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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (14/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 91

91 NORMAS LEGALES Jueves 14 de abril de 2022 El Peruano / g) No es cierto que los señores regidores hayan elaborado el requerimiento de las canastas de víveres, por cuanto se encuentra demostrado que tal pedido fue realizado por el área usuaria, tal como se describe en el párrafo cuarto del Acuerdo de Concejo Nº 026-2020-MDC, el cual indica que: […] es de advertirse que mediante requerimiento Nº 100-2020-MDC/GDS del 30 de marzo de 2020 la Gerencia de Desarrollo Social y Servicios Sociales; ha solicitado diversos productos de primera necesidad para ser adquiridos, siendo que mediante requerimiento Nº 23-2020-PDDC/ST de fecha 2 de abril de 2020, se ha modi fi cado dicho requerimiento por la o fi cina de Defensa Civil y la Gerencia de Desarrollo Económico Local. h) En los folios 6 y 7 de la petición de vacancia aparecen dos copias en cuyo encabezado se consigna “siendo las 9:00 am. se reunieron la comisión de compra ”; asimismo, en el folio 12, fi gura una copia que indica: “que siendo las 11:00 am, se reunieron el comité para coordinar la compra de alimentos”; además en el folio 11, se señala la existencia de una comisión de fi scalización; fi nalmente en el folio 14, se observa una copia fotostática que indica: “siendo las 12:10 pm. se da inicio la reunión, se reunieron en el salón de actos la comisión de la compra de víveres [...]”. Sobre el particular, el señor recurrente deberá indicar quiénes conforman dichas comisiones, pues se desconoce la existencia y funciones de las comisiones antes citadas, toda vez que participó como veedor en las referidas reuniones. Pronunciamiento del Concejo Distrital de Catacaos1.4. A través del Acta de Sesión Extraordinaria Nº 009-2021, del 19 de mayo de 2021, el Concejo Distrital de Catacaos rechazó, con nueve (9) votos en contra y uno (1) a favor, la vacancia de don Miguel y don Manuel; y, con cinco (5) votos en contra y cinco (5) a favor, la vacancia de don Edwin. Dicha decisión fue formalizada mediante el Acuerdo de Concejo Nº 018-2021-MDC, del 19 de mayo de 2021. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 30 de setiembre de 2021, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del referido acuerdo de concejo, señalando lo siguiente: a) El 31 de marzo de 2020, conforme al acta de reunión de la fecha, se ejerce función administrativa toda vez que dos de los regidores (haciendo referencia a don Edwin y don Manuel) realizaron cotizaciones e indagaciones en el mercado (cotizaciones de Economax, Precio Uno y Corporación de Distribuidores y Servicios del Norte S.A.C.), a pesar de que dichas funciones solo corresponderían a la Subgerencia de Logística de la entidad. b) En la segunda Acta del 3 de abril de 2020, suscrita por los tres regidores, se aprecia una participación más ejecutiva de los regidores, puesto que el regidor don Edwin direccionó la adquisición al: a) sugerir que la compra de productos se realice a una empresa formal, b) advertir que “los alimentos no van a ser entregados en la Municipalidad ” si los compran en Macro (noveno párrafo); y, c) mencionar que “los productos de MACRO se entregan por remesas hasta completar la canasta” (décimo párrafo); en desmedro de la contratación del referido proveedor. Se precisó que en el segundo párrafo de dicha acta “el jefe de Logística indicó que Macro señala que los productos hay que recogerlos en el almacén y en el caso del proveedor Carlos Romero indica que el producto será entregado en los almacenes de la Municipalidad”. Asimismo, en la referida acta se “acordó por decisión unánime”, se prosiga con “la empresa Don Carlos para el abastecimiento de productos para la canasta de personas vulnerables del distrito” (penúltimo párrafo), la cual fi nalmente resultó ser la empresa ganadora.c) En el Acta del 4 de abril de 2020, suscrita por los tres regidores, se puede advertir que los antes citados participaron en la decisión de otorgar la buena pro para la adquisición de los productos de la canasta familiar, puesto que en su último párrafo se consigna “Que luego de un amplio debate la Comisión -de regidores- decidió que el proveedor de canastas para atender la emergencia sanitaria sea la Srta. Jennifer Katherine de los Milagros Burneo Castro”, lo que genera efectos jurídicos administrativos. d) Todo lo antes descrito anula la función fi scalizadora de los señores regidores. e) La Guía de Orientación, Gestión y Distribución de canastas familiares, en el marco de la emergencia nacional por el brote del COVID-19, contempla la constitución de un comité de veeduría para el proceso de distribución de las canastas; mas no, para la etapa de adquisición de dichos bienes, que es una función netamente administrativa, en la que los regidores cuestionados no tienen competencia en la toma de decisiones. Acompañó los siguientes documentos adicionales:- Acuerdo de Concejo Nº 018-2021-MDC, del 19 de mayo de 2021. - Cargo de noti fi cación del referido acuerdo de concejo. - Acta de Sesión Extraordinaria Nº 009-2021, de la misma fecha. - Contrato de adquisición de bienes de la canasta básica familiar. 2.2. El 15, 19 y 28 de marzo de 2022, don Miguel, don Manuel y don Edwin, acreditaron a los abogados don Pavel Reyes More, doña Janet Yeri Ángulo Fuentes viuda de Otoya y don Rogger Aldana Domínguez, para que los representen en la audiencia pública virtual, respectivamente. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 dispone, como atribución del Jurado Nacional de Elecciones, la administración de justicia en materia electoral. En la LOM1.2. El artículo 9 señala: Artículo 9.- Atribuciones del concejo municipal Corresponde al concejo municipal:[…]8. Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. […]25. Aprobar la donación o la cesión en uso de bienes muebles e inmuebles de la municipalidad a favor de entidades públicas o privadas sin fi nes de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública. […] 1.3. El artículo 10 establece: Artículo 10.- Atribuciones y obligaciones de los regidores Corresponden a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: […]4. Desempeñar funciones de fi scalización de la gestión municipal. 1.4. El artículo 11 determina: Artículo 11.- Responsabilidades, impedimentos y derechos de los regidores