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45 NORMAS LEGALES Viernes 5 de febrero de 2021 El Peruano / ACCESO A INTERNET MÓVIL CONTROL O POSTPAGO) CONTRATO TIPO N° 15 : PURIQ INTERNET PREPAGO IMA NISQA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET MÓVIL PREPAGO) CONTRATO TIPO N° 16 : Q’IPICHASQA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EMPAQUETADOS) CONTRATO TIPO N° 17 : TELEFONÍA FIJA POSTPAGO NISQA IMA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA POSTPAGO) CONTRATO TIPO N° 18 : TELEFONÍA FIJA PREPAGO NISQA IMA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA PREPAGO) CONTRATO TIPO N° 19 : INTERNET FIJO POSTPAGO IMA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO POSTPAGO) CONTRATO TIPO N° 20 : INTERNET FIJO PREPAGO IMA NISQA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA ÑUQANCHAKUY KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET FIJO PREPAGO) CONTRATO TIPO N° 21 : QULLQIPAQ TELEVISIÓN POSTPAGO NISQA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DE PAGA POSTPAGO) CONTRATO TIPO N° 22 : QULLQIPAQ TELEVISIÓN PREPAGO NISQA HAYWAKUY MAÑAKUYMANTA KUSKACHAY (CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN DE PAGA PREPAGO) Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Asimismo, disponer que la presente Resolución, el Informe de Vistos y los contratos tipo en idioma quechua para los servicios públicos de telecomunicaciones (incluyendo sus consideraciones generales y anexos) así como la cartilla informativa de derechos del usuario en dicho idioma, sean publicados en el Portal Electrónico del OSIPTEL (página web institucional: http://www.osiptel.gob.pe). Artículo 3.- El contrato tipo en versión quechua se emplea a partir del 1 de junio de 2021. Regístrese y publíquese. DAVID VILLAVICENCIO FERNÁNDEZ Gerente General (E) 1925316-1 Sancionan a TELEFÓNICA DEL PERÚ S .A.A. con multa por la comisión de la infracción grave tipificada en el Ítem 24 del Anexo N° 1 del Régimen de Infracciones y Sanciones del Reglamento General de Tarifas RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00336-2020-GG/OSIPTEL Lima, 30 de diciembre de 2020 EXPEDIENTE Nº : 0002-2020-GG-GSF/PAS MATERIA : Procedimiento Administrativo Sancionador ADMINISTRADO : TELEFÓNICA DEL PERÚ SAA.VISTO: EL Informe N° 00011-DFI/2020 (Informe Final de Instrucción) emitido por la Dirección de Fiscalización e Instrucción, por medio del cual se informa a esta Gerencia General respecto del procedimiento administrativo sancionador (PAS) iniciado a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ SAA (TELEFÓNICA), por la presunta comisión de la infracción tipi fi cada como grave dispuesta en el Ítem 24 del Anexo N° 1 del Régimen De Infracciones y Sanciones del Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 060-2000-CD/OSIPTEL y modi fi catorias (el REGLAMENTO). CONSIDERANDO:I. ANTECEDENTES1. Mediante Informe de Supervisión Nº 00150-GSF/ SSDU/2019 de fecha 27 de diciembre del 2019 ( Informe de Supervisión ) la entonces Gerencia de Supervisión y Fiscalización (hoy Dirección de Fiscalización e Instrucción -en adelante DFI) en el marco del Expediente de Supervisión N° 00087-2019-GSF emitió el resultado de la veri fi cación realizada a TELEFÓNICA, respecto del plazo de aplicación de la tarifa promocional denominada “Portabilidad Prepago - Preplan S/ 5” registrada en el Sistema de Información y Registro de Tarifas (en adelante, SIRT) con código N° TPTM20180001280, cuyas conclusiones y recomendaciones fueron las siguientes: “(…) V. CONCLUSIÓN 5.1 TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., habría incumplido lo establecido en el artículo 26° del Reglamento General de Tarifas, toda vez que en dieciocho (18) números telefónicos: - Aplicó el bono de 600 MB asociado a la tarifa promocional “Portabilidad Prepago – Preplan 5”, por un periodo superior a ciento ochenta (180) días calendario. VI. RECOMENDACIÓN 6.1 En tal sentido, por dicho incumplimiento corresponde iniciar un Procedimiento Administrativo Sancionador (PAS) a TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.”. 2. Mediante carta N° 00152-GSF/2020, noti fi cada el 20 de enero del 2020, la DFI comunicó a TELEFÓNICA el inicio de un PAS, por la presunta comisión de la infracción tipi fi cada como grave en el ítem 24 del Anexo N° 1 – Régimen de Infracciones y Sanciones – del REGLAMENTO, al haber incumplido con lo dispuesto en el artículo 26° de la misma norma, toda vez que habría aplicado una Tarifa Promocional por más de ciento ochenta (180) días calendario. De acuerdo a ello, se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles para la remisión de sus descargos por escrito. 3. Con carta TDP-0742-AR-ADR-20, recibida el 28 de febrero de 2020, TELEFÓNICA solicita se le conceda audiencia oral, a fi n de ejercer su derecho de defensa; la misma que fue denegada mediante carta C. 00334-DFI/2020 del 20 de noviembre de 2020. 4. Mediante carta N° TDP-0869-AR-ADR-20 recibida el 19 de junio de 2020, TELEFÓNICA presentó sus descargos por escrito y solicitó audiencia ( Descargos 1 ). 5. Con fecha 23 de noviembre de 2020, la DFI remitió a la Gerencia General el Informe N° 00011-DFI/2020 (Informe Final de Instrucción ). 6. Con carta C.01142-GG/2020, noti fi cada el 24 de noviembre de 2020; se puso en conocimiento de la empresa operadora el informe Final de Instrucción, a fi n que presente sus descargos en un plazo de cinco (5) días hábiles. 7. Con escrito N° TDP-3539-AR-ADR-20 recibido el 30 de noviembre de 2020, TELEFÓNICA solicitó una prórroga de diez (10) días hábiles adicionales, el mismo que fue denegado con carta C. 01159-GG/2020, noti fi cada el 01 de diciembre de 2020.