NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2026 (24/09/2026)
CANTIDAD DE PAGINAS: 192
Fuente: Diario Oficial El Peruano.
TEXTO PAGINA: 93
93 NORMAS LEGALES Jueves 24 de setiembre de 2026 El Peruano / autorización de viaje, deberán publicarse en el Diario Ofi cial “El Peruano”, con anterioridad al viaje. • Escala de viáticos ; conforme al Artículo 5º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM (artículo modi fi cado por el D.S. Nº 056-2013-PCM), Los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por Zonas Geográ fi cas, de la escala siguiente: Escala de viáticos por zonas geográ fi cas (En US$) (…)Europa $ 540,00 • Sobre la base de la referida Escala de Viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario O fi cial El Peruano, las Entidades del Sector Público deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de fi nanciamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fi scal; • Sustentación de viáticos , conforme al Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM (artículo modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM), Los funcionarios y servidores públicos que realicen viajes al exterior debidamente autorizados (...) deberán sustentar con documentos hasta por lo menos el ochenta por ciento (80%) del monto de viáticos asignado. El veinte por (20%) restante podrá sustentarse mediante declaración jurada. El funcionario o servidor público hará devolución del monto correspondiente a los viáticos cuyo gasto no se encuentre debidamente sustentado, en el plazo establecido en el Artículo 10 del presente Decreto Supremo. • Obligación de Presentar informe, conforme al Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.”; Que, por su parte, el Artículo 4º de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, sobre las “Acciones Administrativas en la Ejecución del Gasto Público”, señala: “4.1 Las entidades públicas sujetan la ejecución de sus gastos a los créditos presupuestarios autorizados en la Ley de Presupuesto del Sector Público (…)” y “4.2 Todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son e fi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del jefe de la o fi cina de presupuesto y del jefe de la ofi cina de administración, o los que hagan sus veces, en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo 1440 (…).” Y en su Artículo 5º sobre el “Control del Gasto público” regula “5.1 Los titulares de las entidades públicas, el jefe de la o fi cina de presupuesto y el jefe de la o fi cina de administración, o los que hagan sus veces en el pliego presupuestario, son responsables de la debida aplicación de lo dispuesto en la presente ley, en el marco del Principio de Legalidad, recogido en el numeral 1.1 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley 27444 (…)”; Que, además, de acuerdo con el Artículo 12º de la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada con Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01 y modi fi catorias, sobre la “Certi fi cación del Crédito Presupuestario y su registro en el SIAF-SP” establece: “12.1 La certi fi cación del crédito presupuestario a que hace referencia los numerales 41.1, 41.2 y 41.3 del artículo 41 del Decreto Legislativo Nº 1440, constituye un acto de administración cuya fi nalidad es garantizar que se cuenta con el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para comprometer un gasto con cargo al presupuesto institucional autorizado para el año fi scal respectivo, en función a la PCA, previo cumplimiento de las disposiciones legales vigentes que regulen el objeto materia del compromiso.”; Que, de acuerdo con ello, con O fi cio Nº 4659-R-UNP-2026 del 15.Set.2026, el Titular (e) del Pliego, se dirige al Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, para comunicarle que, el Dr. Elberth Enrique García Panta, Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, remite el Acuerdo de Consejo de Facultad mediante el cual se le concede licencia con goce de haber, con motivo de su viaje internacional a México, con la fi nalidad de realizar diversas actividades académicas en la Universidad Autónoma de Nuevo León (UANL). En virtud a ello le hace llegar el expediente a fi n de otorgar la certi fi cación presupuestal respectiva; Que, con Memorándum Nº 1580-2026-UP-OPYPTO- UNP del 16.Set.2026, suscrito por el CPC. Andrés Ipanaque Feria, Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la Mag. Noelia Denisse Alvarado Chaparro, Jefa de la Unidad de Presupuesto se otorgó la Certi fi cación de Crédito Presupuestario según el siguiente detalle: “OTORGAR CERTIFICACIÓN PRESUPUESTAL PARA PASAJES AÉREOS INTERNACIONALES S/. 3,218.60 SOLES, PASAJES NACIONALES POR S/. 1,000,00 SOLES Y 10 DIAS DE VIATICOS A LA CIUDAD DE MEXICO (AMERICA DEL NORTE) A FAVOR DEL DR. ELBERTH ENRIQUE GARCIA PANTA - DECANO DE LA FACULTAD DE CIENCIAS CONTABLES Y FINANCIERAS, QUIEN REALIZARA DIVERSAS ACTIVIDADES ACADEMICAS EN LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEÒN (UANL), A PARTIR DEL 05 DE OCTUBRE DEL 2026.” CADENA FUNCIONAL PROGRAMATICA CERTIFICADO Nº 5031 1. RUBRO DE FINANCIAMIENTO09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 2. SECCION FUNCIONAL 007 GESTION DEL PROGRAMA 3. GENERICA DE GASTO 2.3 BIENES Y SERVICIOS 4. CLASIFICADOR 2.3.2.1.2.1 S/. 1,000.00 2.3.2.1.1.1 $. 952.25 *TC. 3.38 S/. 3,218.61 2.3.2.1.1.2 $. 440 *TC. 3.38 X 10 DIAS S/. 14,872.00 5. MONTO TOTAL S/ 19,090.61 Que, asimismo, mediante O fi cio Nº 4397-J-URH- UNP-2026 del 18.Set.2026, la Dra. Viviana E. Bustamante Palomino, Jefa de la Unidad de Recursos Humanos alcanza el O fi cio Nº 581-AE-URH-UNP-2026 del 18.Set.2026, suscrito por el servidor Miguel Arturo Davies Castro, Ejecutivo de Escalafón mediante el cual señala: “(…) relacionado con el pedido de licencia con goce de haber a favor del servidor docente Dr. Elberth Enrique García Panta, servidor docente ordinario, de Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras - quien en su calidad de Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, asistirá a diversas reuniones en la Universidad Autónoma de Nuevo León con autoridades académicas, juntas de trabajo con el Grupo de Investigación en las áreas a fi nes de la facultad de Ciencias Contables y Financieras y la impartición de una clase magistral, desde el 06 y hasta el 13 de octubre de 2026. Sobre el particular, se menciona que la licencia con goce de haber que nos ocupa, cuenta con acuerdo de Consejo de Facultad en Sesión Extraordinaria; en ese sentido esta Unidad considera procedente el otorgamiento de la licencia que tendrá vigencia desde el 05 y hasta el 14 de octubre de 2026.”; Que, con Informe Nº 1133-2026-OCAJ-UNP del 21.Set.2026, la Abog. Evelyn M. Adrianzen Palacios, Jefe (e) de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, opina textualmente lo siguiente: “a) Que, se deberá declarar PROCEDENTE la licencia con goce de haber a favor del servidor docente Dr. ELBERTH ENRIQUE GARCÍA PANTA- Decano de la Facultad de Ciencias Contables y Financieras, con la fi nalidad de que realice diversas actividades tales como reuniones en la Universidad Autónoma de Nuevo León con autoridades académicas,