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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MARZO DEL AÑO 2025 (27/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Jueves 27 de marzo de 2025 El Peruano / ෍෍ܵܧܥ ௜௝ൈܤܱܲ ௜௝ൈ݂௝ெ ௝ୀଵே ௜ୀଵ : Es la sumatoria del valor nominal de MHz/POB actualizado de una cantidad de espectro radioeléctrico representativo producto de la asignación especial de espectro radioeléctrico, más el 25% del eventual periodo de renovación ܲܣ௜௝ : Cantidad de espectro radioeléctrico asignado para el periodo “j” correspondiente y del distrito “i” correspondiente. ܵܧܥ௜௝ : Cantidad de espectro radioeléctrico solicitado por el Operador α, en el periodo “j” correspondiente y del distrito “i” correspondiente. ܤܱܲ௜௝ : Cantidad de población del periodo “j” correspondiente y del distrito “i” correspondiente. ݂௝: Factor de actualización del periodo “j” correspondiente. k : Representa la cantidad de resoluciones de asignación de espectro radioeléctrico emitidos por el MTC en la Banda que es objeto de la asignación especial. α : Operador al que corresponde realizar el cálculo del mecanismo de reconocimiento al poseer Asignaciones preexistentes en la Banda de frecuencia seleccionada. i : Indica la cantidad de distritos donde el Operador cuenta con Asignaciones preexistentes o la cantidad de distritos donde se otorga la asignación especial de espectro radioeléctrico. j : Indica el periodo desde la fecha de convocatoria del mecanismo de asignación directa hasta la culminación del periodo de vigencia de la asignación de la banda preexistente, más el 25% del periodo de renovación en trámite o las que estuvieran pendientes de ser solicitadas. En caso que el periodo de renovación en trámite, se encuentre pendiente de respuesta del MTC antes de la fecha de la convocatoria del mecanismo, sólo se considera el 25% desde la fecha de convocatoria del mecanismo de asignación directa hasta la culminación del periodo de renovación; o fecha de vigencia del mecanismo de asignación directa del espectro radioeléctrico, según corresponda. Asimismo, se debe tener en cuenta las siguientes consideraciones para determinar el porcentaje de compensación de la Banda preexistente del espectro radioeléctrico que es sujeto de asignación especial. a) Periodo considerado en la compensación: - El periodo de asignación corresponde a las asignaciones vigentes del espectro radioeléctrico preexistente, este periodo implica el periodo de asignación establecido en las resoluciones de asignación de espectro radioeléctrico emitidos por el MTC, así como también los periodos de renovación. En ese sentido el periodo corresponde desde la fecha de convocatoria del mecanismo de asignación directa hasta la culminación del periodo de vigencia de la asignación de la banda preexistente, más el 25% del periodo de renovación. En caso que el periodo de renovación se encuentre en curso, sólo se considera el 25% desde la fecha de convocatoria del mecanismo de asignación directa hasta la culminación del periodo de renovación. - Para actualizar los valores de MHz/POB derivados de las resoluciones de asignación, se emplea la tasa de retorno WACC establecida en la valorización de la Banda de frecuencias seleccionada. Esta tasa se utiliza para llevar a valor presente los valores nominales estimados en MHz/POB para las Asignaciones preexistentes en la Banda que se encuentra sujeta al Mecanismo especial de asignación. - El WACC utilizado se considera constante durante todo el periodo de análisis que abarca la asignación especial del espectro radioeléctrico. b) Cantidad de espectro radioeléctrico asignado:- Se considera el total de MHz asignado en las Resoluciones emitidas por el MTC correspondientes al espectro radioeléctrico preexistente. - El cálculo del porcentaje de compensación del espectro radioeléctrico para las Bandas preexistentes asume que los rangos asignados son continuos. - No establece ninguna diferenciación en función de la modalidad de asignación del espectro radioeléctrico (Solicitud de parte y concurso público, otros). c) Respecto a la población de las áreas de asignación del espectro radioeléctrico (nacional o regional):- Se utiliza la población actualizada por el Instituto Nacional Estadística e Informática (INEI), desagregada a nivel distrital, como base para los cálculos. - Para estimar la población a nivel distrital, se aplica la tasa de crecimiento poblacional regional publicada por el INEI.- La tasa de crecimiento poblacional regional se considera constante a lo largo del periodo de análisis correspondiente a la asignación especial del espectro radioeléctrico. d) Respecto al factor de actualización del valor nominal de MHz/POB del ERE:- Para traer a valor presente el valor nominal de MHz/POB, se utiliza el valor del WACC establecido en la valorización de la Banda de frecuencias seleccionada. Dado que este WACC es anual, para fi nes del cálculo de reconocimiento del espectro radioeléctrico se utiliza su conversión a un WACC mensual, aplicando la siguiente ecuación: ܥܥܣܹ௠௘௡௦௨௔௟ൌ ൫ͳ൅ܥܥܣܹ ௔௡௨௔௟̴௧൯భ భమെͳ