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69 NORMAS LEGALES Viernes 7 de mayo de 2021 El Peruano / correspondan a sus competencias y atribuciones, el cumplimiento de la presente ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”; y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en el portal institucional (www.mira fl ores.gob.pe). Quinta.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a la presente ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS MOLINA ARLES Alcalde 1950245-1 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Ordenanza que aprueba la reducción del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el estado de emergencia nacional ORDENANZA MUNICIPAL Nº 294-2021/MDP LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA POR CUANTO:EL CONCEJO DE PUCUSANA;VISTO: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 29 de abril de 2021, Informe Nº 023-2021-SG/MDP de fecha 26 de abril de 2021 de la Secretaría General, Memorando Nº 323-2021-GM/MDP de fecha 26 de abril de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 066-2021-GPP-MDP de fecha 27 de abril de 2021 de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando Múltiple Nº 33-2021-GM/MDP de fecha 27 de abril de 2021 de la Gerencia Municipal, Informe Nº 024-2021-GAF/MDP de fecha 28 de abril de 2021 de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe Nº 146-2021/GAT/MDP de fecha 28 de abril de 2021 de la Gerencia de Administración Tributaria, Informe Legal Nº 166-2021-GAJ/MDP de fecha 28 de abril de 2021 de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 329-2021-GM/MDP de fecha 28 de abril de 2021 de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO:Que, la Constitución Política del Perú señala en su artículo 194º que las Municipalidades son órgano de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo previsto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º de la Constitución Política del Perú, la comunidad y el Estado protegen entre otros, a la familia y promueven el matrimonio, reconociendo a éstos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad. Que, el Código Civil señala en el artículo 234º que el matrimonio es la unión voluntariamente concertada por un varón y una mujer legalmente aptos para ella y formalizada con sujeción a las disposiciones del citado Código, a fi n de hacer vida común. Que, el numeral 16) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que es atribución del alcalde, celebrar matrimonios civiles de los vecinos de acuerdo a las normas del Código Civil. Que, según lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 9º de la precitada Ley, corresponde al Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos, siendo que en el numeral 9) del referido artículo, se señala que entre sus atribuciones se encuentra la de crear, modi fi car, suprimir, exonerar las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley, en concordancia con lo regulado en el segundo párrafo del artículo 40º de la mencionada Ley Nº 27972. Que, mediante Informe Nº 023-2021-SG/MDP de fecha 26 de abril de 2021, la Secretaría General presenta el Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional, sosteniendo que, siendo política de la actual gestión promover la unión familiar en el marco de las funciones de carácter social y comunal que de acuerdo a Ley le corresponde a la Municipalidad en su calidad de Gobierno Local, resulta viable aprobar el presente Proyecto de Ordenanza Municipal, toda vez que, se busca contribuir a la consolidación de la familia como célula básica de la sociedad, a través del otorgamiento de facilidades que permitan a los vecinos del distrito formalizar las uniones de hecho mediante la celebración del matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional. Que, mediante Memorando Nº 323-2021-GM/MDP de fecha 26 de abril de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto opinión técnica sobre la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional. Que, mediante Informe Nº 066-2021-GPP-MDP de fecha 27 de abril de 2021, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable con la fi nalidad de aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional. Que, mediante Memorando Múltiple Nº 33-2021-GM/ MDP de fecha 27 de abril de 2021, la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Administración Tributaria la emisión de opinión técnica sobre la viabilidad de la propuesta de Ordenanza Municipal en mención. Que, mediante Informe Nº 024-2021-GAF/MDP de fecha 28 de abril de 2021, la Gerencia de Administración y Finanzas emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de Ordenanza Municipal sosteniendo que, cumple con los lineamientos generales para la elaboración de documentos normativos que rigen o regulan el buen gobierno de la Municipalidad. Que, mediante Informe Nº 146-2021/GAT/MDP de fecha 28 de abril de 2021, la Gerencia de Administración Tributaria emite opinión técnica favorable sobre la propuesta de Ordenanza Municipal señalando que, con la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de Matrimonio Civil durante el Estado de Emergencia Nacional, se generará mayores ingresos para el Clasi fi cador 1.3.2 1.1 1 y por ende, se refl ejará mayor recaudación, favoreciendo de esta manera la recaudación municipal para el cumplimiento de la Meta 2 dispuesta por el Ministerio de Economía y Finanzas. Que, mediante Informe Legal Nº 166-2021-GAJ-MDP de fecha 28 de abril de 2021, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable con la fi nalidad de aprobar la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional, toda vez que se encuentra conforme a la normatividad contenida en la ley de la materia. Que, mediante Memorándum Nº 329-2021-GM/MDP de fecha 28 de abril de 2021, la Gerencia Municipal solicita que se agenda como punto de la próxima Sesión de Concejo la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que aprueba la reducción del 50% del pago de los derechos de tramitación por la celebración de matrimonio civil durante el Estado de Emergencia Nacional, ya que cuenta con los informes técnicos y legal sustentatorio.