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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE MARZO DEL AÑO 2022 (30/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 212

TEXTO PAGINA: 171

171 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de marzo de 2022 El Peruano / su inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, de conformidad con los principios sectoriales de las políticas de gestión regional, el artículo 8 de la Ley Orgánica de gobiernos Regionales Nº 27867, modi fi cada por la Ley Nº 27902, establece que el gobierno Regional tiene como objetivo la gestión estratégica de la competitividad, asimismo, el artículo 10, dispone que es competencia exclusiva de los gobiernos Regionales, de conformidad con el artículo 35 de la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, promover la modernización de la pequeña y mediana empresa regional, articulando con la actualización e innovación tecnológica; Que, el texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la Competitividad, Formalización y Empleo Decente, Ley MYPE, establece la conformación de los Consejos Regionales de la MYPE, facultando a los gobiernos Regionales su creación y conformación de acuerdo a las particularidades del ámbito Regional, en razón a ello, con ORDENANZA REGIONAL Nº 017-2004 CR – GRL del 24 de agosto del 2004, se creó el Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa – COREMYPE LORETO; Que, mediante ORDENANZA REGIONAL Nº 017- 2004 – CR – GRL, de fecha 04 de agosto del 2004, se resolvió en los artículos segundo y tercero lo siguiente: Artículo Segundo.- OBJETO El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Loreto tendrá por objeto promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE en su ámbito geográ fi co y su articulación con los planes y programas locales, Regionales y Nacionales. Artículo Tercero.- CONFORMACIÓN. El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Loreto estará conformado por: - Un representante de la Alta Dirección del Gobierno Regional de Loreto, quien lo presidirá. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un representante de las Organizaciones Regionales Privadas de Promoción de las Micro y Pequeñas Empresas de las MYPES. - Cuatro representantes de los Gremios de las MYPES de la región. - Un representante de cada Municipalidad Provincial. - Un representante de las Universidades de la región. Que la Ordenanza Regional indicada en los considerandos segundo y tercero; para su aplicación presenta vacíos, que impiden una real presencia y participación de las asociaciones constituidas o que se constituyan en las diferentes Provincias de la Región, como también no incluye en su conformación a la Dirección Regional de la Producción, ente rector del sector MYPES; Que, mediante O fi cio Nº 379 – 2020 – GRL/DIREPRO de fecha 11 de marzo del 2020 la Dirección Regional de la Producción solicita a la Gerencia de Desarrollo Económico se efectúen modi fi caciones en la Ordenanza Regional de creación del COREMIPE Loreto, alcanzando el informe Nº 004-2020-GRL-DIREPRO – DEMI – MYPES y COOPERATIVAS de Fecha 03. 03. 2020, en el que se sustenta lo solicitado; Que la Gerencia Regional de Desarrollo Económico mediante O fi cio Nº 884-2020-GRL-GRDE de fecha 06 de agosto de 2020 solicita la modi fi cación de la Ordenanza Regional que aprobó la conformación del Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa, para lo cual alcanza el informe remitido por la Dirección Regional de Producción en la cual se propone modi fi caciones en la estructura de este órgano; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 0104-2020 de fecha 15 de octubre de 2020, contando con el voto unánime de los consejeros regionales en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; El pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto acordó por UNANIMIDAD, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, aprobar la siguiente Ordenanza Regional: “QUE MODIFICA LOS ARTÍCULOS 2º Y 3º DE LA ORDENANZA REGIONAL Nº017-2004-CR-GRL, DE FECHA 04 DE AGOSTO DE 2004, QUE CONFORMO EL CONSEJO REGIONAL DE LA MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA EN LA REGIÓN LORETO (COREMYPE – LORETO) COMO ÓRGANO CONSULTIVO ADSCRITO AL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO” RESUELVE:Artículo Primero: MODIFICAR; LOS ArtículoS SEGUNDO Y TERCERO de la ORDENANZA REGIONAL Nº 017 – 2004 CR-GRL del 24 de agosto del 2004, adaptándolas a las nuevas condiciones de funcionamiento y operatividad, para una mejor e fi ciencia y e fi cacia, según detalle: Artìculo Segundo:DICE:El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Loreto tendrá por objeto promover el desarrollo, la formalización y la competitividad de la Micro y Pequeña Empresa – MYPE en su ámbito geográ fi co y su articulación con los planes y programas locales, Regionales y Nacionales. TEXTO MODIFICADO CORRECTO:CRÉASE los Consejos Provinciales de las Micros y Pequeñas Empresas como órganos consultivos adscritos a las Gerencias Sub Regionales del Gobierno Regional de Loreto; participando en el proceso de desarrollo, Innovación y competitividad de las MYPES Provinciales. Artículo Tercero: DICE: - Un representante de la Alta Dirección del Gobierno Regional de Loreto, quien lo presidirá. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Un representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico. - Un representante de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Un representante de las Organizaciones Regionales Privadas de Promoción de las Micro y Pequeñas Empresas de las MYPES. - Cuatro representantes de los Gremios de las MYPES de la región. - Un representante de cada Municipalidad Provincial.- Un representante de las Universidades de la región. TEXTO MODIFICADO CORRECTO:El Consejo Regional de la Micro y Pequeña Empresa de la Región Loreto estará constituido de la forma siguiente: - Un representante del Gobierno Regional, quien lo preside el Gobernador de la Región. - Un representante de la Dirección Regional de la Producción, quien asumirá la Secretaria Técnica. - Un representante de las Asociaciones Empresariales de las MYPES de cada Provincia de la Región.