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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (15/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 57

57 NORMAS LEGALES Jueves 15 de diciembre de 2022 El Peruano / creación de fi lial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad; y, (f) cambio de locación. 6 Aprobado por Decreto Supremo N° 003-2016-MINEDU, modi fi cado por la Resolución Ministerial N° 459-2017-MINEDU, la Resolución del Consejo Directivo N° 003-2019-SUNEDU/CD, el Decreto Supremo N° 010-2020-MINEDU, la Resolución del Consejo Directivo N° 122-2020-SUNEDU/CD y la Resolución del Consejo Directivo N° 113-2022-SUNEDU/CD. 7 Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU-CD, modi fi cado -entre otras- por la Resolución del Consejo Directivo N° 086-2022-SUNEDU. Artículo 31.- Supuestos de modi fi cación de licencia institucional: 31.1 Los administrados que cuenten con licencia institucional, pueden solicitar a la Sunedu la modi fi cación en los siguientes escenarios: c) Creación de programa conducente a grados y títulos. - Si se pretende crear un programa conducente a grados y títulos que va a ser ofrecido en locales autorizados en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 13, 16, 17, 18, 21, 22, 26 y 27; establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. (…) e) Cambio de modalidad: Si se pretende cambiar la modalidad de un programa conducente a grados y títulos que consta en la licencia institucional. Son aplicables los requisitos: 1, 2, 3, 4, 5, 7 y 23, establecidos en el numeral 30.1 del artículo 30 del presente Reglamento. 8 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 20 de agosto de 2022. 9 RTD N° 040864-2022-SUNEDU-TD. 10 Referida a la creación de dos (2) programas de estudios de maestría en la modalidad a distancia: i) Maestría en Finanzas; y, ii) Maestría en Liderazgo y Dirección de Centros Educativos. 11 Referida al cambio de modalidad de (4) programas de estudios de maestría, de la modalidad semipresencial a la modalidad a distancia: i) Maestría en Administración de Negocios; ii) Maestría en Derecho de la Empresa; iii) Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información; y, iv) Maestría en Gestión Minera y Ambiental. 12 RTD N° 042680-2022-SUNEDU-TD. 13 Referida a la creación de dos (2) programas de estudios de maestría en la modalidad a distancia: i) Maestría en Finanzas (P15); y, ii) Maestría en Liderazgo y Dirección de Centros Educativos (P16). 14 Referida al cambio de modalidad de (4) programas de estudios de maestría, de la modalidad semipresencial a la modalidad a distancia: i) Maestría en Administración de Negocios; ii) Maestría en Derecho de la Empresa; iii) Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información; y, iv) Maestría en Gestión Minera y Ambiental. 15 Remitió certi fi cado de vigencia de poder de la partida electrónica N° 11078148 y el Certi fi cado Literal del Registro de Personas Jurídicas de la partida antes citada. 16 RTD N° 043636-2022-SUNEDU-TD. 17 Suscrita el 3 de octubre de 2022. 18 Suscrita el 4 de octubre de 2022. 19 RTD N° 052458-2022-SUNEDU-TD. 20 Las referidas reuniones se realizaron los días: 9 de agosto, 19 y 29 de septiembre del 2022. 21 Los programas aprobados según consta en el Anexo N° 1 de la referida resolución son los siguientes: (i) Maestría en Administración de Negocios, (ii) Maestría en Derecho de la Empresa, (iii) Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información; y (iv) Maestría en Gestión Minera y Ambiental. 22 Referido a la creación de seis (6) programas en la modalidad a distancia: (i) Maestría en Dirección de Personas; (ii) Maestría en Gestión Tributaria; (iii) Maestría en Dirección del Marketing; (iv) Maestría en Dirección Pública; (v) Maestría en Educación; y, (vi) Maestría en Derecho Penal. 23 Referido al cese voluntario de los programas en modalidad presencial: (i) Maestría en Administración de Negocios, (ii) Maestría en Derecho de la Empresa, (iii) Maestría en Gestión de Tecnologías de la Información; y (iv) Maestría en Gestión Minera y Ambiental. 24 Documento presentado durante la Diligencia de Actuación Probatoria realizada los días 3 y 4 de octubre de 2022. 25 Documento presentado durante la Diligencia de Actuación Probatoria realizada los días 3 y 4 de octubre de 2022. 26 Precisiones hechas durante la entrevista en la Diligencia de Actuación Probatoria realizada los días 3 y 4 de octubre de 2022. 27 Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, 28 Reglamento del proceso de cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD Artículo 7.- Cese progresivo (…) 7.2 Las universidades en proceso de cese de actividades deben adoptar las medidas correspondientes para asegurar que sea un proceso ordenado y no afecte la continuidad de los estudios ni el ejercicio de los derechos de sus estudiantes, egresados, graduados y/o titulados. 29 Reglamento del proceso de cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD Artículo 9.- Cese de actividades voluntario En caso, las Universidad decida voluntariamente cesar sus actividades de forma total o parcial la prestación de servicio educativo superior universitario, el plazo de cese debe ser informado con una anticipación no menor a seis (6) meses al inicio de su ejecución. En caso de cierre voluntario, la Universidad debe cumplir las obligaciones establecidas en el presente reglamento, según corresponda. 30 Reglamento del proceso de cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD Artículo 8.- Plazo de cese 8.1 La universidad con denegatoria o cancelación de la licencia institucional, señala un plazo de cese que no debe exceder el plazo máximo de dos (2) años, contados a partir del semestre siguiente a la fecha de noti fi cación de la resolución de denegatoria o cancelación de la licencia institucional. 31 Reglamento del proceso de cese de actividades de universidades y escuelas de posgrado, aprobado por la Resolución de Consejo Directivo N° 111-2018-SUNEDU/CD Artículo 11.- Continuación de estudios en la universidad en proceso de cese de actividades La continuación de estudios en la universidad en proceso de cese solo se realiza dentro del plazo máximo de cese y está permitida para los estudiantes de pregrado, posgrado y/o segunda especialidad que hayan iniciado estudios antes de la fecha de noti fi cación de la resolución de denegatoria o cancelación de la licencia institucional. 2134016-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Disponen el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial PRESIDENCIA DEL CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000127-2022-P-CE-PJ Lima, 14 de diciembre del 2022VISTO:El Decreto Supremo N° 139-2022-PCM, publicado en el Diario O fi cial del Bicentenario El Peruano con fecha 12 de diciembre de 2022. CONSIDERANDO:Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000405-2022-CE-PJ el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo N° 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa N° 000129-2020-CE-PJ, y modi fi cado por Resolución Administrativa N° 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo. Segundo. Que, posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 139-2022-PCM se declaró por el término de