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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / designación, en representación de la comuna provincial, de sus familiares -dentro de los parámetros que se encuentran proscritos por la Ley N° 26771, modifi cada por la Ley N° 31299- en un directorio de una sociedad de benefi cencia. S.OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Ley que modifica la Ley N° 26771, que establece la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público en casos de parentesco; y la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para ampliar los supuestos de nepotismo a la contratación de progenitores de los hijos, velando por los principios de meritocracia, buena administración y correcto uso y asignación de los recursos públicos, publicada en el diario oficial El Peruano , el 21 de julio de 2021. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario oficial El Peruano. 3 Disponible en: https://cdn.www.gob.pe/uploads/document/ file/6097143/5011370-organigrama-2021-mpt.pdf?v=1711134796 4 Publicado en el diario oficial El Peruano el 11 de setiembre de 2018. 5 Publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de mayo de 2005. 6 Ver considerando 13 de la Resolución N° 0137-2010-JNE, del 3 de marzo de 2010, y considerando 2.4. de la Resolución N° 423-2022-JNE, del 12 de abril de 2022. 2345613-1 Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de La Huaca, provincia de Paita, departamento de Piura RESOLUCIÓ N N° 0369-2024-JNE Expediente N° JNE.2024002709 LA HUACA - PAITA - PIURAVACANCIA APELACIÓN Lima, ocho de noviembre de dos mil veinticuatro VISTO: en audiencia pública virtual del 7 de noviembre de 2024, debatido y votado en la sesión privada de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Saúl Ernesto Castillo Yepes (en adelante, señor recurrente) en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 072-2024-MDLH-CM, del 6 de junio de 2024, que declaró infundada la solicitud de vacancia en contra de don Sergio Manuel Cáceres Talledo, regidor del Concejo Distrital de La Huaca, provincia de Paita, departamento de Piura (en adelante, señor regidor), por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); teniendo a la vista el Expediente N° JNE.2024000220. Oído: el informe oral.Primero.- ANTECEDENTES1.1. Con el escrito presentado el 15 de setiembre de 2023, el señor recurrente solicitó la vacancia del señor regidor, por la causa de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos o administrativos, prevista en el segundo párrafo del artículo 11 de la LOM, argumentado esencialmente lo siguiente: a) En su Informe de Ocurrencias del 2 de agosto de 2023, la señora vigilante de la puerta de ingreso a la sede municipal informó que el señor regidor le solicitó la entrega del cuaderno de ingreso y salida de los trabajadores, quien, además, le pidió que comunicara a los trabajadores que la hora de entrada es a las 8:00 horas. Esta situación fue consignada por el señor regidor en el mencionando cuaderno de registro. b) La función de supervisión y control del ingreso y salida de los trabajadores es de competencia del jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos, de conformidad con los artículos 113 y 115 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF). c) El 21 de agosto de 2023, el señor regidor ingresó al área de mantenimiento de la municipalidad para indicarle al jefe de dicha unidad la prohibición de despedir a don Jorge Coronado de su puesto de mecánico; de hacerlo, amenazó con denunciar tal despido. d) Las funciones de mantenimiento y abastecimiento de los vehículos de propiedad municipal son de competencia de la Ofi cina de Maquinaria y Equipo, según los artículos 143 y 145 del ROF. e) Ese mismo día, el señor regidor manifestó a los trabajadores del área de mantenimiento la prohibición de cambiar repuestos o accesorios de los vehículos municipales sin su autorización; de hacerlo, amenazó con denunciarlos. f) El 16 de julio de 2023, el señor regidor llegó al local de maquinaria en compañía del juez de paz, y solicitó ingresar para efectuar un levantamiento de acta; sin embargo, no se le permitió pues no estaba autorizado por el responsable del área. Ante ello, el señor regidor levantó el acta desde afuera del local. A efectos de acreditar la solicitud de vacancia, el señor recurrente adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Informe N° 409-2023-MDLH-SSC, del 3 de agosto de 2023. b) Informe N° 052-2023-MDLH/EMyE, del 10 de agosto de 2023. c) Carta s/n del 3 de julio de 2023, presentada por el señor regidor. d) Carta s/n del 10 de julio de 2023, presentada por el señor regidor. e) Informe N° 030-2023-MDLH/UI, del 21 de agosto de 2023. f) Informe N° 056-2023-MDLH, del 21 de agosto de 2023. g) Copia de un CD que contiene audio sobre la intervención del señor regidor en el área de mantenimiento. 1.2. En la Sesión Extraordinaria de Concejo N° 05- 2023, llevada a cabo el 18 y 30 de octubre de 2023, el Concejo Distrital de La Huaca rechazó la solicitud de vacancia del señor regidor, por cinco (5) votos en contra. Dicha decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo Municipal N° 093-2023-MDLH-CM, del 30 de octubre de 2023. Cabe precisar que, a la referida sesión extraordinaria de concejo, asistieron todos los miembros del concejo municipal (inclusive la autoridad cuestionada) y el señor recurrente. Segundo.- SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 8 de enero de 2024, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del Acuerdo de Concejo Municipal N° 093-2023-MDLH-CM, alegando lo expuesto en su solicitud de vacancia y agregando lo siguiente: a) El recurso de apelación únicamente comprende tres (3) de los hechos imputados al señor regidor. b) El concejo municipal ha incurrido en error de derecho, pues no tuvo en cuenta que los actos practicados por el señor regidor sí constituyen el ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas que no le corresponden. Tercero.- TRÁMITE EN EL EXPEDIENTE JNE.2024000220 3.1 Mediante la Resolución N° 0113-2024-JNE, del 17 de abril de 2024, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), declaró, entre otros, nulo el Acuerdo de Concejo Municipal N° 093-2023-MDLH-CM, del 30