Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2001 (06/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, sabado 6 de enero de 2001 DECRETA:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- Dejese sin efecto el Decreto Supremo Nº 002-2001-RE, por las razones expuestas en la parte considerativa. Articulo Segundo.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores, y los senores Ministros de Salud y de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de enero del ano dos mil uno. MORDAZA MORDAZA CORAZAO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud MORDAZA MORDAZA SAYAN LARRABURE Ministro de Justicia 15639

SALUD
Aprueban la "Guia de Inspeccion para Establecimientos de Fabricacion de Cosmeticos"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 002-2001-SA/DM MORDAZA, 2 de enero del 2001 Visto el Oficio Nº 552-99-DG-AL-DIGEMID, cursado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 518-99-SA/ DM del 20 de octubre de 1999, ha sido aprobado el Manual de Buenas Practicas de Manufactura de Productos Cosmeticos; De conformidad con la Ley General de Salud Nº 26842 y el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmaceuticos y Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-97-SA; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: 1. Aprobar la "Guia de Inspeccion para Establecimientos de Fabricacion de Cosmeticos", que forma parte de la presente Resolucion. 2. La Guia de Inspeccion para Establecimientos de Fabricacion de Cosmeticos estara a disposicion del publico para su adquisicion, en la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, y en las Direcciones Regionales de Salud y Direcciones Subregionales de Salud, en un plazo MORDAZA de 30 dias naturales contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese y comuniquese. MORDAZA PRETELL MORDAZA Ministro de Salud 15487

Delegan facultades al representante permanente del Peru ante la OEA para suscribir la "Convencion Interamericana sobre Desaparicion Forzada de Personas"
RESOLUCION SUPREMA Nº 012-2001-RE MORDAZA, 5 de enero de 2001 Visto el Memorandum (SME-ASH-DHU) Nº 01-2001, de 2 de enero de 2001, de la Direccion de Asuntos Sociales y Humanitarios; Debiendo suscribirse la "Convencion Interamericana sobre Desaparicion Forzada de Personas", adoptada en la MORDAZA de Belem Do Para, Republica Federativa del Brasil, el 9 de junio de 1994; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), las facultades suficientes para suscribir en representacion del Gobierno del Peru, la "Convencion Interamericana sobre Desaparicion Forzada de Personas", adoptada en la MORDAZA de Belem Do Para, Republica Federativa del Brasil, el 9 de junio de 1994. 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Representante Permanente del Peru ante la Organizacion de los Estados Americanos (OEA). Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Corazao Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Relaciones Exteriores 15605

Aprueban la "Guia de Inspeccion de Buenas Practicas de Manufactura de Insumos de Uso Medico-Quirurgico u Odontologico Esteriles y Productos Sanitarios Esteriles"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 003-2001-SA/DM MORDAZA, 2 de enero del 2001 Visto el Oficio Nº 862-2000-DG-ADG-DIGEMID, cursado por la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 204-2000-SA/DM, se ha aprobado el Manual de Buenas Practicas de Manufactura de Insumos de Uso Medico-Quirurgico u Odontologico Esteriles y Productos Sanitarios Esteriles, en el cual se establece los criterios tecnicos que deben ser cumplidos por los laboratorios que fabrican insumos de uso medico-quirurgico u odontologico esteriles y productos sanitarios esteriles; Que en tal sentido, es necesario aprobar una guia que sirva de instrumento tecnico en las inspecciones a los referidos establecimientos;

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