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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (26/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 176

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 26 de agosto de 2022 El Peruano / Con el visto de la Gerenta de la O fi cina de Administración y Finanzas, de la Gerente de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, del Jefe del Departamento de Recursos Humanos, de la Gerenta General (e); SE RESUELVE:Artículo 1º.- FORMALIZAR el Acuerdo Nº 1292-04 adoptado por el Consejo Directivo Nacional, en su Sesión Ordinaria Nº 1292, de fecha 09 de agosto de 2022, por el cual se ACEPTA LA RENUNCIA del Econ. Pedro Enrique Neyra Quispe, al cargo de Supervisor de Gerencias Zonales, Categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, designado mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 117-2020-02.00 de fecha 14 de diciembre de 2020; siendo su último día de labores, el 23 de agosto de 2022. Artículo 2º.- ENCARGAR a partir del 24 de agosto del 2022 el cargo de Supervisor de Gerencias Zonales al Ing. Pedro Guillermo Horna Calderón, Gerente de Formación Profesional, contratado bajo el régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Decreto Legislativo Nº 728, sin perjuicio de continuar ejerciendo su cargo de origen. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Jefa de la O fi cina de la Secretaria General, efectúe la noti fi cación de la presente resolución a los interesados, demás áreas y Órganos del SENCICO. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el portal institucional (www.sencico.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO RENATO ARRIETA JOVIC Presidente Ejecutivo 2099617-1 Aceptan renuncia y encargan el cargo de Asesora Legal RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 168-2022-02.00 Lima, 24 de agosto de 2022VISTO:El Informe N 893-2022-07.04 (1), de fecha 22 de agosto de 2022, del Departamento de Recursos Humanos; el Informe Nº 484-2022-03.01 (2) de fecha 22 de agosto de 2022, de Asesoría Legal; y, CONSIDERANDO:Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, identi fi cado como SENCICO, es un Organismo Público Ejecutor, dependiente del Ministerio de Vivienda, con personería jurídica de derecho público interno, según el Decreto Legislativo Nº 147, y conforme a la actualización de la cali fi cación y relación de los organismos públicos consignada en el Anexo del Decreto Supremo Nº 097-2021-PCM; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 12-2022-02.00, de fecha 14 de enero de 2022, se designa a partir del 18 de enero de 2022, al señor Abogado Víctor Guillermo Esteves Castañeda en el cargo de Asesor Legal, empleado de con fi anza, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción, bajo el régimen regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; Que, por el Acuerdo Nº 1292-05 de la Sesión Ordinaria 1292 del Consejo Directivo Nacional, llevada a cabo el 09 de agosto de 2022, acordó: 1.- “Aceptar la renuncia del Abog. Víctor Guillermo Esteves Castañeda, en el cargo con fi anza de Asesor Legal categoría D2, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, designado mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 12-2022-02.00 de fecha 14 de enero del 2022, la misma que se hará efectiva a partir del 23 de agosto del 2022.” (...)Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal c) del artículo 33º del Estatuto del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, se establece como función del Presidente Ejecutivo, entre otras, la de disponer la ejecución de los Acuerdos del Consejo Directivo Nacional y de las resoluciones que éste adopte; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 67-2021-02.00 se aprobó la Directiva DI/PE/OAF-RRHH/Nº001-2021 denominada “Designación, rotación y encargo de puestos y funciones en el SENCICO”, a efecto de establecer lineamientos para la procedencia y aplicación de las acciones administrativas de designación, rotación y encargo de puesto o funciones en el SENCICO. Asimismo, en el ítem 8.3.2 de la citada Directiva DI/PE/OAF-RRHH/Nº 001-2021 se establece que “Producida la necesidad del encargo de puesto, el Departamento de Recursos Humanos presenta ante el Gerente General la propuesta del servidor/a para encargar, previo a lo cual deberá veri fi car que: • La plaza en la cual se quiere efectuar la encargatura, fi gure en el Cuadro de Asignación de Personal – CAP y que se encuentre considerada dentro del Presupuesto Analítico de Personal – PAP vigente, de no contar con plaza vacante y presupuestada, la encarga tura de puesto no procederá, tampoco procederá el encargo sobre plaza perdida. • El/la servidor/a propuesto para la encargatura de puesto, cumpla con los requisitos establecidos en el Clasi fi cador de Cargos del SENCICO, esto a fi n de determinar la compatibilidad con el per fi l mínimo del cargo o de las funciones que se requiere encargar. • Solo en el que caso que no se cuente con personal que cumpla con el per fi l establecido, el Departamento de Recursos Humanos, excepcionalmente podrá proponer ante el Gerente General para el encargo a un servidor/a del mismo u otro órgano y/o unidad orgánica, que cuente con experiencia, formación académica y conocimientos compatibles con el cargo; o también a otro funcionario del mismo nivel jerárquico. Realizada la veri fi cación de cada uno de los requisitos, el Departamento de Recursos Humanos remitirá el informe al Gerente General dando a conocer la propuesta del encargo, adjuntando el proyecto de resolución correspondiente. El Gerente General de encontrarse conforme con la propuesta formulada, derivará al Asesor Legal el informe y el proyecto de resolución, para su revisión y para que elabore la Resolución Final, la cual debe contar con los VºBº del Gerente General, Asesor Legal, Gerente de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto, Gerente de la O fi cina de Administración y Finanzas, Jefe del Departamento de Recursos Humanos, la que será elevada a la Presidencia Ejecutiva para la suscripción correspondiente; Que, por documento del visto (1) el jefe del Departamento de Recursos Humanos, informa que, ante la renuncia del Abogado Víctor Guillermo Esteves Castañeda, al cargo de Asesor Legal, efectuada mediante Carta s/n de fecha 09 de agosto de 2022, resulta necesario disponer la acción administrativa del encargo de puesto de Asesora Legal, proponiendo a la Abogada. Nelly Flor Ramos García, Especialista Legal, de la O fi cina de Administración y Finanzas, contratada bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios CAS, regulado por el Decreto Legislativo 1057, sin perjuicio de continuar ejerciendo las funciones de su contrato; bajo la excepción contenida en el numeral 8.3.2 de la citada Directiva; Que, por lo expuesto, resulta pertinente formalizar el acuerdo antes indicado, por el cual se acepta la renuncia del señor Abogado Víctor Guillermo Esteves Castañeda, en el cargo de Asesor Legal; y a fi n de garantizar la óptima continuidad de las actividades de la Asesoría Legal, corresponde efectuar la acción administrativa de encargo del citado puesto a la Abogada Nelly Flor Ramos García, contratada como Especialista Legal de la Ofi cina de Administración y Finanzas, bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios CAS, regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057; sin perjuicio de continuar ejerciendo su cargo de origen;