Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 117
117 NORMAS LEGALES Viernes 14 de agosto de 2026 El Peruano / de las intervenciones en la Infraestructura Natural para el cierre de brechas de inversión. Siendo el alcance en su aplicación por las entidades del Gobierno Nacional, Gobierno Regional y Gobierno Local. Que, mediante Ordenanza Regional N° 005-2014- GR.LAMB/CR se aprobó el Instrumento Técnico de información territorial, que identi fi ca las potencialidades y limitaciones del territorio, a través de la “Macro Zoni fi cación Ecológica Económica del Departamento de Lambayeque”, con una escala de trabajo de 1: 100,000. Del mismo modo, mediante Ordenanza Regional N° 020-2008-GR.LAMB/CR se creó el Sistema Regional de Áreas de Conservación de Lambayeque (SIRACL). Que, por su parte, mediante Ordenanza Regional N° 000008-2025-GR.LAMB/CR se aprobó el Plan deAcción sobre Estrategia Regional de Diversidad Biológica y Uso de Técnicas y Políticas de Gestión de la Biodiversidad Regional - Región Lambayeque, tiene como fi nalidad la protección y conservación de la diversidad biológica en la región Lambayeque. Que, la metodología para la elaboración del Mapa Regional de Ecosistemas del departamento de Lambayeque, utilizó como base el Mapa Nacional de Ecosistemas, siendo posteriormente actualizado considerando los factores diagnósticos de fi nidos de acuerdo a las de fi niciones conceptuales del Mapa de Ecosistemas Terrestres del Perú (MINAM, 2018), logrando así elaborar el Mapa Regional de Ecosistemas, el cual está conformado por 13 ecosistemas naturales, distribuidos en la región Yunga, Andina y Costa, y 3 coberturas asociados a Zonas Intervenidas. Que, por otro lado, la metodología para la elaboración del Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres, basada en el enfoque de la Neutralidad de la Degradación de las Tierras propuesta por la Convención de las Naciones Unidas para la Lucha contra la deserti fi cación - UNCCD, consideró en su base metodológica tres fases de análisis, (1) identi fi cación, (2) categorización y (3) priorización de las áreas degradadas para el nivel regional. Para ello, se utilizó en el primer análisis (1) las variables de Productividad Primaria Neta, Cambios en la Cobertura Vegetal y Fragmentación de Bosques. El segundo análisis (2) consistió en diferenciar las áreas que tienen una intervención permanente sobre los ecosistemas, identi fi car el origen (directo, indirecto) y la intensidad de las áreas degradadas. Para el tercer análisis (3) se logró priorizar las áreas degradadas a través de un análisis de variables y estableciéndose un ranking a nivel de distritos, lo que permitirá orientar la intervención para la recuperación de ecosistemas. La elaboración del presente Mapa, se llevó a cabo a partir de un trabajo articulado entre el equipo técnico de la Dirección Ejecutiva de Gestión de Recursos Naturales del Gobierno Regional de Lambayeque, con el apoyo del equipo técnico de la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental del Ministerio del Ambiente. Que, mediante O fi cio N° 00376-2025-MINAM/ VMDERN/DGOTGIRN, la Dirección General de Ordenamiento Territorial Ambiental del MINAM, da opinión favorable al “Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Lambayeque”, al “Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Lambayeque”, así como sus memorias descriptivas. Que, en ese contexto, se han emitido los informes técnicos y legales por parte de áreas competentes del Ejecutivo Regional, contenidos en el expediente administrativo con registro SISGEDO N° 516074126, donde han opinado que es viable la aprobación de la presente Ordenanza Regional. Que, a través del Dictamen N° 002-2026-GR.LAMB/ CRAAP, la Comisión Ordinaria de Recursos Ambientales, Agricultura y Producción del Consejo Regional ha recomendado que lo solicitado por el Ejecutivo Regional debe ser aprobado conforme a Ley, así como deberá tenerse en cuenta las recomendaciones que ella contiene. Así, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de junio de 2026, el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, conforme a lo acordado y aprobado y de acuerdo a las atribuciones y facultades conferidas en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y a su Reglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado lo siguiente:ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL MAPA REGIONAL DE ECOSISTEMAS Y MAPA DE ÁREAS DEGRADADAS EN ECOSISTEMAS TERRESTRES DEL DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE. Artículo Primero.- APROBAR el Mapa Regional de Ecosistemas y Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Lambayeque, así como sus memorias descriptivas, que en anexo forman parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- RECONOCER, a los Ecosistemas terrestres del departamento de Lambayeque y a las áreas degradadas en ecosistemas terrestres del departamento de Lambayeque, como información orientadora para la mejor intervención en el territorio, y para las acciones de gestión que viene desarrollando el Gobierno Regional Lambayeque en los ecosistemas. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental del Gobierno Regional Lambayeque, la implementación, seguimiento y la aplicación de la presente Ordenanza Regional, así como la utilización y difusión de este instrumento de gestión, para impulsar los proyectos de inversión en recuperación de ecosistemas, especies y apoyo al uso sostenible biodiversidad. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la información del Mapa Regional de Ecosistemas y Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Lambayeque con sus respectivas memorias descriptivas, formen parte de los procesos de diseño e implementación de las políticas públicas regionales, ordenamiento territorial y de planeamiento estratégico, a fi n de efectivizar su implementación. Artículo Quinto.- DISPONER que la O fi cina Regional de Administración publique la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el diario encargado de la publicación de los avisos judiciales de la región Lambayeque y en el Portal Web institucional del Gobierno Regional de Lambayeque (www.regionlambayeque.gob.pe): PRECISÁNDOSE que los Anexos de la presente Ordenanza Regional se publicarán en el portal institucional del Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Ordenanza Regional a todas las dependencias del Gobierno Regional Lambayeque para su conocimiento y fi nes correspondientes. Comuníquese al Gobernador del Gobierno Regional Lambayeque para su promulgación conforme a Ley. Dado en Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque, a los DIECISIETE días del mes de JUNIO del año dos mil veintiséis. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.JORGE LUIS PEREZ FLORES Gobernador Regional 2543278-1 GOBIERNO REGIONAL DE TUMBES Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 072-2026/GOB.REG. TUMBES-CR-CD Tumbes, 21 de mayo de 2026 VISTO: En Sesión Extraordinaria N° 015- 2026, de fecha 21 de mayo de 2026, se trató como punto de agenda el