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94 NORMAS LEGALES Sábado 27 de febrero de 2021 / El Peruano de la República ha solicitado a la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga la transferencia fi nanciera para la contratación de la sociedad de auditoría; Que, con Memorando Nº 490-2020-UNSCH-OGPP- OP, de fecha 11 de agosto de 2020, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto ha emitido la opinión técnico-presupuestal para la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la sociedad de auditoría; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 62º, numeral 62.2 de la Ley Universitaria Nº 30220 y el artículo 273º, numeral 3 del Estatuto de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; El Rector; en uso de las facultades que le con fi ere la ley; RESUELVE:Artículo 1º.- AUTORIZAR la transferencia fi nanciera del Pliego 516 Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, por el monto de Sesenta y Dos Mil Novecientos y 68/100 Soles (S/. 62,900.68), a favor del Pliego 019 Contraloría General de la República, para la contratación de la sociedad de auditoría. Artículo 2º.- PRECISAR que el gasto que ocasione la presente resolución será cubierto por el Presupuesto Institucional 2020, de acuerdo al siguiente detalle: ESTRUCTURA FUNCIONAL PROGRAMÁTICA: 10 516 001 9001 3999999 5000006 22 048 0109 Educación Superior Universitaria PRODUCTO/ ACTIVIDAD: 3999999 5000006 Acciones de Control y AuditoríaMETA: 00001 0000008 Acción y Control GASTO PRESUPUESTARIO: 1.00 2.3.2.7.13.9 Servicio de Auditoría Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga. Regístrese, comuníquese y archívese.ANTONIO JERÍ CHAVEZ Rector YURI WALTER VEGA JAIME Secretario General 1930253-3 Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 041-2021-UNSCH-R Ayacucho, 1 de febrero de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 048-2021-UNSCH-R del Rectorado, el Informe Nº 001-2021-UNSCH-OGPP/WBV de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto, el Informe Legal Nº 007-2021-OGAJ-UNSCH de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 024-2021-UNSCH-OGPP-Ora de la O fi cina de Racionalización y el O fi cio Nº 00096-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU de la Dirección General de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación sobre aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; y CONSIDERANDO:Que, la Ley Universitaria Nº 30220 tiene por objeto normar la creación, funcionamiento, supervisión y cierre de las universidades. Promueve el mejoramiento continuo de la calidad educativa de las instituciones universitarias como entes fundamentales del desarrollo nacional, de la investigación y de la cultura. Asimismo, establece los principios, fi nes y funciones que rigen el modelo institucional de la universidad. El Ministerio de Educación es el ente rector de la política de aseguramiento de la calidad de la educación superior universitaria; Que, con Resolución del Consejo Directivo Nº 050-2018-SUNEDU/CD, de fecha 30 de mayo de 2018, se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, para ofrecer el servicio educativo superior universitario, con una vigencia de seis (6) años; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado, con el objeto de regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, de conformidad con la Décimo Tercera Disposición Complementaria Final de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y modi fi cados por el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, el Ministerio de Educación, como rector nacional en la materia, elabora los Lineamientos para la formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Universitaria y los presentes Lineamientos; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU se aprobaron los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, en cuya Primera Disposición Complementaria Final se establece que las universidades públicas cuentan con un plazo máximo de ciento ochenta (180) días calendario, para la adecuación de aquellos Reglamentos de Organización y Funciones aprobados con anterioridad a la vigencia de los presentes Lineamientos; Que, con O fi cio Nº 00096-2021-MINEDU/VMGP- DIGESU, de fecha 20 de enero de 2021, la Dirección General de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación ha remitido el Informe Nº 00015-2021-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, según el cual la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga cumple con lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU; Que, a través del Memorando Nº 024-2021-UNSCH- OGPP-Ora, de fecha 20 de enero de 2021, la O fi cina de Racionalización de la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto ha remitido el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; Que, con Informe Legal Nº 007-2021-OGAJ-UNSCH, de fecha 21 de enero de 2021, la O fi cina General de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión favorable para la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga; Que, con Informe Nº 001-2021-UNSCH-OGPP/WBV, de fecha 27 de enero de 2021, la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto ha solicitado la aprobación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga mediante resolución del titular de la entidad; Que, resulta necesario aprobar el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de San Cristóbal de Huamanga, en el marco del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y la Resolución Ministerial Nº 588-2019-MINEDU;