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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 163

163 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / conformar los Consejos Regionales para las Personas Adultas Mayores–COREPAM, los que constituyen espacios de diálogo, coordinación, concertación y toma de decisiones, y se encuentran presididos por el Gobernador Regional e integrado por las instituciones públicas y privadas, sociedad civil, ONG y organizaciones de personas adultas mayores, a través de sus representantes debidamente elegidos, a fi n de proponer políticas y acciones en materia de personas adultas mayores ante los órganos de gobierno; Que, mediante Informe Nº 001-2022-GRDS-SGPDH- EMCC, de fecha 22 de agosto del 2022, la responsable de Adulto Mayor y Familia del Gobierno Regional de Ayacucho, concluye que se recomienda la Derogación de la Ordenanza Regional Nº 012-2017-GRA/CR, y la emisión de una nueva Ordenanza Regional; Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación, modi fi cación, y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y, materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 38º de la Ley invocada, señala que las Ordenanza Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, los literales a) y b) del artículo 45º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos regionales modi fi cado por el artículo 4º de la Ley Nº 27902, establece que las funciones generales de los Gobiernos Regionales se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución, la Ley de Bases de Descentralización y demás leyes de la Republica; teniendo función normativa y reguladora la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia; asimismo el literal c) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanza Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los Acuerdos del Consejo Regional; Por lo que en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley Nº 27783, Ley de Bases de Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Leyes Nº 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 29611 y 29981, el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, el Consejo Regional con el voto por unanimidad de los miembros participantes aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONALArtículo Primero.- DEROGAR, la Ordenanza Regional Nº 012-2017-CRA/CR, en todos sus extremos. Artículo Segundo.- ACTUALIZAR, la Creación del Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores – COREPAM, como un espacio de coordinación, concertación y dialogo con las personas adultas mayores de la Región Ayacucho en concordancia con el Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP. Artículo Tercero.- RECONFORMAR, el Consejo Regional de las Personas Adultas Mayores – COREPAM, bajo el siguiente detalle: - El Gobernador Regional de Ayacucho (quien la presidirá) - La Gerencia Regional de Desarrollo Social (o quien haga sus veces), quien estará encargado de la secretaria técnica. - La Gerencia Regional de Desarrollo Económico- Las Municipalidades Provinciales de la Región Ayacucho - La Dirección Regional de Salud – DIRESA- La Dirección Regional de Educación – DREA- La Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo – DIRCETUR - La Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento- La Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones - La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - La Dirección Regional de Agricultura- Representante acreditado/a de ESSALUD- Representante acreditado/a del Instituto Peruano del Deporte – IPD - Representante acreditado/a de la Policía Nacional del Perú - Representante de las Organizaciones de Personas Adultas Mayores de la Región Ayacucho registradas en el MIMP - Presidente del Consejo Regional de Ayacucho- Representante del Poder Judicial- Representante del Ministerio de Justicia- Representante del Centro Emergencia Mujer- Representante de Pensión 65- Representante de la Defensoría del Pueblo Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la implementación y monitoreo, a fi n de dar cumplimiento a la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la elaboración del Reglamento Interno, Plan de Trabajo y demás documentos de gestión, dentro de un plazo de 90 días hábiles, los mismos que serán aprobados mediante Decreto Regional, debiendo dar cuenta de ello al Consejo Regional de Ayacucho. Artículo Sexto.- ESTABLECER, que la Gerencia Regional de Desarrollo Social, actuará como Secretaría Técnica del Consejo Regional para las Personas Adultas Mayores – COREPAM. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial el “Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho para conocimiento y fi nes pertinentes. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 10 días del mes de octubre del año dos mil veintidós. ROGER PALOMINO VILCATOMA PresidenteConsejo Regional POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 24 días del mes de octubre del año dos mil veintidós. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador 2137958-1 GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Modifican la Ordenanza Regional N° 141-2018-CR/GR.CUSCO, que declara de Interés Regional la Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería y Promover su Difusión en la Región de Cusco ORDENANZA REGIONAL Nº 216-2022-CR/GR CUSCO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en la Novena Sesión Ordinaria de fecha doce de