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60 NORMAS LEGALES Martes 6 de mayo de 2025 El Peruano / mensuales, y ii) transferencia de dietas por S/ 1 014.00 mensuales. f) Dichas transferencias de recursos debió realizarlas hasta el quinto día hábil de cada mes, bajo responsabilidad funcional administrativa del señor alcalde y del gerente municipal. 1.2. A la solicitud adjuntó los O fi cios Nº 043/MCPV- 2023 y Nº 069/MCPV-2023, del 22 de mayo y 21 de julio de 2023, respectivamente. Asimismo, ofreció los siguientes medios probatorios que debían ser exhibidos por el señor alcalde: a) Informe documentado del área de Planeamiento y Presupuesto, en el que se debe dar cuenta desde cuándo existía disponibilidad presupuestal para la transferencia de recursos a las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, en el periodo de enero a abril de 2023. b) Certi fi cación de crédito presupuestario de las transferencias de los recursos para las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, desde enero de 2023 hasta la fecha de presentación de su solicitud de suspensión. c) Documentos en los que se de fi nieron los montos totales exactos de los recursos a transferir a las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, desde enero de 2023 hasta la fecha de presentación de su solicitud de suspensión. d) Informe documentado del área de Planeamiento y Presupuesto, en el que se debe indicar desde cuándo existía disponibilidad presupuestal para la entrega de dietas a los alcaldes de las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, desde de enero de 2023 hasta la fecha de presentación de su solicitud de suspensión. e) Certi fi cación de crédito presupuestario de las transferencias de dietas a los alcaldes de las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, desde enero de 2023 hasta la fecha de presentación de su solicitud de suspensión. f) Acta de la sesión de concejo y/o el acuerdo de concejo que fi ja los montos totales exactos de los recursos a transferir a las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la provincia de Oyón, desde enero de 2023 hasta la fecha de presentación de su solicitud de suspensión. Descargos de la autoridad cuestionada1.3. El 18 de setiembre de 2023, el señor alcalde presentó sus descargos con los siguientes argumentos: a) Con el Informe Nº 0156-2023-MPO/GAF-OF, del 31 de agosto de 2023, el jefe de la o fi cina de Contabilidad remitió información del estado actual de la transferencia fi nanciera de los centros poblados de Viroc y Nava, indicando que se realizó el devengado y el control previo, conforme a la Directiva y al Decreto de Alcaldía Nº 026-2023-A/MPO. b) En el Informe Nº 01513-2023-OGAF/MPO, del 4 de setiembre de 2023, el jefe de la o fi cina general de Administración y Finanzas remitió el estado actual de la transferencia al centro poblado de Viroc, de enero a abril de 2023. c) Con el Informe Nº 01525-2023-OGAF/MPO, del 6 de setiembre de 2023, el jefe de la o fi cina general de Administración y Finanzas remitió información detallada sobre la rendición de cuenta de las transferencias y dietas del centro poblado de Viroc. d) Por medio del Informe Nº 0158-2023-MPO/GAF- OF, del 6 de setiembre de 2023, el jefe de la o fi cina de Contabilidad concluyó que las transferencias de recursos se realizaron cada mes, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133 de la LOM. e) Las transferencias del 50 % de la unidad impositiva tributaria (UIT) se efectuó de la siguiente manera: Mes Fecha de transferencia Monto transferido Enero 2023 7/3/2023 S/ 3 489.00 Febrero 2023 3/4/2023 S/ 2 475.00Mes Fecha de transferencia Monto transferido Marzo 2023 24/4/2023 S/ 2 475.00 Abril 2023 22/5/2023 S/ 2 475.00 f) Así las cosas, se cumplió con las transferencias de recursos a la Municipalidad del Centro Poblado de Viroc, correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2023. g) Respecto a las fechas de rendición de cuentas, la Municipalidad del Centro Poblado de Viroc no cumplió con informar dentro de los plazos señalados en el artículo 133 de la LOM, es por ello que las transferencias se realizaron considerando dichos retrasos. h) La solicitud de suspensión también cuestiona que no se haya transferido las dietas del señor recurrente como alcalde de la Municipalidad del Centro Poblado de Viroc; no obstante, cabe señalar que el supuesto de “no transferencia de dietas” no constituye causa de suspensión. i) Sin perjuicio de ello, la Municipalidad Provincial de Oyón sí ha cumplido con transferir el monto de las dietas correspondientes a enero, febrero, marzo y abril de 2023, por lo que no se con fi gura incumplimiento alguno. j) Al respecto, el 10 de setiembre de 2023, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió un comunicado en el que ha señalado que, con relación a las dietas, dicho monto se encuentra dentro del mencionado 50 % de la UIT. Primera decisión del concejo municipal1.4. En la Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 002-2023, del 18 de setiembre de 2023, el Concejo Provincial de Oyón, por unanimidad, desaprobó el pedido de suspensión. Esta decisión se formalizó a través del Acuerdo de Concejo Nº 158-2023-MPO/CM-SO, de la misma fecha. Contra dicho acuerdo, el señor recurrente interpuso recurso de apelación el 13 de octubre de 2023. Primer pronunciamiento del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) 1.5. Mediante la Resolución Nº 0241-2023-JNE, del 18 de diciembre de 2023, este Tribunal Electoral declaró la nulidad de la decisión recurrida y devolvió los actuados al Concejo Provincial de Oyón, para que se pronuncie sobre el pedido de suspensión, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, previo a ello, debía incorporar lo siguiente: a. Directiva aprobada por el Decreto de Alcaldía Nº 026- 2018-A/MPO, que regula el procedimiento de transferencia de recursos económicos a las municipalidades de los centros poblados de la provincia de Oyón. b. Informe documentado del Área de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, respecto a desde cuándo existía disponibilidad presupuestal (considerando el presupuesto institucional anual) para la transferencia de los recursos a las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Oyón, por los meses de enero a abril de 2023. c. Certi fi cación de crédito presupuestario correspondiente de enero hasta abril de 2023, referida a las transferencias de recursos a la Municipalidad del Centro Poblado de Viroc, por los citados meses de dicho año. d. Documentos en los que se de fi nieron los montos totales exactos a transferir a cada una de las municipalidades de los centros poblados de la jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Oyón, respecto de enero hasta abril de 2023. e. Informe documentado y detallado de cómo y cuándo se realizaron la veri fi cación (control) previo de los informes mensuales presentados por el señor recurrente, así como las fechas en que se efectuaron las fases de compromiso, devengado y girado de los montos transferidos a la Municipalidad del Centro Poblado de Viroc. f. Otra documentación que el concejo municipal considere pertinente y que se encuentre relacionada con la causa invocada en la solicitud de suspensión.