Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 118
118 NORMAS LEGALES Viernes 14 de agosto de 2026 El Peruano / Tratamiento del DICTAMEN N° 006-2026/GOB.REG. TUMBES-CR-COPPAT, denominado: “AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, POR CONCEPTO DE LA RETRIBUCIÓN ECONÓMICA Y EL DERECHO DE DESIGNACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA SOCIEDAD DE AUDITORIA CORRESPONDIENTE AL PERIODO 2026”. CONSIDERANDO:Que, los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú, modi fi cados por la Ley Nº 27680, establecen que los Gobiernos Regionales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiéndoles promover el desarrollo regional y ejecutar los actos de administración inherentes a su gestión; Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su el artículo 2º, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal; Que, el artículo 13º de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en citada Ley y aquellas que le sean delegadas, asimismo, el literal a) del artículo 15° señala que el Consejo Regional tiene la atribución de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el artículo 39° de citada Ley, señala que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes, aprobado con la Ordenanza Regional Nº 003- 2015/GOB. REG. TUMBES-CR, en su artículo 3º, numeral 3.2, señala que el Consejo Regional ejerce la función normativa a través de la dación o aprobación, modi fi cación y derogación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional. Dicta Ordenanzas y Acuerdos Regionales de obligatorio cumplimiento; Que, el artículo 20° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que; Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas cali fi cadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, que son designadas previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados fi nancieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas; Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la o fi cina de administración y del jefe de la ofi cina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; Las transferencias fi nancieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario o fi cial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web. (…) Que, mediante O fi cio Nº 000947-2026-CG/GAD, de fecha 04 de noviembre de 2025, la Contraloría General de la República solicitó al Gobierno Regional de Tumbes efectuar la transferencia fi nanciera correspondiente a la retribución económica, así como el pago del derecho de designación y supervisión de la Sociedad de Auditoría encargada de ejecutar la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente a los periodos 2025, 2026 y 2027; Que, mediante Informe Técnico N° 068-2026/ GOBIERNO REGIONAL TUMBES-GRPPAT-SGP-SG, la Sub Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, otorga la disponibilidad presupuestal de Crédito Presupuestario en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, correlativa N° 198 a favor de la Contraloría General de la República, destinada al fi nanciamiento de la retribución económica y del derecho de designación y supervisión de la Sociedad de Auditoría correspondiente al periodo fi scal 2026, conforme a lo solicitado con O fi cio N° 000947-2025-CG/GAD; Que, mediante Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 000000332, de fecha 05 de marzo de 2026, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial certi fi có la disponibilidad presupuestal hasta por el importe de S/ 350,413.00 (Trescientos Cincuenta Mil Cuatrocientos Trece con 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Pliego 461: Gobierno Regional de Tumbes, destinada a fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de la Sociedad de Auditoría correspondiente al periodo fi scal 2026; Que, mediante Informe Nº 379-2026/GOB. REG. TUMBES-GGR-ORAJ, de fecha 30 de abril de 2026, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica opinó favorablemente respecto a la viabilidad legal de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República; Que, las dependencias competentes del Gobierno Regional de Tumbes han emitido los informes técnicos, presupuestales, administrativos y legales correspondientes, mediante los cuales se sustenta la viabilidad de la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República, acreditándose la previsión, disponibilidad y certi fi cación presupuestal necesaria para atender la transferencia fi nanciera correspondiente al periodo fi scal 2026, conforme a las disposiciones del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la normativa emitida por la Contraloría General de la República; Que, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante Dictamen Nº 06-2026/GOB. REG. TUMBES-CR-CPPAT, concluyó que la propuesta cuenta con sustento técnico, presupuestal y legal su fi ciente, recomendando al Pleno del Consejo Regional aprobar la transferencia fi nanciera correspondiente; Que, el Pleno del Consejo Regional, luego del debate correspondiente y conforme a sus atribuciones legales y reglamentarias, aprobó por unanimidad mencionado Dictamen en la Sesión Extraordinaria de la fecha; Estando a lo debatido por el Pleno del Consejo Regional de Tumbes, en la Sesión Extraordinaria de la fecha y, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cada por las Leyes N°s 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053, 31433 y otras; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tumbes; SE ACUERDA POR UNANIMIDAD: Artículo Primero.- APROBAR el DICTAMEN N° 006- 2026/GOB.REG.TUMBES-CR-COPPAT, formulado por