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70 NORMAS LEGALES Jueves 27 de marzo de 2025 El Peruano / de relés diferenciales de barra, sino a relés diferenciales de línea, transformadores u otros. Estos detalles pueden observarse en el archivo “Registradores 2024” que acompaña a los archivos publicados como parte de la Resolución 012, por lo que corresponde retirar dichos registros adicionales; Que, luego de la veri fi cación, se con fi rmó que doce de (los trece registros indicados) corresponden efectivamente a relés diferenciales de barra, mientras que el otro restante constituye un relé diferencial de línea, el cual no debe incluirse en la Base de Datos; Que, en consecuencia, corresponde retirar los registros de relés diferenciales de línea y transformador, dejando doce registros en la Base de Datos; Que, por lo expuesto, este extremo del petitorio es fundado en parte. 2.16 CORREGIR LA FORMULACION PARA CALCULAR EL PARÁMETRO CRIT DE LA FUNCIÓN PROMEST, CUANDO LOS REGISTROS SEAN MAYORES O IGUALES A 30 2.16.1 Sustento del Petitorio Que, Luz del Sur señala que ha identi fi cado un error en el código VBA del módulo Función de la Base de Datos, relacionado con el cálculo del valor crítico para intervalos de con fi anza cuando se tiene una cantidad de registros mayores o iguales a 30. Agrega que, actualmente, se usa la función “Norm_Inv” que calcula un cuantil de una distribución normal con media y desviación estándar especí fi cas; Que, para corregir dicha función, solicita reemplazarla por la función “Norm_S_inv” que proporciona valores críticos constantes e independientes de la muestra. De acuerdo con la recurrente, este ajuste evitará errores en los cálculos y garantizará resultados precisos en los intervalos de con fi anza. En consecuencia, Luz del Sur solicita modi fi car y actualizar la función promest para el cálculo de los módulos estándares. 2.16.2 Análisis de Osinergmin Que, al respecto, la Resolución 012 tiene como objetivo actualizar la Base de Datos con costos 2024, en base a las normas y metodologías vigentes, en aplicación de lo previsto en el artículo 5.3 del TUO de la Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, la solicitud de la recurrente busca modi fi car la metodología de cálculo de los costos, lo cual corresponde a la evaluación en un proceso de reestructuración de la Base de Datos, teniendo en cuenta que, de acuerdo con la de fi nición prevista en el artículo 4.8 de la Norma BDME, la restructuración implica la modi fi cación de la estructura de los módulos estándares, la incorporación de un nuevo módulo no previsto o la eliminación de uno; Que, dado que el presente proceso corresponde a un procedimiento de actualización de costos de elementos y no de reestructuración de la Base de Datos, este extremo del petitorio no está vinculado con objeto de la resolución impugnada; Que, por lo expuesto, este extremo del petitorio es improcedente. Que, de acuerdo con el análisis efectuado, corresponde modi fi car la actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con costos del año 2024, en resolución complementaria; Que, se han emitido los Informes N° 188-2025- GRT y N° 189-2025-GRT de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los mismos que integran y complementan la motivación que sustenta la decisión del Consejo Directivo de Osinergmin, cumpliéndose de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos al que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Reglamento de Organización y Funciones de Osinergmin, aprobado con Decreto Supremo N° 010-2016-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y en su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 08-2025, de fecha 25 de marzo de 2025. SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar fundados los extremos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 13 del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución N° 012-2025-OS/CD, por las razones expuestas en los numerales 2.1.2, 2.2.2, 2.3.2, 2.4.2, 2.5.2, 2.6.2, 2.7.2, 2.8.2, 2.9.2, 2.10.2, 2.11.2 y 2.13.2 de la presente resolución. Artículo 2.- Declarar fundados en parte los extremos 12, 14 y 15 del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución N° 012-2025-OS/CD, por las razones expuestas en los numerales 2.12.2, 2.14.2 y 2.15.2 de la presente resolución. Artículo 3.- Declarar improcedente el extremo 16 del petitorio del recurso de reconsideración interpuesto por la Luz del Sur S.A.A. contra la Resolución N° 012-2025-OS/CD, por las razones expuestas en el numeral 2.16.2 de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer que las modi fi caciones que motive la presente resolución en la “Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con Costos 2024” aprobada mediante Resolución N° 012-2025-OS/CD, se consignen en resolución complementaria. Artículo 5.- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano de la presente resolución en el portal Web: https://www.gob.pe/osinergmin, y consignarla junto a los Informes N° 188-2025-GRT y N° 189-2025-GRT que la integran, en la página Web de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2025.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directiv 2384667-1 Resolución de Consejo Directivo con la que se resuelve el recurso de reconsideración interpuesto por Electro Dunas S .A.A. c ontra la Resolución N° 012-2025-OS/CD, mediante la cual se aprobó la Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión con costos del año 2024 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 036-2025-OS/CD Lima, 25 de marzo de 2025CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES Que, con fecha 01 de febrero de 2025, se publicó en el diario o fi cial El Peruano, la Resolución N° 012- 2025-OS/CD (“Resolución 012”), mediante la cual, se aprobó la actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de