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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD 1 (en adelante, Reglamento de Licenciamiento), regula el procedimiento de modi fi cación de la licencia institucional que permite a la Sunedu veri fi car y garantizar que la modi fi cación solicitada no incida negativamente en las CBC que la Universidad acreditó a nivel institucional. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD del 10 de septiembre de 2018, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 11 de septiembre de 2018, se aprobó el Reglamento del proceso de cese de actividades de Universidades y Escuelas de Posgrado (en adelante, Reglamento de Cese) 2 ; a fi n de que dicho proceso sea ordenado y no afecte la continuidad de estudios de los alumnos involucrados ni otras obligaciones con la comunidad universitaria, garantizando el derecho a acceder a una educación en cumplimiento de las CBC. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 163-2018-SUNEDU/CD del 14 de diciembre de 2022 y publicada el 15 de diciembre de 2018, en el diario o fi cial “El Peruano”, se otorgó a la Escuela de Posgrado la licencia institucional para ofrecer el servicio educativo superior, con una vigencia de seis (6) años en su sede SL01 3, reconociéndose que su oferta educativa está compuesta por cuatro (4) programas de estudio 4 conducentes al grado académico de maestro. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 23 de julio de 2019, entre otros, modi fi có los artículos 15, 26, 27 y 28 e incorporó los artículos 29, 30 y 31 del Reglamento de Licenciamiento. Asimismo, estableció los escenarios para la modi fi cación de licencia institucional 5, consignando los requisitos aplicables para cada uno de ellos, así como los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento, para la evaluación de los indicadores de las CBC aplicables. Al respecto, el numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento de Licenciamiento señala que el procedimiento de modi fi cación de licencia institucional se rige por las reglas del procedimiento de licenciamiento institucional, a excepción de lo previsto en los artículos 6, 7, 8, 11, 12, 14, 15, 17, 18 y 21. Asimismo, los numerales 5 y 7 del Texto Único del Procedimiento Administrativo de la Sunedu 6 y los literales c) y e) del numeral 31.1 del artículo 31 del referido Reglamento7. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 105-2020-SUNEDU/CD del 24 de agosto de 2020, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”, el 25 de agosto de 2020, se aprobó el “Modelo de Licenciamiento de programas en las modalidades semipresencial y a distancia”, e incorporó los artículos 31.5, 31.6, 31.7, 40.5, 40.6 y 40.7 al Reglamento de Licenciamiento. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU del 19 de agosto de 2022 8, se modi fi có el Reglamento de Licenciamiento, suprimiéndose requisitos de admisibilidad para los diversos escenarios de modi fi cación de licencia y se modi fi có el numeral 30.1 del artículo 30; los numerales 31.1, 31.5, 31.6 y 31.7 del artículo 31; y, el numeral 40.6 del artículo 40. El 2 de agosto de 2022 mediante O fi cio N° 014-2022-GG- EPN 9, la Escuela de Posgrado presentó una SMLI, en medio digital, ante la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario de la Sunedu, referida a la creación de dos (2) programas de estudios de maestría en la modalidad a distancia 10 y el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios de maestría a la modalidad a distancia11, de conformidad con los literales (c) y (e) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento. El 11 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 015-2022-GG-EPN 12, la Escuela de Posgrado remitió el Anexo N° 2, Formato de Solicitud de Modi fi cación de Licencia Institucional, actualizado, a través del cual precisó que su pretensión se encuentra referida a: i) la creación de dos (2) programas de estudios de maestría en la modalidad a distancia 13; (ii) el cambio de modalidad de cuatro (4) programas de estudios de maestría de la modalidad semipresencial a la modalidad a distancia 14; y, (iii) el cese voluntario de cuatro (4) programas de estudios de maestría en modalidad semipresencial. Asimismo, remitió información complementaria relacionada a su SMLI 15. A continuación, se detalla la pretensión de la Escuela de Posgrado: TABLA N° 1. CREACIÓN DE DOS (2) PROGRAMAS DE ESTUDIOS N° Código DenominaciónModalidad de estudiosDenominación del grado que otorgaLocal donde se ofertará el programa 1 P15 Maestría en Finanzas A distanciaMaestro en FinanzasSL01 2 P16Maestría en Liderazgo y Dirección de Centros EducativosA distanciaMaestro en Liderazgo y Dirección de Centros EducativosSL01 . TABLA N° 2. CAMBIO DE MODALIDAD DE CUATRO (4) PROGRAMAS DE ESTUDIOS N°Código (*)Denominación de programaModalidad de estudios autorizadaModalidad de estudios solicitadaDenominación del grado que otorgaLocal donde se ofertará el programa 1 P17Maestría en Administración de NegociosSemipresencial A distanciaMaestro en Administración de NegociosSL01 2 P18Maestría en Derecho de la EmpresaSemipresencial A distanciaMaestro en Derecho de la EmpresaSL01 3 P19Maestría en Gestión de Tecnologías de la InformaciónSemipresencial A distanciaMaestro en Gestión de Tecnologías de la InformaciónSL01 4 P20Maestría en Gestión Minera y AmbientalSemipresencial A distanciaMaestro en Gestión Minera y AmbientalSL01 (*) Código de programa en modalidad a distancia TABLA N° 3. CESE DE CUATRO (4) PROGRAMAS DE ESTUDIOS EN MODALIDAD SEMIPRESENCIAL N° Código (*)Denominación de programaModalidad de estudios autorizadaDenominación del grado que otorgaLocal autorizado 1 P02Maestría en Administración de NegociosSemipresencialMaestro en Administración de NegociosSL01 2 P04Maestría en Derecho de la EmpresaSemipresencialMaestro en Derecho de la EmpresaSL01 3 P06Maestría en Gestión de Tecnologías de la InformaciónSemipresencialMaestro en Gestión de Tecnologías de la InformaciónSL01 4 P08Maestría en Gestión Minera y AmbientalSemipresencialMaestro en Gestión Minera y AmbientalSL01 (*) Código del programa en modalidad semipresencial. El 15 de agosto de 2022, se noti fi có a la Escuela de Posgrado el O fi cio N° 0566-2022-SUNEDU-02-12 mediante el cual la Dilic, remitió la Resolución de Trámite N° 2 del 15 de agosto de 2022, que resolvió declarar admisible la SMLI presentada por la Escuela de Posgrado. El 17 de agosto de 2022, mediante O fi cio N° 018-2022-GG-EPN 16 la Escuela de Posgrado remitió información complementaria referida a su SMLI. El 16 de septiembre de 2022, a través del O fi cio N° 0746-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có la Resolución de Trámite N° 3, mediante la cual se resolvió realizar una Diligencia de Actuación Probatoria (en adelante, DAP), a través de la plataforma Microsoft Teams, los días 3 y 4 de octubre de 2022, con la fi nalidad de recabar información vinculada a su SMLI. El 6 de octubre 2022, a través del O fi cio N° 0843-2022-SUNEDU-02-12, se noti fi có a la Escuela de Posgrado las Actas de inicio 17 y fi n18 de la DAP, la copia del Anexo 1 del Acta de fi n de DAP y los registros audiovisuales de entrevistas y recorridos virtuales realizados durante la referida diligencia.