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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (11/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Viernes 11 de febrero de 2022 El Peruano / Declaran infundado recurso de apelación contra Acuerdo de Concejo que rechazó vacancia de alcalde y nulos Acuerdos de Concejo referidos a solicitudes de vacancia de regidores de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón, departamento de Loreto; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN N° 0037-2022-JNE Expediente N° JNE.2020034203 DATEM DEL MARAÑÓN - LORETOVACANCIARECURSO DE APELACIÓN Lima, veintiuno de enero de dos mil veintidós VISTO: en audiencia pública virtual del 18 de enero de 2022, debatido y votado el 21 del mismo mes y año, el recurso de apelación interpuesto por don Teddy Velásquez Hidalgo (en adelante, señor recurrente) en contra de los Acuerdos de Concejo Municipal N° 039, N° 040, N° 041 y N° 042-2020-MPDM-CM, del 30 de octubre de 2020, que rechazaron la solicitud de vacancia presentada en contra del alcalde, don Adelino Rivera Pérez (en adelante, señor alcalde), y de los regidores, don Edinson Jeiner Vásquez Mundaca, don Rogelio Tamabi Taminchi y don Heyden José Panduro Peña (en adelante, señores regidores), de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón, departamento de Loreto, por las causas de nepotismo e infracción a las restricciones de contratación, previstas en los numerales 8 y 9 del artículo 22, este último concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2020029333. Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTESLa solicitud de vacancia 1.1. El 27 de agosto de 2020, el señor recurrente solicitó el traslado de la vacancia del señor alcalde y los señores regidores por las causas invocadas. Para ello, sostuvo lo siguiente: Con relación al señor alcalde1.2. Argumentó que: a. Don Whillen Trigozo Hidalgo, en el 2019, prestó servicios a la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón (en adelante, municipalidad o entidad edil) por el monto de S/ 60 700,00, según el portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la página de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). Los servicios prestados, presumiblemente, serían los de consultorías, pues dicho proveedor presta servicios de estudios de suelos. El favorecimiento para la contratación de este se debe a que es primo de Juan Ccanihua Trigozo, exfuncionario de con fi anza del señor alcalde, que ocupó el cargo de gerente de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Rural, y que, actualmente, ocupa el cargo de jefe de proyectos viales, bajo la modalidad de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). b. Don Luis Armando Cuzco Trigozo, en el 2019, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 98 500,00, y, en el 2020, por el monto de S/ 57 000,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. Se presume que los servicios prestados fueron los de consultorías en obras. El favorecimiento se debería a que este también es primo del exfuncionario de con fi anza antes señalado. c. Don Vicente León Bardales, en el 2020, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 64 025,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es tío de don Renán León Cruz, funcionario de con fi anza del señor alcalde, ocupando el cargo de tesorero en la entidad edil. d. Don Daniel Cruz Requejo, en el 2020, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 13 637,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es primo del funcionario de con fi anza del señor alcalde, don Renán León Cruz. e. Doña Karen León Ruiz, en el 2020, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 7 500,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es prima del funcionario de con fi anza del señor alcalde, don Renán León Cruz. f. Don Demetrio Martínez Guevara, en el 2019, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 24 026,00, y, en el 2020, por el monto de S/ 5 670,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es pariente de doña Anita María Martínez Vásquez, trabajadora de la municipalidad. g. Don Ramiro Abanto Zamora, en el 2019, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 115 540,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es pariente de doña Claribel Abanto Rodríguez, trabajadora de la municipalidad. h. Don Elmer Manuel Montalván Villacorta, en el 2020, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 5 380,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es pariente de doña Kelly Yohanna Montalván Núñez, trabajadora de la municipalidad. i. Con la contratación de los referidos proveedores, el señor alcalde estaría incurriendo en las causas de vacancia por nepotismo e infracción a las restricciones de contratación. Con relación al regidor don Edinson Jeiner Vásquez Mundaca 1.3. Doña Martha Elena Mundaca Sánchez, en el 2019, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 22 605,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es prima del referido regidor, hecho que amerita la vacancia de este último por las causas de nepotismo e infracción a las restricciones de contratación. Con relación al regidor don Rogelio Tamabi Taminchi 1.4. Doña Dona Dioselina Tamabi Taminche, en el 2020, prestó servicios a la municipalidad por el monto de S/ 930,00, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que es hermana del referido regidor, hecho que amerita la vacancia de este último por las causas de nepotismo e infracción a las restricciones de contratación. Con relación al regidor don Heyden José Panduro Peña 1.5. Don Percy Oscar Panduro Peña y don Wilber Tony Nolorbe Peña, en el 2020, prestaron servicios a la municipalidad por el monto de S/ 1 200,00 cada uno, según el portal de Transparencia Económica del MEF y la página de la Sunat. El favorecimiento se debería a que son familiares del referido regidor (hermano y primo, respectivamente), hecho que amerita la vacancia de este último por las causas de nepotismo e infracción a las restricciones de contratación. 1.6. Con el Auto Nº 1, del 7 de setiembre de 2020 (Expediente N° JNE.2020029333), se trasladó la solicitud de vacancia al Concejo Provincial de Datem del Marañón, a fi n de que emita pronunciamiento en primera instancia.