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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (11/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 49

49 NORMAS LEGALES Viernes 11 de febrero de 2022 El Peruano / a. Se convocó a la sesión extraordinaria de concejo programada para el 14 de octubre de 2019, en cumplimiento de lo dispuesto por el Auto N° 1, del 11 de julio de 2019, recaído en el Expediente N° JNE.2019001452, sin menoscabar la función fi scalizadora. b. Se decidió convocar a dicha sesión extraordinaria porque el “exalcalde y sus funcionarios” no quisieron realizarlo. c. Conforme al O fi cio N° 006-2019-CSN-REGIDOR- MDY, del 6 de agosto de 2019, recibido al día siguiente, se acredita que se comunicó al exalcalde “que en vista de que no había convocado a sesión de concejo como lo ordenaba el AUTO N° 1, lo estaba convocando el primer regidor de ese entonces”. d. El exalcalde llevó al secretario general “a la ciudad de Iquitos para no estar presente” en la sesión extraordinaria programada. e. Con O fi cio N° 008-2019-CSN-REGIDOR-MDY, del 9 del mismo mes y año, se noti fi có al secretario general a fi n de que se presente a la sesión de concejo programada. Segundo pronunciamiento del concejo distrital sobre la solicitud de vacancia 1.8. En Sesión Extraordinaria de Concejo del 17 de diciembre de 2020, por unanimidad, se declaró infundada la solicitud de vacancia. Dicha decisión se formalizó mediante Acuerdo de Concejo N° 008-2020-MDY, del 18 del mismo mes y año. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS 2.1. El 6 de enero de 2021, el señor recurrente interpuso recurso de apelación 2 en contra del segundo acuerdo de concejo mencionado, argumentando lo siguiente: a. “No convocaron a Sesión Extraordinaria de Concejo en el plazo previsto por el JNE”. b. “No noti fi caron el Acuerdo de Concejo en el plazo previsto por el JNE”. c. “El contenido y la forma administrativa NO ES DE UN ACUERDO DE CONCEJO”. d. “No fi rmaron los Regidores el Acuerdo de Concejo”. e. “Quieren sorprender que solo se realizaron durante todo el año 08 ACUERDOS DE CONCEJO”. 2.2. Con escrito del 18 de enero de 2022, el señor alcalde presentó, de manera extemporánea, alegatos respecto del recurso de apelación. CONSIDERANDOS PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 determina, como atribución del JNE, la administración de justicia en materia electoral. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 señala: Artículo 139.- Principios de la administración de justicia Son principios y derechos de la función jurisdiccional:[…]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. En la LOM 1.3. El artículo 10 indica: Artículo 10.- Atribuciones y obligaciones de los regidores Corresponde a los regidores las siguientes atribuciones y obligaciones: […]4. Desempeñar funciones de fi scalización de la gestión municipal. 1.4. El segundo párrafo del artículo 11 establece, como causa de vacancia, lo siguiente: […] Los regidores no pueden ejercer funciones ni cargos ejecutivos o administrativos, sean de carrera o de con fi anza, ni ocupar cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Todos los actos que contravengan esta disposición son nulos y la infracción de esta prohibición es causal de vacancia en el cargo de regidor. 1.5. El artículo 13 re fi ere: Artículo 13.- Sesiones del Concejo Municipal […]En la sesión extraordinaria sólo [sic] se tratan los asuntos pre fi jados en la agenda; tiene lugar cuando la convoca el alcalde o a solicitud de una tercera parte del número legal de sus miembros. En el caso de no ser convocada por el alcalde dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la petición, puede hacerlo el primer regidor o cualquier otro regidor, previa noti fi cación escrita al alcalde. […]. 1.6. El inciso 2 del artículo 20 preceptúa: Artículo 20.- Atribuciones del alcalde Son atribuciones del alcalde:[…]2. Convocar, presidir y dar por concluidas las sesiones del concejo municipal. 3. Ejecutar los acuerdos del concejo municipal, bajo responsabilidad; 1.7. El artículo 23 precisa: […] El recurso de apelación se interpone, a solicitud de parte, ante el concejo municipal que resolvió el recurso de reconsideración dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, […] 1.8. Los artículos 6 y 41 señalan lo siguiente: Artículo 6.- La alcaldía La alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa. […] Artículo 41.- AcuerdosLos acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. En el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.9. Los artículos 4, 5 y 9, sobre los actos administrativos, disponen: Artículo 4.- Forma de los actos administrativos 4.1 Los actos administrativos deberán expresarse por escrito, salvo que por la naturaleza y circunstancias del caso, el ordenamiento jurídico hayan previsto otra forma, siempre que permita tener constancia de su existencia. 4.2 El acto escrito indica la fecha y lugar en que es emitido, denominación del órgano del cual emana, nombre y fi rma de la autoridad interviniente. […]Artículo 5.- Objeto o contenido del acto administrativo 5.1 El objeto o contenido del acto administrativo es aquello que decide, declara o certi fi ca la autoridad.