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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (29/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 170

170 NORMAS LEGALES Jueves 29 de diciembre de 2022 El Peruano / “PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO MOQUEGUA AL 2032”. Concluye: “Luego de la revisión del Proyecto del plan de Desarrollo Regional concertado de Moquegua, se puede señalar que CUMPLE con la metodología establecida por CEPLAN. (…)”; Que, como órgano técnico del ejecutivo regional la Sub Gerencia de Planeamiento, con Informe Nº 273-2022-GRM/GGR-.GRPPAT-SPLAN emite opinión técnica en sus conclusiones menciona que el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua al 2032, cumple con la metodológica vigente, la misma que fue validada por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN y conto con la asistencia técnica de sus tres direcciones; Que, mediante Informe Nº 864-2022-GRM/GGR- ORAJ, de fecha 17 de noviembre del 20222, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica concluye que el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua al 2032, cumple con la norma vigente; Que, el ejecutivo regional a través de la Gerencia General Regional con Informe Nº 690-2022-GRM/GGR de fecha 17 de noviembre del 2022, solicita la aprobación del Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua al 2032 mediante Ordenanza Regional; Que, la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial, a través del O fi cio Nº 057-2022- GRM/CR/COPPOT-VP remite el Dictamen Nº 012-2022-GRM/CR/CPPyOT; recomendando aprobar a propuesta normativa de Ordenanza Regional que aprueba el Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua hacia el 2032, como un instrumento de gestión del Gobierno Regional del planeamiento estratégico de mediano y largo plazo que orienta el desarrollo integral y sostenible en el territorio, buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales y promoviendo sinergias con el sector privado y la sociedad civil, con la fi nalidad de alcanzar el futuro deseado para el territorio; Por lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Moquegua aprobado por la Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; con el voto por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL “QUE APRUEBA EL PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO MOQUEGUA AL 2032” Artículo Primero.- APROBAR, el PLAN DE DESARROLLO REGIONAL CONCERTADO MOQUEGUA AL 2032, cuya estructura comprende las fases de: Conocimiento Integral de la Realidad, Futuro Deseado y Políticas y Planes Coordinados, que establecen objetivos y acciones estratégicas regionales; instrumento de gestión que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional en folios cuatrocientos noventa y seis (496). Artículo Segundo.- Los Gobiernos Locales provinciales y distritales conformantes del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico articularán y alinearán sus Planes de Desarrollo Local Concertado al Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua la 2032. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, regular y ejecutar anualmente los procesos de seguimiento y evaluación del cumplimiento de objetivos y acciones estratégicas del Plan de Desarrollo Regional Concertado Moquegua al 2032, así como de su difusión y socialización. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, al Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; asimismo los anexos se publicarán en el portal electrónico de la institución conforme al Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación.Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. Regístrese, comuníquese y cúmplase.MARIA DEL CARMEN KOC ZEBALLOS Consejera Delegada POR TANTO:Mande se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional Moquegua, a los seis días del mes de diciembre de dos mil veinte y dos. ZENÓN GREGORIO CUEVAS PARE Gobernador Regional 2137954-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que dicta disposiciones para preservar la integridad y promover la transparencia en la Municipalidad Metropolitana de Lima ORDENANZA Nº 2519-2022 Lima, 14 de diciembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del Artículo 9 y los Artículos 39, 40 y 157 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales mediante Dictamen N° 081-2022-CMAL de fecha 01 de diciembre de 2022, el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE DICTA DISPOSICIONES PARA PRESERVAR LA INTEGRIDAD Y PROMOVER LA TRANSPARENCIA EN LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Artículo 1.- Objeto Dictar disposiciones para preservar la integridad y promover la transparencia en la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos descentralizados y empresas municipales. Artículo 2.- Alcance La presente Ordenanza tiene alcance a toda la Municipalidad Metropolitana de Lima, sus organismos descentralizados y empresas municipales. Artículo 3.- Comité de Integridad Pública 3.1 Confórmese el Comité de Integridad Pública de la Municipalidad Metropolitana de Lima, al cual le son aplicables las disposiciones previstas en la Resolución