Nota Informativa N° 002-2021-SJ/INS de fecha 13 de abril de 2021 y el Informe N° 089-2021-OEP-OGA/INS de fecha 15 de abril de 2021, de la O fi cina Ejecutiva de Personal de la O fi cina General de Administración del Instituto Nacional de Salud, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, de otro lado, el artículo 7 de la indicada Ley precisa que mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de con fi anza no contemplados en el artículo 1 de dicha norma; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1), 2) e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal sólo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP de la entidad; Que, mediante Resolución Ministerial N° 901-2020/ MINSA publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 02 de noviembre de 2020, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Instituto Nacional de Salud, en el cual el cargo estructural de Asesor II de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud, se encuentra clasi fi cado como de con fi anza; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 068-2021-J-OPE/INS de fecha 24 de marzo de 2021, se aceptó la renuncia del Médico Cirujano Pedro Antonio Riega López en el cargo de Asesor II de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud; Que, mediante Informe N° 089-2021-OEP-OGA/INS elaborado por la O fi cina Ejecutiva de Personal de la O fi cina General de Administración se informa los resultados de la evaluación de la hoja de vida, propuesta para el Per fi l de Puesto del cargo de Asesor II de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud, concluyendo que cumple con los requisitos para el per fi l de puesto en mención; Con el visto de la Directora Ejecutiva de la O fi cina Ejecutiva de Personal, y de los Directores Generales de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional de Salud, y del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud; y, De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N°29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales; en el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057 y regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de servicios, modi fi cado por Decreto Supremo N° 65-2011-PCM; y, en uso de las facultades establecidas en el literal h) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2003-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar, al Abogado Darwin Emilio Hidalgo Salas, bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, en el cargo de Asesor II de la Jefatura del Instituto Nacional de Salud. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal Institucional del instituto Nacional de Salud y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR SUÁREZ MORENO Jefe 1944636-1 INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 0055-2021-IPEN-PRES San Borja, 15 de abril de 2021VISTOS: El Memorando Nº D000018-2021-IPEN-ADMI de la O fi cina de Administración, el Informe Nº D000018- 2021-IPEN-RACI de la Unidad de Racionalización de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y, el Informe Nº D000043-2021-IPEN-ASJU de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 60 de la Constitución Política del Perú estipula que, la economía nacional se sustenta en la coexistencia de diversas formas de propiedad y de empresa. Sólo autorizado por ley expresa, el Estado puede realizar subsidiariamente actividad empresarial, directa o indirecta, por razón de alto interés público o de mani fi esta conveniencia nacional; Que, el numeral 43.4 del artículo 43 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento; Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 088-2001- PCM, establece en su artículo 1 que para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes a los ciudadanos se requiere contar con autorización de Ley expresa, en tanto que el artículo 2 del citado dispositivo señala que el Titular de la entidad, mediante resolución que deberá ser publicada, establecerá la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; precisando que toda modi fi cación a dicha resolución deberá aprobarse por resolución del Titular y publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, ahora bien, de acuerdo a lo previsto en el inciso d) del artículo 24 del Decreto Ley Nº 21875, Ley Orgánica del IPEN, los recursos del IPEN están constituidos por “d. Los recursos generados por prestación de servicios, contratos o convenios que celebre con personas naturales, jurídicas, privadas o públicas, nacionales o