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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2021 (07/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 71

71 NORMAS LEGALES Viernes 7 de mayo de 2021 El Peruano / Metropolitana (CORESEC LM); el Informe Vía Remota N° 027-2021-14.00-GSCGRD/MSI de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; el Informe Vía Remota N° 292-2021-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Vía Remota N° 054-2021-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y el Informe Vía Remota N° 0134-2021-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; referidos al proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Isidro 2021; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 194° y 197° de la Constitución Política del Perú establecen que las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, así como brindan servicios de seguridad ciudadana, con la cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a Ley; Que, mediante los artículos 3° y 4° de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº 27933 y modi fi catorias, se creó el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, y se establece como instancias integrantes de dicho Sistema, al Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana, Comités Regionales de Seguridad Ciudadana, Comités Provinciales de Seguridad Ciudadana y Comités Distritales de Seguridad Ciudadana; los que cuentan con una Secretaría Técnica; Que, el artículo 16º de la citada Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, establece que el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana está integrado por el Alcalde, quien lo preside, la autoridad política de mayor nivel de la localidad, los Comisarios de las Comisarías de la jurisdicción, un representante del Poder Judicial, un representante del Ministerio Público, el coordinador distrital de las juntas vecinales promovidas por la Policía Nacional del Perú y otras autoridades del Estado o representantes de las instituciones civiles que los miembros del Comité consideren conveniente incorporar; Que, el artículo 17°, numeral 17.5, de la citada Ley, en concordancia con el artículo 28° del Reglamento de la Ley N° 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2014-IN, modi fi cada por Decreto Supremo N° 010-2019- IN, establece como función del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana -CODISEC, la de proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo un enfoque de gestión por resultados e intercultural y articulado con los instrumentos del SINAPLAN; Que, los artículos 46° y 47° del citado Reglamento de la Ley N° 27933, establecen que los planes de acción de seguridad ciudadana son los instrumentos de gestión que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ámbitos regional, provincial y distrital, y que para la formulación de los planes de acción distritales se tendrá en consideración el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana, el Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana y el Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, los enfoques transversales en que se sustentan estos, los fenómenos y componentes de intervención priorizados, adaptándolos a la realidad del distrito; y deben estar alineados a los objetivos y metas de los Planes de Desarrollo Concertado de la Región; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2056- 2019-IN se aprueba la Directiva N° 011-2019-IN-DGSC “Lineamientos técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, con el objeto de establecer las disposiciones técnicas para que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) diseñen, formulen, aprueben, implementen, realicen seguimiento y evalúen sus respectivos Planes de Acción Distritales de Seguridad Ciudadana en el marco de la implementación del Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023 y la normatividad vigente en la materia; Que, a su vez, de acuerdo con los numerales 7.4, 7.5 y 7.6 de la precitada Directiva N° 011-2019-IN-DGSC, la Secretaría Técnica del CODISEC remite la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana a los miembros del CODISEC para su validación, así como, que declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana (PADSC) “Apta para la Implementación”, por parte de la Secretaría Técnica de COPROSEC, el Presidente del CODISEC propone al Concejo Municipal su aprobación mediante Ordenanza; Que, en este contexto, mediante el documento del visto, la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres, en su calidad de Secretaría Técnica del CODISEC, remite el “Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Isidro 2021”, el mismo que ha sido validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC San Isidro mediante Acta del 16 de setiembre de 2020, y declarado “Apto para su Implementación”, por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana – CORESEC LM, por encontrarse alineado al Plan de Acción Regional de Seguridad Ciudadana 2021 de Lima Metropolitana y al Plan Nacional de Seguridad Ciudadana 2019-2023, según el Ofi cio N° D000052-2021-MML-GSGC del Responsable de la Secretaría Técnica del Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana (CORESEC LM), que adjunta el Informe Técnico N° 103-2020-MML-GSGC-STCSC-EPPSC del Coordinador General de dicha Secretaría Técnica; Que, a su vez, con los informes del visto, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, y la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto emiten opinión favorable, señalando que la matriz de articulación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Isidro 2021 cumple con las condiciones establecidas en la Directiva Nº 011-2019-IN/DGSC, y se fi nancia con el presupuesto asignado al Programa Presupuestal 030 Reducción de delitos y faltas que afectan la seguridad ciudadana, teniendo como proyectos del programa los rubros de “Patrullaje por Sector” y “Comunidad organizada a favor de la Seguridad Ciudadana”; Que, por tales consideraciones, contando con las opiniones favorables de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los documentos del visto, corresponde la aprobación, mediante Ordenanza, del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de San Isidro 2021; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9°, artículo 39° y el artículo 40° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoría, y con la dispensa del trámite de su lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN ISIDRO 2021 Artículo Primero.- APROBAR el PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE SAN ISIDRO 2021; validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana - CODISEC de San Isidro, y declarado “Apto para su Implementación” por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana - CORESEC LM; el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza, a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión del Riesgo de Desastres; Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo; y, demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario o fi cial “El Peruano”, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, su publicación en