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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MAYO DEL AÑO 2021 (21/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Viernes 21 de mayo de 2021 / El Peruano nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Resolución Ministerial N.º 0120-2019-JUS, que aprueba el Manual de Operaciones del PRONACEJ, su modi fi catoria, aprobada mediante Resolución Ministerial N.º 0301-2019-JUS; y, la Resolución Ministerial N.º 0231-2020-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por culminado el encargo temporal de funciones del puesto de jefe de Seguridad del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima del señor Edson Estuard Esparta Muchaypiña, realizado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N.º 021-2021-JUS/PRONACEJ. Artículo 2.- Designar al señor Ekert Dick Chávez Guerrero en el cargo de con fi anza de jefe de Seguridad del Centro Juvenil de Medio Cerrado Lima. Artículo 3.- Disponer que la Subunidad de Recursos Humanos realice las acciones administrativas que resulten necesarias, en mérito a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional del Programa Nacional de Centros Juveniles (www.pronacej.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ERIKA ELIZABETH BRICEÑO ALIAGA Directora EjecutivaPrograma Nacional de Centros Juveniles 1954850-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Pasco, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 140-2021-MIMP Lima, 19 de mayo de 2021Vistos, el Informe Técnico N° D000042-2021-MIMP- DIBP-SDB y la Nota N° D000132-2021-MIMP-DIBP de la Dirección de Bene fi cencias Públicas, la Nota N° D000223-2021-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota N° D000537-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020, establece con relación a la conformación del Directorio de las Sociedades de Bene fi cencia, que está integrado por cinco (5) miembros, entre otros, por dos personas designadas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, una de las cuales sustituye a el/la Presidente/a en caso de ausencia, asimismo, determina que la designación y remoción de los citados miembros se formaliza a través de la respectiva resolución emitida por el/la titular de la Entidad; Que, se encuentran vacantes los cargos de miembros del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Pasco, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde designar a el/la representante del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Pasco, conforme al marco normativo vigente;Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Bene fi cencia, modi fi cado por Decreto de Urgencia N° 009-2020; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y modi fi catoria; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2012-MIMP y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora CONSUELO KARINA SALCEDO RIMAC como miembro del Directorio de la Sociedad de Bene fi cencia de Pasco, en representación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.SILVIA LOLI ESPINOZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1954507-1 PRODUCE Establecen plazo para que los titulares de las licencias de operación de las plantas de procesamiento adecuen e implementen los sistemas de pesajes correspondientes cumpliendo los requisitos técnicos establecidos, y modifican la R.M. N° 296-2020-PRODUCE RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000143-2021-PRODUCE Lima, 18 de mayo de 2021VISTOS: El Informe N° 00000009-2021-PRODUCE/ DVC-rsalazar de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; el Informe N° 00000116-2021-PRODUCE/DPO de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura; y el Informe N° 00000321-2021-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 66 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 del Decreto Ley N° 25977, Ley General de Pesca, los recursos naturales son patrimonio de la Nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento; en consecuencia, le corresponde regular el manejo integral y la explotación racional de los recursos hidrobiológicos; Que, el literal c) del numeral 53.1 del artículo 53 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE establece que una de las condiciones para operar establecimientos industriales y plantas de procesamiento pesquero es contar con equipos e instrumentos electrónicos de pesaje gravimétrico de precisión para el registro del peso de la captura desembarcada, en el caso de establecimientos industriales pesqueros y de plantas de procesamiento con licencia de operación para el procesamiento de harina y aceite de pescado; Que, mediante Resolución Ministerial N° 296-2020-PRODUCE, se establecen los instrumentos de pesaje autorizados y sus requisitos técnicos, para el pesaje de los recursos hidrobiológicos anchoveta y anchoveta blanca, en plantas de procesamiento de productos pesqueros para consumo humano indirecto de