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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JULIO DEL AÑO 2024 (11/07/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Jueves 11 de julio de 2024 El Peruano / las cinco ordenanzas de los gobiernos regionales hoy conformantes (Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Ica y Junín), deben rati fi car el objeto y funciones/ competencias en su totalidad; de no cumplirse es inviable su reinscripción; Que, asimismo con la absolución a las observaciones, descrita con párrafo precedente, el Director Ejecutivo de la mancomunidad “Los Andes” deja entrever la posibilidad de incluir otras delegaciones, que permitan cumplir el objeto de la mancomunidad, por lo que el Gobierno Regional de Ayacucho expresa en este extremo, y en el marco legal vigente, que la Mancomunidad Regional “Los Andes” al constituir en persona jurídica de derecho público y en pliego presupuestal, encargado de la prestación conjunta de servicios públicos, el co fi nanciamiento o inversión en la ejecución de obras que involucra el territorio de más de una región, debe promover de manera prioritaria la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización, conforme le asigna dicha responsabilidad con el artículo 2° de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional, y su modi fi catoria con Ley N° 30804, y su respectivo reglamento; Que, estando con arreglo a Ley y a la normatividad vigente, la solicitud formulada por el Director Ejecutivo de la Mancomunidad Regional de Los Andes, los miembros de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Gestión Institucional, suscriben el dictamen correspondiente, declarando procedente su aprobación; Que, asimismo el literal a) del artículo 15º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y sus modi fi catorias; concordante con el literal a) del artículo 15º, del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 38º del cuerpo legal acotado (Ley), concordante con el numeral 158.1 del artículo 158 del indicado Reglamento Interno, rati fi ca que las Ordenanzas Regionales, norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Por lo que en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley N° 30305, Ley de Reforma de los Artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, el pleno del Consejo Regional y con el voto por mayoría de sus miembros, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.– RATIFICAR, el objeto de la “Mancomunidad Regional de Los Andes”, considerado en el artículo 7 del estatuto aprobado por su asamblea del 24 de noviembre del 2023; conforme al detalle siguiente: a. Fomento de planes, programas y proyectos para la lucha contra la desnutrición crónica infantil y la anemia. b. Fomento al desarrollo económico y productivo de la agroindustria y agroexportación. c. Fomento de la competitividad en el ámbito de la Mancomunidad, en el marco del Plan Nacional de Competitividad del Consejo Nacional de Competitividad d. Promoción de la política, planes y proyectos del turismo interdepartamental. e. Fomento del desarrollo de la política de gestión ambiental y desarrollo sostenible interdepartamental. f. Fomento de programas y proyectos de regulación hídrica “siembra y cosecha de agua”. g. Promover y ejecutar proyectos de inversión púbica para la integración vial y ferroviaria. h. Fomento de la prevención y gestión del riesgo de desastres. i. Impulso de la modernización de la gestión pública en el ámbito de las entidades públicas de la Mancomunidad. j. Fomento de los servicios de calidad en salud y la educación en el ámbito de la Mancomunidad, en el marco de la política del gobierno nacional, priorizando los servicios de atención de primera infancia y salud materna, investigación y fi nanciamiento de proyectos. k. Promover la articulación de las políticas regionales en el ámbito de la Mancomunidad, con las políticas nacionales, sectoriales y locales para la prestación conjunta de servicios. l. Proponer iniciativas para la conformación de una región en el marco del proceso de descentralización, previsto en la Constitución Política del Perú. m. Promover espacios de participación ciudadana. Artículo Segundo.– APROBAR, la delegación de Competencias y Funciones a la “Mancomunidad Regional de Los Andes”; los siguientes: Funciones en materia de educación, cultura, ciencia, tecnología, deporte y recreación - Promover, regular, incentivar y supervisar los servicios referidos a la educación inicial, primaria, secundaria y superior no universitaria, en coordinación con el Gobierno Local y en armonía con la política y normas del sector correspondiente y las necesidades de cobertura y niveles de enseñanza de la población. - Integrar los distintos programas educativos regionales en una política integral orientada, en lo económico, a la mejora en la productividad y competitividad de la región; en lo social, a propiciar la igualdad de oportunidades, la integración y la inclusión a nivel interregional; en lo político, al a fi anzamiento de los mecanismos de participación ciudadana y rendición de cuentas en los distintos niveles de gobierno, y en lo cultural, al desarrollo de una cultura de paz y reconocimiento y respeto a la diversidad. Funciones en materia de trabajo, promoción del empleo y la pequeña y microempresa - Promover e incentivar el desarrollo y formalización de pequeñas y microempresas con criterios de fl exibilidad y simpli fi cación, la instalación de empresas en la región y la iniciativa privada en actividades y servicios regionales. Funciones en materia de salud- Promover la formación, capacitación y el desarrollo de los recursos humanos y articular los servicios de salud en la docencia e investigación y proyección a la comunidad. - Ejecutar, en coordinación con los Gobiernos Locales de la región, acciones efectivas que contribuyan a elevar los niveles nutricionales de la población de la región. Funciones en materia agraria- Promover y ejecutar proyectos y obras de irrigación, mejoramiento de riego, manejo adecuado y conservación de los recursos hídricos y de suelos. Funciones en materia ambiental y de ordenamiento territorial - Participar en el diseño de los proyectos de conformación de macrorregiones. Funciones en materia de industria- Identi fi car las oportunidades de inversión y promover la iniciativa privada en proyectos industriales. - Organizar ferias regionales y promover la participación de la región en eventos similares de nivel internacional. Funciones en materia de comercio- Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales. - Identi fi car oportunidades comerciales para los productos de la región y promover la participación privada en proyectos de inversión en la región.