Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 2021 (27/02/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Sábado 27 de febrero de 2021 El Peruano / Penal Especializada, respectivamente, mediante las cuales remiten el cronograma trimestral de realización de audiencias públicas extraordinarias que efectuarán en el presente año judicial. FUNDAMENTOS:1. Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25476, de fecha 5 de mayo de 1992, establece que: “Artículo 2.- Los Presidentes de las Cortes Superiores aprobarán un cronograma de realización trimestral de Audiencias Públicas Extraordinarias, a fi n de garantizar que los procesos penales se tramiten en los plazos fi jados por la ley y el derecho de toda persona procesada a ser juzgada dentro de un plazo razonable o a ser puesta en libertad.” 2. En ese contexto, se requiere garantizar los derechos del justiciable reconocidos en la Constitución Política del Estado, conforme a la ratio legis del Decreto Ley Nº 25476, esto es, controlar la duración de los plazos procesales de instrucción y juzgamiento, garantizando con ello que las causas penales se tramiten en los tiempos establecidos de acuerdo a ley. Este control deberá tener especial incidencia en la duración de los plazos de instrucción y especialmente de juzgamiento en el caso de la Corte Superior Nacional debido a la complejidad y trascendencia de los mismos, que en algunos casos es inminente la vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable, debido al tiempo transcurrido para la instrucción y juzgamiento. 3. En ese sentido, corresponde aprobar el cronograma de audiencias públicas extraordinarias, que efectuarán las Salas Penales Superiores Nacionales Transitorias Especializadas en Crimen Organizado de esta Corte Superior Nacional, cuyo trámite se rige por el Código de Procedimientos Penales de 1940, las cuales se llevarán a cabo de manera virtual, a través de la Plataforma Google Meet, estando a la declaración de la emergencia sanitaria a nivel nacional. 4. La Presidencia de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial; conforme a las atribuciones conferidas por el artículo 10º del Estatuto aprobado por Resolución Administrativa N.º 318-2018-CE-PJ, y con observancia del artículo 90º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y de conformidad con las consideraciones invocadas SE RESUELVE: Primero. APROBAR el Cronograma de Audiencias Públicas Extraordinarias 2021, las que efectuarán la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Sala Penal Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en las siguientes fechas: 1º Trimestre 2º Trimestre 3º Trimestre 4º Trimestre 1º SPSNTECO30 de marzo 09:00 horas28 de junio 09:00 horas30 de setiembre 09:00 horas22 de diciembre 09:00 horas 2º SPSNTECO30 de marzo 12:00 horas30 de junio 12:00 horas29 de setiembre 12:00 horas22 de diciembre 12:00 horas 3º SPSNTECO31 de marzo 12:40 horas30 de junio 12:40 horas30 de setiembre 12:40 horas29 de diciembre 12:40 horas 4º SPSNTECO26 de marzo 09:30 horas25 de junio 09:30 horas24 de setiembre 09:30 horas21 de diciembre 09:30 horas Segundo. RECOMENDAR a los señores Presidentes de Sala adoptar las medidas del caso en los casos donde la instrucción y los juicios orales muestre una duración que ponga en riesgo el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, conforme a los estándares adoptados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional peruano y la Corte Suprema de Justicia de la República. Tercero. PONER EN CONOCIMIENTO la presente resolución de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, O fi cina de Control de la Magistratura, Coordinación del Sistema Especializado en Delitos de Crimen Organizado, Presidencia de la Primera, Segunda, Tercera y Cuarta Sala Penal Superior Nacional Transitoria Especializada en Crimen Organizado, Juzgado Penal Supraprovincial Transitorio Especializado en Crimen Organizado, Secretaría de Actas de los órganos jurisdiccionales en mención y O fi cina de Administración, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OCTAVIO CÉSAR SAHUANAY CALSÍN PresidenteCorte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada 1930868-1 Conforman Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel y Segunda Sala Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, y designan magistrados PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 000082-2021-P-CSJLI-PJ Lima, 26 de febrero de 2021VISTA: La Resolución Administrativa N° 351 -2020-P-CSJLI/ PJ de fecha 13 de noviembre del año 2020; y, la Resolución Administrativa N° 080-2021-P-CSJLI/PJ de fecha 25 de febrero del presente año; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Administrativa N° 351 -2020-P-CSJLI/PJ de fecha 13 de noviembre del año 2020 se designa al magistrado Víctor Jimmy Arbulú Martínez, como Presidente Titular del Jurado Electoral Especial Lima Oeste 3 – Sede Santiago de Surco, concediéndosele licencia por representación a partir del día 1 de marzo del presente año, la cual se extenderá hasta la culminación del proceso de Elecciones Generales 2021; siendo que el citado magistrado integra actualmente la Tercera Sala Penal con Reos en Cárcel. Que, en el artículo segundo de la Resolución Administrativa 080-2021-P-CSJLI/PJ de fecha 25 de febrero del presente año se concede licencia por representación al magistrado Eder Vlademiro Juarez Jurado, a partir del día 1 de marzo del presente año, hasta la culminación del proceso de Elecciones Generales 2021, ante su designación como Presidente Titular del Jurado Electoral Especial Lima Oeste 2 – Sede Surquillo; siendo que el mencionado magistrado integra actualmente la Segunda Sala Comercial. Que, estando a lo expuesto, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales, resulta necesario proceder a la designación de los magistrados conforme corresponda; situación que originará la variación de la actual conformación de los órganos jurisdiccionales de esta Corte Superior de Justicia. Que, mediante la Resolución Corrida N° 131-2020-CE- PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial autorizó a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país para que excepcionalmente, designen a trabajadores judiciales de su jurisdicción como jueces supernumerarios de paz letrado o especializados, siempre y cuando cumplan los requisitos de ley, no tengan incompatibilidad y sean los más idóneos. Además, designen a los abogados hábiles del nivel de juez superior como jueces supernumerarios especializados o mixtos; mientras dure el Estado de Emergencia Nacional. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un e fi ciente servicio de administración de justicia en bene fi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar