Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (18/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Martes 18 de noviembre de 2025 El Peruano / En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica2 (en adelante, Reglamento) 1.5. El artículo 14 regula lo siguiente: Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica Todas las partes de los procesos jurisdiccionales electorales y no electorales son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas. En caso de que los sujetos antes mencionados no cuenten con casilla electrónica o en caso de que esta se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal electrónico institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/ filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, etc.). <https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE. De manera excepcional, en los expedientes no vinculados a procesos electorales, la parte procesal que no ha iniciado dicho expediente ante el JNE, que no tenga casilla electrónica, solo el primer pronunciamiento podrá ser notificado –por única vez– en formato papel en el domicilio registrado en el documento nacional de identidad. SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Conforme a lo expuesto en el antecedente 1.1. del presente pronunciamiento, el 13 de octubre de 2025, el señor alcalde presentó su renuncia al cargo, con el propósito de participar como candidato en las EG 2026. En esa misma fecha, el concejo municipal acordó aceptar dicha renuncia, decisión que fue formalizada en el Acuerdo de Concejo Municipal N° 009-2025/MDH-HVCA. 2.2. En esa medida, dado que el señor alcalde presentó su renuncia dentro del plazo legal –13 de octubre de 2025– (ver SN 1.1. y 1.3.), y en aplicación del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.4.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar, en su lugar, a don Julio Lagones Ramos, identificado con DNI N° 23260084, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.3. Asimismo, con la finalidad de completar el número de regidores del Concejo Distrital de Huachocolpa, corresponde convocar a don Abel Espinoza Ramos, identificado con DNI N° 71846175, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional Ayni, para que asuma el cargo de regidor del citado concejo, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.4. Dichas convocatorias se realizan de conformidad con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.5. La notificación de la presente resolución debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.5.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Timoteo Huayra Huamán en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2. CONVOCAR a don Julio Lagones Ramos, identificado con DNI N° 23260084, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de que complete el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. CONVOCAR a don Abel Espinoza Ramos, identificado con DNI N° 71846175, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de Huachocolpa, provincia y departamento de Huancavelica, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica, aprobado con la Resolución N° 117- 2025-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI CLAVIJO CHIPOCO Secretaria General 1 Publicada el 25 de marzo de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado mediante la Resolución N° 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano 2459306-1 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Distrital de Cusca, provincia de Corongo, departamento de Áncash, a fin de completar el período de gobierno municipal 2023-2026 RESOLUCIÓN N° 0551-2025-JNE Expediente N° JNE.2025022310 CUSCA - CORONGO - ÁNCASH RENUNCIA DE AUTORIDAD CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 24 de octubre de 2025 VISTO: el Oficio N° 228-2025-MDC/A, presentado el 23 de octubre de 2025, mediante el cual don Francisco Solano Rosales Pérez, alcalde encargado de la Municipalidad Distrital de Cusca, provincia de Corongo, departamento de Áncash (en adelante, señor alcalde encargado), remitió la documentación relacionada con la renuncia de don Ascario Wilman Ponce Velásquez, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde). ANTECEDENTE 1.1. Con el oficio citado en el visto, se elevaron los actuados relacionados con la renuncia al cargo presentada por el señor alcalde, a fin de que se convoque