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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 114

114 NORMAS LEGALES Martes 30 de diciembre de 2025 El Peruano / aplicar las normas de manera literal, sino interpretarlas sistemáticamente y conforme a la Carta Magna, asegurando que la decisión sea respetuosa de los principios democráticos, de los derechos fundamentales y del deber de neutralidad que rige la actuación estatal en el contexto electoral. 2.15. De las publicaciones realizadas por el señor recurrente en su cuenta personal de la red social Facebook –cuya autoría no ha negado–, se denota actos de proselitismo en favor de la OP, mediante el uso de su imagen y/o nombre acompañados del símbolo y/o nombre de la OP en las distintas actividades realizadas, con la fi nalidad de favorecerla. En otras palabras, el señor recurrente que ostenta el cargo de consejero del Consejo Regional de Ica ha realizado campaña a favor de la OP. Aun cuando no se trata de una actividad o fi cial organizada por el citado gobierno regional, mantiene su condición de autoridad por el cargo que ostenta e intentó in fl uenciar en la intención del voto de terceros al ser una actividad proselitista, tanto más si cuenta con seguidores en dicha red social. 2.16. Asimismo, la resolución impugnada ha demostrado, a partir de las imágenes que se insertan en su contenido, que el señor recurrente difundió actividades ofi ciales en su red social personal, en la cual, también, reiteradamente comparte información sobre su cargo público; es decir, invoca su condición de autoridad. 2.17. En ese sentido, la mención de su cargo en un perfi l personal de redes sociales puede considerarse como un acto informativo orientado a la transparencia frente a la ciudadanía. No obstante, dicha referencia adquiere una connotación distinta al iniciarse el proceso electoral, escenario en el que con fl uyen intereses de los electores, los candidatos y las organizaciones políticas. Máxime cuando en su red social personal utiliza el cargo público y se vale del mismo para resaltar a la OP con su nombre y signos distintivos 2.18. Por lo expuesto, debe rechazarse la alegación realizada por el señor recurrente sobre la naturaleza personal de su red social, dado que no existe controversia al respecto. Si bien se ha desvirtuado que esta se encuentre vinculada al Gobierno Regional de Ica, sí se encuentra acreditado que en dicha red social hace publicidad de las actividades realizadas como consejero regional. 2.19. Así, del análisis conjunto de los actos del señor recurrente, y frente al creciente uso de las redes sociales entre la ciudadanía, se colige que su actuación busca infl uir en la intención de voto del electorado a favor de la OP, teniendo, además, la condición de integrante del Comité departamental de Ica de la OP, desde el 4 de junio de 2024, de acuerdo con la información registrada en el ROP. 2.20. Dichas acciones constituyen propaganda electoral, en tanto su fi nalidad es persuadir a los electores para favorecer a determinada organización política, candidato u opción en consulta, con el objeto de conseguir un resultado electoral (ver SN 1.7.). Por lo tanto, se cumple el segundo elemento del literal b del artículo 33 del Reglamento de Propaganda, Publicidad y Neutralidad. De la entrevista realizada al señor recurrente y su participación en la actividad proselitista de la OP del 16 de octubre de 2025 2.21. En el Informe Nº 000012-2025-JCJ-JEELICA- EG2026/JNE, se describe lo siguiente: Cuadro Nº 1 El 17 de octubre de 2025 se difundió a través de la cuenta de la red social Facebook denominada Código 24/7 Noticias Ica 7 lo siguiente: VIDEO: Título del Post” Entrevista al Econ. Rómulo Triveño García Coordinador Provincial de Renovación Popular desde el local de campaña de la Av. San Martin en la presentación del pre candidato presidencial Rafael López Aliaga. Tiempo del video: 00:50 segundos . Se observa un video en el que aparece el actual consejero regional del gobierno regional de Ica, sr. Rómulo Fernando Triviño, vistiendo una casaca blanca donde se identi fi ca al símbolo de la organización política Renovación Popular , color celeste A continuación se detalla: Transcripción literal : Rómulo Fernando Triviño García 1 : “Si, es un inicio realmente, yo creo que va a haber muchas otras oportunidades que va a venir Rafael. Estamos todavía dentro de un cronograma del Jurado Nacional, va a haber unas elecciones internas el 30 de noviembre. Pero ya el día de hoy, como ustedes han podido ver, han tenido la oportunidad de escucharlo. Él es un líder nato realmente, la cabeza, el presidente de este gran partido de Renovación Popular. Y han podido tener la oportunidad de escuchar ellos mismos, directamente de sus palabras, todo aquello que están pensando, los ejes fundamentales que empieza a trabajar. Y realmente va a ser una campaña de propuestas y sobre todo de saber demostrar con hechos las capacidades y experiencias de cada uno de los candidatos” Periodista 2: “Propuesta coherente que siempre está llegando a la población y ese va a ser respaldo para su campaña electoral” Rómulo Fernando Triviño García 1 : “Sí, todavía estamos iniciando todavía, pero es una candidatura presidencial que estamos ahorita viendo” Cuadro Nº 4 Durante la labor de fi scalización de campo realizada el día 16 de octubre de 2025, la suscrita tomo conocimiento de la actividad proselitista denominada “Rafael López Aliaga llega a Ica” realizado en el que sería el local partidario de la organización política “Renovación Popular” , ubicado en la Av. San Martín n.° 565, distrito y provincia de Ica (frente a la Clínica Señor De Luren). Este evento se realizó puerta abierta al público, por lo que se pudo observar la participación del actual consejero regional del gobierno regional de Ica, Sr. Rómulo Fernando Triveño García , junto al líder de la organización política Renovación Popular, Ciudadano Rafael Bernardo López- Aliaga Cazorla , la congresista de la república Norma Martina Yarrow Lumbreras, simpatizantes y militantes portando banderas, banderolas, vestimenta y accesorios en alusión a la referida organización política. De la labor de fi scalización realizada se evidenciaría un posible favorecimiento a la organización política “Renovación Popular”, por parte del actual consejero regional del gobierno regional de Ica, Sr. Rómulo Fernando Triveño García ; mediante su activa participación en la actividad Proselitista “Rafael López Aliaga llega a Ica” , evento que habría sido realizado en la base regional de la organización política, donde se aprecia a la autoridad participando, saludando a los simpatizantes y vistiendo una casaca color blanco con el símbolo y denominación de la organización política Renovación Popular. 2.22. Así, se evidencia que, en la actividad proselitista realizada el 16 de octubre de 2025, el señor recurrente lució una vestimenta con el distintivo de dicha OP; incluso, participó de manera activa con los demás miembros de la OP, circunstancia que –por la notoriedad del cargo y la difusión pública del mensaje– tuvo capacidad objetiva de in fl uir en el electorado, vulnerando, de esta manera, la neutralidad estatal. 2.23. Incluso, brindó una entrevista a un medio de comunicación local, la cual fue difundida a través de la red social Facebook de dicho medio, en el cual emitió la siguiente frase: “Él [re fi riéndose a Raúl López Aliaga] es un líder nato realmente, la cabeza, el presidente de este gran partido de Renovación Popular ”. Esto implica una conducta de favorecimiento a una organización política y su desarrollo durante un proceso electoral vigente. 2.24. Advirtiéndose que estas acciones constituyen propaganda electoral, en tanto su fi nalidad es persuadir a los electores para favorecer a determinada OP, candidato u opción en consulta, con el objeto de conseguir un resultado electoral (ver SN 1.7.), se cumple el segundo elemento del literal b del artículo 33 del Reglamento de Propaganda, Publicidad y Neutralidad. 2.25. Además, estas actuaciones con fi rman que los actos de propaganda electoral fueron realizados por