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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (26/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 26 de agosto de 2022 El Peruano / del Organismo de Formalización de la Propiedad Informal-COFOPRI, bajo el régimen laboral especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº1057, en la modalidad de CAS de con fi anza, conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional. Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución Directoral a las personas a que se re fi ere los artículos 1 y 2, para su conocimiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE LUIS QUEVEDO MERA Director Ejecutivo – COFOPRI 2099649-1 SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Aceptan renuncia y encargan el cargo de Supervisor de Gerencias Zonales RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 166-2022-02.00 Lima, 24 de agosto de 2022VISTO:El Informe N 895-2022-07.04 (1), de fecha 22 de agosto de 2022, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe Nº 486-2022-03.01 (2), de fecha 23 de agosto de 2022, de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, identi fi cado como SENCICO, es un Organismo Público Ejecutor, dependiente del Ministerio de Vivienda, con personería jurídica de derecho público interno, según el Decreto Legislativo Nº 147, y conforme a la actualización de la cali fi cación y relación de los organismos públicos consignada en el Anexo del Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 117-2020-02.00 de fecha 14 de diciembre de 2022, se formaliza el Acuerdo Nº 1252-01, adoptado por el Consejo Directivo Nacional del SENCICO, en su Sesión Ordinaria Nº 1252, de fecha 30 de noviembre de 2020, por el cual se designa en el cargo de con fi anza de Supervisor de Gerencias Zonales del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, al Econ. Pedro Enrique Neyra Quispe, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicio – CAS; Que, por el Acuerdo Nº 1292-04 adoptado por el Consejo Directivo Nacional, en su Sesión Ordinaria 1292, llevada a cabo el 09 de agosto de 2022, se acordó: 1. Aceptar la renuncia del Econ. Pedro Enrique Neyra Quispe, en el cargo con fi anza de Supervisor de Gerencias Zonales categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, designado mediante Acuerdo Nº 1252-01 adoptado por el Consejo Directivo Nacional en su Sesión Ordinaria Nº1252, de fecha 30 de noviembre del 2020 y formalizada mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 117-2020-02.00 de fecha 14 de diciembre del 2020, la misma que se hará efectiva a partir del 23 de agosto del 2022. (...) Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del artículo 33º del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, se establece como función del Presidente Ejecutivo, entre otras, la de disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que éste adopte; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 67-2021-02.00 se aprobó la Directiva DI/PE/OAF-RRHH/Nº001-2021 denominada “Designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO”, a efecto de establecer lineamientos para la procedencia y aplicación de las acciones administrativas de designación, rotación y encargo de puesto o funciones en el SENCICO. Asimismo, en el ítem 8.3.2 de la citada Directiva DI/PE/OAF-RRHH/Nº 001-2021 se establece que “Producida la necesidad del encargo de puesto, el Departamento de Recursos Humanos presenta ante el Gerente General la propuesta del servidor/a para encargar, previo a lo cual deberá veri fi car que: • La plaza en la cual se quiere efectuar la encargatura, fi gure en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP y que se encuentre considerada dentro del Presupuesto Analítico de Personal – PAP vigente, de no contar con plaza vacante y presupuestada, la encarga tura de puesto no procederá, tampoco procederá el encargo sobre plaza perdida. • El/la servidor/a propuesto para la encargatura de puesto, cumpla con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del SENCICO, esto a fi n de determinar la compatibilidad con el per fi l mínimo del cargo o de las funciones que se requiere encargar. • Solo en el que caso que no se cuente con personal que cumpla con el per fi l establecido, el Departamento de Recursos Humanos, excepcionalmente podrá proponer ante el Gerente General para el encargo a un servidor/a del mismo u otro órgano y/o unidad orgánica, que cuente con experiencia, formación académica y conocimientos compatibles con el cargo; o también a otro funcionario del mismo nivel jerárquico. Realizada la veri fi cación de cada uno de los requisitos, el Departamento de Recursos Humanos remitirá el informe al Gerente General dando a conocer la propuesta del encargo, adjuntando el proyecto de resolución correspondiente. El Gerente General de encontrarse conforme con la propuesta formulada, derivará al Asesor Legal el informe y el proyecto de resolución, para su revisión y para que elabore la Resolución Final, la cual debe contar con los VºBº del Gerente General, Asesor Legal, Gerente de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, Gerente de la O fi cina de Administración y Finanzas, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, la que será elevada a la Presidencia Ejecutiva para la suscripción correspondiente; Que, por documento del visto (1) el Jefe del Departamento de Recursos Humanos, informa que ante la renuncia del Econ. Pedro Enrique Neyra Quispe, al cargo de Supervisor de Gerencias Zonales, efectuada mediante Carta s/n de fecha 09 de agosto de 2022, resulta necesario disponer la acción administrativa del encargo de puesto de Supervisor de Gerencias Zonales, al Ing. Pedro Horna Calderón, Gerente de Formación Profesional, sujeto al régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728, sin perjuicio de continuar ejerciendo su cargo de origen; Que, por lo expuesto, resulta pertinente formalizar el acuerdo antes indicado, por el cual se acepta la renuncia del Econ. Pedro Enrique Neyra Quispe, en el cargo de Supervisor de Gerencias Zonales, y a fi n de garantizar la óptima continuidad de las actividades de dicho puesto, corresponde efectuar la acción administrativa de encargo del citado puesto al Ing. Pedro Horna Calderón, Gerente de Formación Profesional, contratado bajo el régimen laboral de la actividad privada, Decreto Legislativo Nº 728, sin perjuicio de continuar ejerciendo su cargo de origen; De conformidad con lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, Decreto Legislativo Nº 147, literal c) y j) del artículo 33º de su Estatuto, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 004-2006-VIVIENDA;