Norma Legal Oficial del día 06 de enero del año 2001 (06/01/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 6 de enero de 2001 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Articulo 7º de la Ley Nº 26850 "Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado", establece que cada entidad elaborara un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el que debe prever el MORDAZA de Bienes y Servicios que se requerira durante el ejercicio presupuestal y los montos requeridos; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones propuesto para el ano 2001, por la Oficina Tecnica de Administracion, contiene el consolidado de la informacion de los Procesos de Seleccion, establecidos en el Capitulo MORDAZA de la Ley Nº 26850 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, es necesario aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, el que ha sido elaborado en el MORDAZA de la Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2001, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 9092000 concordante con la Ley Nº 27209 "Ley de Gestion Presupuestaria del Estado", que MORDAZA y regula el MORDAZA presupuestario y los mecanismos operativos que permitan optimizar la gestion administrativa y financiera; Estando a lo propuesto por la Oficina Tecnica de Administracion, con las visaciones del Secretario General, de la Oficina Tecnica de Presupuesto y Planeamiento y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 8º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ano 2001, Pliego 002: Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, detallados en los Anexos 01, 02 y 03, que forman parte de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Encargar como Organos responsables de la ejecucion de los Procesos de Seleccion, a los Comites Especiales que para tal fin se designen, en cada caso. Articulo 3º.- Encargar como Organos responsables de la ejecucion de las adjudicaciones directas (con publicacion y sin publicacion) y adjudicaciones de Menor Cuantia a la Oficina Ejecutiva de Abastecimientos y Servicios Auxiliares. Articulo 4º.- Disponer que el Plan Anual a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion, se ponga a disposicion del publico, de conformidad a lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Jefe 15570

Registral Inmobiliario", cuya tasa se fija en porcentaje de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); Que, por Decreto Supremo Nº 37-94-JUS, se aprobo el Arancel de Derechos Registrales de la ex Direccion Nacional de los Registros Publicos y Civiles, en porcentajes de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT); Que, por Resolucion Nº 072-98-SUNARP de fecha 3 de MORDAZA de 1998, se ha normado la inscripcion de los contratos de prenda global y flotante sobre bienes fungibles, asi como de los actos que regulen, modifiquen o extingan la garantia otorgada, fijandose asimismo las tasas registrales por los servicios de inscripcion y de certificado registral prendario, los que deben incluirse en la actual estructura del Arancel de Derechos Registrales de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Que, por Resolucion Nº 096-98-SUNARP de fecha 24 de junio de 1998, se establecio en el equivalente a 1,93% UIT, el monto de la tasa registral aplicable a la interposicion de los recursos de apelacion; Que, mediante Resolucion Nº 098-98-SUNARP de fecha 24 de junio de 1998, se dispuso la publicacion del Arancel de Derechos Registrales del Registro de Propiedad Vehicular; Que, por Decreto Supremo Nº 004-2000-JUS del 28-62000, modificado por Decreto Supremo Nº 009-2000-JUS del 19-10-2000, se aprobo la modificacion y actualizacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos y de sus organos desconcentrados, en el que se incluye entre otros, los servicios del area registral del Registro Publico de Mineria, la expedicion del titulo de credito hipotecario negociable, el registro del indice de verificadores y el servicio de informacion en linea, con las respectivas tasas registrales por los conceptos de inscripcion y publicidad que les corresponden; Que, mediante Decreto Supremo Nº 145-2000-EF publicado el dia 27-12-2000 se ha aprobado a partir del 1 de enero del ano 2001, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como indice de referencia en normas tributarias por un monto de TRES MIL NUEVOS SOLES (S/. 3 000), siendo de aplicacion para efectos de las tasas establecidas en el Arancel senalado en los considerandos precedentes; Que, a fin de dar cumplimiento a los citados dispositivos legales, se requiere aprobar la actualizacion de los montos de las Tasas Registrales en Nuevos Soles, del Arancel de Derechos Registrales de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; y, De conformidad con la Resolucion Nº 022-95SUNARP y en uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 29º inciso a) del Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la actualizacion de los montos de las Tasas Registrales en Nuevos Soles, del Arancel de Derechos Registrales de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao para el Ano Fiscal 2001, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al partir del dia 8 de enero del 2001. Registrese y comuniquese. C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao ANEXO OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO ARANCEL DE DERECHOS REGISTRALES
CONCEPTO A. DERECHOS DE TRAMITACION Por MORDAZA, estudio, busqueda de titulos y demas tramites, previos a la inscripcion de cada acto o contrato referente a: REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE 1. Por inmatriculacion o primera de dominio. 2. Por urbanizacion, declaracion de fabrica y reglamento de propiedad horizontal. % UIT MONTO S/.

OFICINA REGISTRAL DE MORDAZA Y CALLAO
Actualizan montos del Arancel de Derechos Registrales de la ORLC para el Ano Fiscal 2001
RESOLUCION JEFATURAL Nº 006-2001-ORLC/JE MORDAZA, 3 de enero de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Oficina Registral de MORDAZA y Callao es un organismo publico desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, con autonomia registral, economica y administrativa conformante del Sistema Nacional de los Registros Publicos creado por Ley Nº 26366; Que, mediante Decreto Supremo Nº 35-94-JUS, se integro el Certificado de Gravamenes y la MORDAZA Literal de Dominio en un solo documento denominado "Certificado

1.08 1.08

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