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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 151

151 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / el normal desarrollo de la gestión edil, la cual puede resultar entorpecida por la imposibilidad de la autoridad edil de ejercer sus funciones. Por ello, a consecuencia de este hecho, el transcurso de un día de incertidumbre respecto a su situación, así se trate de una circunstancia temporal, genera serias consecuencias en la estabilidad política, económica y social de la circunscripción. 2.8. De igual modo, considerando que existe un pronunciamiento del concejo municipal sobre la suspensión del señor regidor y, además, que la posibilidad de que dicha autoridad pueda cuestionar el procedimiento de suspensión, vía recurso de apelación, no ha de variar la con fi guración de la causa prevista en el artículo 25, numeral 3, de la LOM, pues emana de una decisión adoptada por el Poder Judicial, este órgano electoral concluye que se debe proceder conforme al Acuerdo de Concejo Nº 017-2022-MDH/CM, que declaró la suspensión de la citada autoridad. 2.9. En consecuencia, corresponde dejar sin efecto la credencial que acredita a don Silverio Zenón Iparraguirre Chipana como regidor del Concejo Distrital de Hualhuas. Así también, se debe convocar a doña Karen Zadit Ponce Lindo, identi fi cada con DNI Nº 71316318, candidata no proclamada de la organización política Caminemos Juntos por Junín, para que asuma, de forma provisional, el cargo de regidora del citado concejo distrital, en tanto se resuelve la situación jurídica de la autoridad suspendida. 2.10. Dicha convocatoria se efectúa de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, de fecha 29 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancayo, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2.11. Cabe precisar que la noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO , de manera temporal, la credencial otorgada a don Silverio Zenón Iparraguirre Chipana en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en tanto se resuelve su situación jurídica. 2. CONVOCAR a doña Karen Zadit Ponce Lindo, identi fi cada con DNI Nº 71316318, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Hualhuas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en tanto se resuelve la situación jurídica de don Silverio Zenón Iparraguirre Chipana, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENAS ESPINOZA VALENZUELARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVA Gómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2138356-1SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de la empresa JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 03938-2022 Lima, 21 de diciembre de 2022EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por la señora Gloria Rita Rolando Vergara para que se autorice la inscripción de la empresa JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, pudiendo también utilizar la denominación abreviada JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas, aprobado por Resolución S.B.S. N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción de las Empresas Corredoras de Seguros en el Registro respectivo; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos exigidos por la referida norma administrativa; Que, el Departamento de Registros ha considerado pertinente aceptar la solicitud de inscripción de la empresa JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C., en el Registro; y, De conformidad con lo establecido en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias y en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución S.B.S. Nº 1678-2018 de fecha 27 de abril de 2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro, Sección III: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas, a la empresa JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, pudiendo también utilizar la denominación abreviada JUNNTOS CORREDORES DE SEGUROS S.A.C.., con matrícula Nº J-0935. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 2136720-1