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54 NORMAS LEGALES Jueves 17 de agosto de 2023 El Peruano / bene fi cio al que se hubiera acogido, dejándose sin efecto los descuentos efectuados, así como la suspensión del procedimiento coactivo correspondiente. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- La vigencia de la presente ordenanza no suspende las exigencias contenidas en las órdenes de pago, las resoluciones de determinación, y los procedimientos de cobranza coactiva, generados por procesos de fi scalización y/o emisión masiva de las obligaciones tributarias, pudiendo el contribuyente acogerse a los bene fi cios establecidos en la presente ordenanza. Segunda.- El presente bene fi cio no será aplicable para procesos de compensación de pagos, transferencias de pagos, consolidación, y devolución de dinero. DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS Primera.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y las unidades orgánicas que la conforman, Secretaria General, Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones y Subgerencia de Imagen Institucional, conforme a sus atribuciones. Segunda.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y/o mejor aplicación de lo dispuesto en la presente ordenanza; así como para que eventualmente pueda prorrogar su vigencia. Tercera.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y Gerencia de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el Portal Institucional www.munilosolivos.gob.pe. 2205517-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACAMAC Autorizan viaje del Alcalde a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 050-2023-MDP/C Pachacámac, 15 de agosto de 2023EL CONCEJO MUNICIPAL EN SESIÓN ORDINARIA VISTOS: en la sesión de concejo de la fecha, la carta del 09 de agosto de 2023 cursada por la empresa para la Seguridad y Soluciones Urbanas ESU, adscrito al distrito de Ciencia, Tecnologías e Innovación de la ciudad de Medellín, Colombia, la carta N°160-2023-ALC/MDP cursada por el alcalde al concejo municipal, el 14 de agosto de 2023, el memorando N°1159-2023-GM/MDP cursado por la gerencia municipal, el memorando N°572-2023-MDP/SG cursado por la Secretaria General y el informe N°271-2023-MDP/OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú concordante con el artículo II del título preliminar de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la misma radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; y el artículo 41, establece que los acuerdos de concejo son decisiones referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el artículo 1 de la ley N°27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que aquellos, se autorizan mediante resolución de la más alta autoridad de la respectiva entidad, y los subsiguientes, precisan que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y deberán publicarse en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, en ese sentido, mediante informe de vistos, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica señala que con fecha 09 de agosto de 2023, el alcalde es invitado por la empresa para la Seguridad y Soluciones Urbanas, ESU, adscrito al distrito de Ciencia, Tecnologías e Innovación de la ciudad de Medellín, Colombia, a visitar el centro integrado de seguridad de la ciudad, los días 27, 28 y 29 de agosto de 2023, en calidad de representante de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, siendo parte de la expectativa municipal compartir experiencias en políticas públicas de seguridad ciudadana, para atender dicha problemática de modo que impacte en la formulación de futuras políticas públicas distritales sobre seguridad, al respecto, se mani fi esta que ni el viaje, ni el evento, irrogan gasto alguno de la entidad, por lo que resulta viable autorizar el viaje al exterior del país, pues quedan demostrados el interés institucional y la no asignación de viáticos, por otra parte, según el artículo 24 de la ley N°27972, en ausencia del alcalde corresponde su reemplazo a cargo del teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, por lo que se debe actuar en consecuencia; Que, estando a los informes de vistos, de conformidad con lo previsto por los artículos 9 y 41 de la ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades; POR UNANIMIDAD, SE ACUERDA:Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país de Enrique Valentín Cabrera Sulca, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pachacámac, a la ciudad de Medellín, Colombia, por el periodo comprendido entre el 27 y el 29 de agosto de 2023 inclusive, para visitar el Centro Integrado de Seguridad de la Ciudad y compartir información, resultados y estrategias de seguridad implementadas. Artículo 2.- ENCARGAR las funciones del despacho de alcaldía, a Yrma Judith Rosario Albornoz, Teniente Alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Pachacámac y primera regidora, por el periodo descrito en el artículo precedente. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General que proceda a gestionar la publicación del presente acuerdo en el diario o fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, en el portal institucional www.munipachacamac.gob.pe. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE V. CABRERA SULCA Alcalde 2205940-1 MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Ordenanza que modifica el artículo segundo de la Ordenanza N° 586/MM, Ordenanza que crea la Instancia Distrital de Concertación para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra la Mujer y los Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Miraflores ORDENANZA N° 612/MM Mira fl ores,14 de agosto de 2023