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40 NORMAS LEGALES Viernes 11 de febrero de 2022 El Peruano / ORGANISMOS AUTONOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA COMISIÓN ORGANIZADORA RESOLUCIÓN DE CONSEJO DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 036-2022-CCO-UNAJ Juliaca, 21 de enero del 2022VISTOS: El Informe Técnico N° 004-2022/OPP-UPM/UNAJ, de fecha 20 de enero del 2022, Informe N° 056-2022-OPP/UNAJ, de fecha 20 de enero del 2022, Informe Jurídico N° 014-2022/OAJ-CO-UNAJ, de fecha 20 de enero del 2022, Acuerdo N° 056-2022-SO-CCO-UNAJ de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de fecha 21 de enero del 2022 y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 18, 4to párrafo de la Constitución Política del Estado, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la constitución y las leyes. Que, la Ley Universitaria N° 30220, en su Art. 8, establece que el Estado reconoce la autonomía Universitaria, la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable, ésta autonomía se mani fi esta en los siguientes regímenes: Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico. Que, el artículo 59º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establecen lo siguiente: El Consejo Universitario en el presente caso el Consejo de Comisión Organizadora de la UNAJ tiene las siguientes funciones, 59.2 Dictar el reglamento general de la Universidad, el reglamento de elecciones y otros reglamentos internos especiales, así como vigilar su cumplimiento. Que, la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, en el numeral 6.1.4, establece las funciones de la Comisión Organizadora; señalando son sus funciones: a) Elaborar o modi fi car, según corresponda, y aprobar los estatutos de la universidad, así como remitir el nuevo estatuto de la universidad a la Sunedu, b) Aprobar y velar por el adecuado cumplimiento del Estatuto, Reglamentos y documentos de gestión de la universidad, […] s) Otras que sean asignadas por el MINEDU, en el marco de sus competencias. t) Los miembros de las Comisiones Organizadoras son responsables administrativamente por el uso de los recursos de la institución, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal y administrativa. Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 192-2021-CCO-UNAJ, de fecha 07 de mayo del 2021, se dispone APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Universidad Nacional de Juliaca, el mismo que consta de 93 artículos y que a folios cuarenta y ocho (48) y en anexo forma parte del presente acto resolutivo Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 367-2021-CCO-UNAJ, de fecha 27 de julio del 2021, se dispone APROBAR las modi fi caciones al REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES de la Universidad Nacional de Juliaca, en los siguientes Artículos: 65, 68 y 71, de conformidad al Informe N° 019-2021-OPP/-UPM/UNAJ. Que, mediante Acuerdo de Consejo de Comisión Organizadora N° 046-SO-2022-CO-UNAJ, de Sesión Ordinaria de Consejo de Comisión Organizadora de fecha 19 de enero del 2022, se acordó por UNANIMIDAD: Primero.- APROBAR el cambio de denominación del “Departamento Académico de Gestión y Emprendimiento Empresarial”, a la denominación de “Departamento Académico de Gestión y Ciencias Sociales”; y la creación del “Departamento Académico de Ciencias Básicas”, el mismo que estará adscrito a la Facultad de Ciencia de Ingenierías, con el fi n de cumplir los objetivos institucionales y el adecuado funcionamiento de los órganos internos, […] Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Planeamiento y Modernización, la actualización de Estatuto y el Reglamento de Organización y Funciones, en cumplimiento de lo dispuesto en el punto primero del presente acuerdo. Que, mediante Resolución de Consejo de Comisión Organizadora Nº 035-2022-CCO-UNAJ, de fecha 21 de enero del 2022, se dispone APROBAR la modi fi cación del ESTATUTO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE JULIACA, en el extremo del Art. 64, el mismo que a partir de la emisión del presente acto resolutivo, queda de la siguiente manera: “Articulo 64.- La universidad Nacional de Juliaca, cuenta con los siguientes departamentos Académicos: FACULTAD DE CIENCIAS DE INGENIERÍAS: 64.1 Departamento Académico de Ciencias de la Ingeniería. 64.2 Departamento Académico de Ciencias Básicas. FACULTAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS INDUSTRIALES: 64.3 Departamento Académico de Ingeniería de Procesos Industriales. FACULTAD DE GESTIÓN Y EMPRENDIMIENTO EMPRESARIAL: 64.4 Departamento Académico de Gestión y Ciencias Sociales”. Que, mediante Informe Técnico N° 004-2022/OPP- UPM/UNAJ, de fecha 20 de enero del 2022, el Ing. José Luis Velarde Choque Jefe de Planeamiento y Modernización de la UNAJ, solicita realizar modi fi caciones al Reglamento de Organización y Funciones de la UNAJ, en merito a lo establecido en los Artículos 33 y 34 de la Ley Universitaria N° 30220, precisa que: “[…] cada departamento se integra a una facultad sin perjuicio de su función de brindar servicios a otras facultades”; “el estatuto de la universidad determina, por áreas de estudio diferenciadas, el número de Departamentos Académicos”, precisando además que, si bien es cierto que el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, así como la Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU, establecen los procedimientos a los cuales debe sujetarse las entidades en caso de realizar las modi fi cantes al Reglamento de Organización y Funciones, estas son en cuanto se modi fi que la estructura orgánica, a lo que en el presente caso no se pretende modi fi car la estructura orgánica de la Universidad Nacional de Juliaca, es por ello que teniendo en cuenta el enfoque estratégico de la universidad, se propone la modi fi cación del Art. 68 del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca, precisando que el mismo quedara de la siguiente manera: “La UNAJ cuenta con los siguientes Departamentos Académicos: FACULTAD DE CIENCIAS DE INGENIERÍAS: Departamento Académico de Ciencias de la Ingeniería. Departamento Académico de Ciencias Básicas. FACULTAD DE INGENIERÍA DE PROCESOS INDUSTRIALES: Departamento Académico de Ingeniería de Procesos Industriales. FACULTAD DE GESTIÓN Y EMPRENDIMIENTO EMPRESARIAL: Departamento Académico de Gestión y Ciencias Sociales”. Que, mediante Informe N° 056-2022-OPP/UNAJ, de fecha 20 de enero del 2022, el Ing. Heraclio Zuñiga Quispe Jefe de Planeamiento y Presupuesto de la UNAJ, solicita la aprobación vía acto resolutivo de la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Juliaca, el mismo que cuenta con el informe técnico correspondiente de modi fi cación parcial del ROF.