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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (14/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 78

78 NORMAS LEGALES Viernes 14 de febrero de 2025 El Peruano / RESUELVE: 1. Declarar NULO el Acuerdo de Concejo N° 054- 2024/MDSJM, del 26 de setiembre de 2024, que declaró improcedente el recurso de reconsideración presentado por don Gregorio Zósimo Contreras Ureta en contra del Acuerdo de Concejo N° 037-2024/MDSJM, que rechazó el pedido de vacancia que presentó en contra de doña Delia Nelly Castro Pichihua, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, por infracción a las restricciones de contratación, causal prevista en el numeral 9 del artículo 22, concordante con el artículo 63, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. DEVOLVER los actuados al Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima, a fi n de que convoque nuevamente a sesión extraordinaria y se pronuncie sobre el recurso de reconsideración presentado por don Gregorio Zósimo Contreras Ureta, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, de acuerdo con el considerando 2.7. del presente pronunciamiento; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de remitir copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, con el objeto de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial penal de turno, para que evalúe la conducta de los integrantes de dicho concejo, conforme a sus competencias. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929- 2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2371541-1 Convocan a ciudadanas para asumir, de manera provisional, los cargos de alcaldesa y regidora, y a ciudadano para el cargo de regidor en la Municipalidad Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto RESOLUCIÓN Nº 0043-2025-JNE Expediente Nº JNE.2024003482 MORONA - DATEM DEL MARAÑÓN - LORETO VACANCIA APELACIÓN Lima, veintiocho de enero de dos mil veinticinco VISTO: en audiencia pública virtual del 27 de enero de 2025, debatido y votado en la sesión privada de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Wagner Alfonso Tangoa Gonzales, regidor del Concejo Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto (en adelante, señor regidor), en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 04-2024-MDM/SECM, del 23 de octubre de 2024, que declaró infundado el recurso de reconsideración que presentó en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 03-2024-MDM/SECM, del 25 de setiembre de 2024, que declaró su vacancia en el cargo, por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Oído: el informe oral.PRIMERO. ANTECEDENTES 1.1. El 13 de setiembre de 2024, don Yolo Chanchari Pirucho (en adelante, señor solicitante) solicitó la vacancia del señor regidor, por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la LOM, argumentando lo siguiente: a) Doña Martha Mucushua Sajami (en adelante, doña Martha Mucushua) es cuñada del señor regidor, pues aquella es hermana de doña Marleny Mucushua Sajami, quien es conviviente y progenitora de los hijos de la autoridad cuestionada. b) El señor regidor ejerció injerencia para que se contrate a doña Martha Mucushua como personal de apoyo en la mesa de partes de la O fi cina de Coordinación de la Municipalidad Distrital de Morona, desde febrero hasta abril de 2024. c) El señor regidor omitió el cumplimiento de su deber de fi scalización, pues no se opuso a la contratación de su cuñada. Al respecto, adjuntó, entre otros, los siguientes documentos: a) Acta de nacimiento de doña Martha Mucushua. b) Acta de nacimiento de doña Marleny Mucushua Sajami. c) Actas de nacimiento de los hijos que procrearon el señor regidor y doña Marleny Mucushua Sajami. d) Copia de la Orden de Servicio Nº 0000045 y de los Comprobantes de Pago N.º s 0151, 0152 y 0166, correspondiente a la contratación de doña Martha Mucushua. e) Copia de una fotografía de una reunión de camaradería entre los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Morona, en donde se observa al señor regidor y a doña Martha Mucushua, su cuñada. 1.2. El 20 de setiembre de 2024, el señor regidor presentó sus descargos: a) Solo fue noti fi cado con el escrito de la solicitud de vacancia y el acta de nacimiento de una de sus hijas, sin tener a la vista los demás medios probatorios que se indican en la mencionada solicitud. De tal forma, no se puede pronunciar respecto a los hechos que se le atribuyen. b) Nunca contrató a personas con las que tenga un parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de a fi nidad. 1.3. En la Sesión Extraordinaria Nº 003-2024-MDM/ SECM, del 25 de setiembre de 2024, el Concejo Distrital de Morona acordó aprobar la vacancia del señor regidor, por cinco (5) fotos a favor y un (1) voto en contra. Dicha decisión se formalizó en el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 03-2024-MDM/SECM, de la misma fecha. Cabe precisar que, a la referida sesión extraordinaria de concejo, asistieron todos los miembros del concejo municipal (inclusive la autoridad cuestionada quien emitió voto). 1.4. El 14 de octubre de 2024, el señor regidor presentó recurso de reconsideración en contra del Acuerdo de Concejo Municipal Nº 03-2024-MDM/SECM, con los siguientes argumentos: a) Los miembros del concejo no han valorado los medios probatorios que obran en el expediente ni