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76 NORMAS LEGALES Viernes 15 de enero de 2021 / El Peruano del per fi l de puesto del cargo de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° IX - Sede Lima y de las Zonas Registrales N° I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, X, XI, XII, XIII y XIV, debiéndose dejar sin efecto la descripción de los cargos señalados en el MOF de las Sede Central y Zonas Registrales, modi fi cándose a su vez el Clasi fi cador de Cargos de la Sunarp; De conformidad con lo establecido en el literal r) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2013-JUS; y la Directiva N° 004-2017-SERVIR-GDSRH “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”, aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR/PE; con el visado de la Ofi cina General de Recursos Humanos, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar la incorporación de Per fi l de Puesto respecto al Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° IX-Sede Lima. Formalizar la aprobación e incorporación del per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° IX-Sede Lima en el respectivo Manual de Organización y Funciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Formalizar la incorporación de Perfi les de Puesto respecto al Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de las demás Zonas Registrales. Formalizar la aprobación e incorporación del per fi l de puesto correspondiente a la plaza de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de las Zonas Registrales N° I-Sede Piura, N° II-Sede Chiclayo, N° III-Sede Moyobamba, N° IV-Sede Iquitos, N° V-Sede Trujillo, N° VI-Sede Pucallpa, N° VII-Sede Huaraz, N° VIII-Sede Huancayo, N° X-Sede Cusco, N° XI-Sede Ica, N° XII-Sede Arequipa, N° XIII-Sede Tacna y N° XIV-Sede Ayacucho en el respectivo Manual de Organización y Funciones, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3.- Dejar sin efecto. Dejar sin efecto la descripción del cargo señalado en el Manual de Organización y Funciones de la Zona Registral N° IX – Sede Lima y de las demás Zonas Registrales, correspondiente al per fi l de puesto incorporado en los Artículos 1 y 2 de la presente Resolución. Artículo 4.- Modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos. Aprobar la modi fi cación del Clasi fi cador de Cargos, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, a fi n de incorporar los requisitos mínimos de la plaza de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Zona Registral N° IX-Sede Lima y de Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de las Zonas Registrales N° I-Sede Piura, N° II-Sede Chiclayo, N° III-Sede Moyobamba, N° IV-Sede Iquitos, N° V-Sede Trujillo, N° VI-Sede Pucallpa, N° VII-Sede Huaraz, N° VIII-Sede Huancayo, N° X-Sede Cusco, N° XI-Sede Ica, N° XII-Sede Arequipa, N° XIII-Sede Tacna y N° XIV-Sede Ayacucho. Artículo 5.- Publicación de la resolución Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, la presente Resolución y anexos serán publicados en el Portal Institucional (www.gob.pe/sunarp) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ELEODORO CASTILLO SANCHEZ Gerente General 1919673-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Deniegan modificación de licencia institucional solicitada por la Universidad Señor de Sipán S.A.C., respecto a la creación de dos (2) filiales ubicadas en Piura y Lima RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 004-2021-SUNEDU/CD Lima, 13 de enero de 2021VISTOS: La Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite Documentario N° 015661-2020-SUNEDU-TD del 22 de mayo de 2020, presentada por la Universidad Señor de Sipán S.A.C. (en adelante, la Universidad), y el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 037-2020-SUNEDU-02-12 del 16 de diciembre de 2020 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesDe acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria1 (en adelante, la Ley Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu) es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo veri fi car el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior universitario y autorizar su funcionamiento. El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria establece que la Sunedu es la autoridad competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, fi liales, facultades, escuelas y programas de estudios conducentes a grado académico. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 183-2019-SUNEDU/CD del 31 de diciembre de 2019, publicada el 3 de enero de 2020 en el Diario O fi cial “El Peruano”2, se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior en su sede conformada por dos (2) locales conducentes a grado académico y título profesional; ubicados en los distritos de Pimentel y Chiclayo, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, con una vigencia de seis (6) años. Además, se reconoció que su oferta educativa estaba compuesta por treinta y cuatro (34) programas de estudio de los cuales dieciocho (18) son conducentes al grado de bachiller y título profesional y dieciséis (16) conducentes al grado de maestro, todos bajo la modalidad presencial. El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y sus modi fi catorias (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento3), establece el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional que permite a la Sunedu veri fi car y garantizar que la modi fi cación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, se modi fi caron los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de Licenciamiento e incorpora los artículos 29, 30 y 31, los mismos que establecen los