Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2026 (20/08/2026)

CANTIDAD DE PAGINAS: 156

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 144

144 NORMAS LEGALES Jueves 20 de agosto de 2026 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Ordenanza que regula las disposiciones técnicas y procedimientos administrativos de autorización para la ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Santa Anita ORDENANZA N° 00392-2026/ MDSA Santa Anita, 10 de agosto de 2026EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA POR CUANTO:En la XV Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 10 de agosto de 2026; VISTO:El Informe N° 0313-2026-SGDEL-GSATDE/MDSA, de fecha 31 de julio de 2026 de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local; el Memorándum N° 257-2026-SGOPCUC-GODU/MDSA, de fecha 31 de julio de 2026 de la Subgerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Catastro; el Memorándum N° 720-2026-MDSA/GODU-SGRDIT, de fecha 31 de julio de 2026 de la Subgerencia del Riesgo de Desastres e ITSE; el Informe N° 0314-2026-SGDEL-GSATDE/MDSA, de fecha 03 de agosto de 2026 de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local; el Memorándum N° 0525-2026-GSATDE/MDSA, de fecha 03 de agosto de 2026 de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico; el Informe N° 0163-2026-OGPPPI-MDSA, de fecha 04 de Agosto de 2026 de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Informe N° 429-2026-MDSA/OGAJ, de fecha 04 de agosto de 2026 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 1639-2026-GM/MDSA, de fecha 04 de agosto de 2026 de la Gerencia Municipal; el Dictamen N° 002-2026-MDSA/CM-CRDE, de fecha 05 de agosto de 2026 de la Comisión Permanente de Rentas y Desarrollo Económico; y, CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con personería jurídica de derecho público, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 194° de la Constitución Política, en concordancia con el artículo II Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de conformidad con el numeral 8) del artículo 9° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modi fi car o derogar las Ordenanzas, así como dejar sin efecto los Acuerdos; en concordancia con lo establecido en el artículo 39° del mismo cuerpo normativo, los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; Que, mediante el Artículo 79º de la Ley N° 27972 se otorgan funciones exclusivas a las municipalidades distritales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, dentro de las cuales se encuentran el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, así como realizar la fi scalización de la ubicación de avisos publicitarios, en concordancia con las disposiciones metropolitanas que resulten aplicables Que, mediante el Artículo 5º de la Ordenanza N° 2682-MML, se regula la ubicación de elementos de publicidad exterior en la provincia de Lima; asimismo, en el artículo 6° de la misma norma se establece que es competencia de las municipalidades distritales normar, complementariamente y en sujeción a la dicha ordenanza, la ubicación de elementos de publicidad exterior (EPE) dentro del ámbito de su circunscripción distrital; Que, mediante el numeral 6.2) del Artículo 6º del Decreto Supremo 021-2025-MINAN, que, aprueba el Reglamento de la Ley N° 31316, Ley de Prevención y Control de la Contaminación Lumínica, en lo que concierne a los requisitos para el otorgamiento de autorización de operación de un proyecto lumínico de EPE, señala que la autoridad competente puede establecer requisitos complementarios a los señalados en el referido Reglamento; Que, mediante el numeral 36.1) del Artículo 36º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que los procedimientos administrativos y requisitos deben establecerse en una disposición sustantiva aprobada mediante decreto supremo o norma de mayor jerarquía, por Ordenanza Regional, por Ordenanza Municipal, por Resolución del titular de los organismos constitucionalmente autónomos; Informe N° 0313-2026-SGDEL-GSATDE/MDSA, la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, remite el proyecto de Ordenanza que Regula las Disposiciones Técnicas y Procedimientos Administrativos de Autorización para la Ubicación de Elementos de Publicidad Exterior en el distrito de Santa Anita, que tiene como objetivo aprobar un nuevo marco legal que regule en un solo texto, los aspectos técnicos y administrativos para la autorización y ubicación de elementos de publicidad exterior en el distrito de Santa Anita, facilitando su aplicación e interpretación, de tal manera que sea predictible para inversionistas, con sujeción a las disposiciones contenidas en la Ordenanza N° 2682-2024-MML y sus modi fi catorias; y, observando los Lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del INDECOPI, sobre colocación de anuncios publicitarios, preservando la seguridad pública, ambiente urbano, zona monumental y orden público, así como la conservación , estética y mejora del ornato local; Que, mediante el Memorándum N° 257-2026-SGOPCUC-GODU/MDSA, la Subgerencia de Obras Privadas, Control Urbano y Catastro, por el cual emite opinión técnica favorable, al considerar que este proyecto constituye una herramienta normativa que permitirá uni fi car en un solo cuerpo legal los aspectos técnicos y administrativos aplicables a la autorización e instalación de elementos de publicidad exterior, facilitando su aplicación e interpretación por parte de la administración Municipal y de los administrados; Que, mediante el memorándum N° 720-2026-MDSA/ GODU-SGRDIT, la Subgerencia de Gestión del Riesgo de Desastres e ITSE, remite el Informe Técnico N° 007- 2026-RAAC, recomendando continuar con el trámite correspondiente para la aprobación del proyecto de Ordenanza, teniendo en consideración que la opinión favorable se limita estrictamente a los aspectos técnicos vinculados con las condiciones estructurales y de seguridad contempladas en el artículo 22° del proyecto normativo; Que, mediante el Memorándum N° 0525-2026-GSATDE/MDSA la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Desarrollo Económico, remite el Informe N° 0314-2026-SGDEL-GSATDE/MDSA de la Subgerencia de Desarrollo Económico Local, considera que la propuesta es viable y se encuentra alineada con el marco normativo vigente y cuenta con la conformidad y validación de las áreas técnicas competentes, iniciativa que, tiene por objeto de uni fi car en un solo texto las disposiciones técnicas y administrativas locales para la autorización de anuncios publicitarios, con ello se busca garantizar la predictibilidad para los inversionistas, bajo estricta sujeción a la ordenanza N° 2682-MMLy a los lineamientos de la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas de Indecopi. Asimismo, la norma salvaguarda la seguridad pública, el medio ambiente urbano, las zonas monumentales, el orden público y la mejora estética del ornato en el distrito, por lo que recomienda elevar el documento para su evaluación y continuar con el trámite; Que, mediante el Informe N° 0163-2026-OGPPPI- MDSA, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, concluye que el