Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2001 (12/05/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES
CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES

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TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) PROCEDIMIENTO ADICIONAL (DECRETO SUPREMO Nº 018-2001-PCM) ENTIDAD: CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES
PROCEDIMIENTO REQUISITOS DENOMINACION DERECHO DE TRAMITE CALIFICACION AUTOEVALUACION NO MATICO SILENCIO REGUADMINISTRATIVO LABLE POSITIVO NEGATIVO DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE Oficina General de Administracion 1 Acceso de las personas a la informacion que posea o produzca el Consejo Nacional de Tasaciones Base Legal: Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM 1) Solicitud dirigida al Jefe del CONATA. 2) Declaracion suscrita por el interesado, de compromiso de cancelacion del costo que demande la reproduccion o MORDAZA de la informacion. 3) MORDAZA simple del documento de identidad. 4) Comprobante de pago por derecho de tramite 2% de UIT 12 dias AUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITE Jefe del area que atiende el documento AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO Reconsideracion: Jefatura del CONATA Apelacion: Presidente del Directorio del CONATA

1.- En el caso de pedido de copias de valuaciones, por parte de personas naturales o juridicas distintas al solicitante de la pericia, es requisito previo para acceder a la solicitud formulada contar con la autorizacion del cliente. 2.- La autoridad competente denegara la entrega de informacion no autorizada por el cliente, la de uso interno, la que afecte la intimidad personal, la que sea excluida por MORDAZA expresa por razones de seguridad nacional. 3.- La tasa por el tramite (Derecho de Pago), no incluye el costo que demande la reproduccion o MORDAZA de la informacion, el cual sera cancelado por el interesado luego del pronunciamiento de la Dependencia sobre la viabilidad de la solicitud. 4.- Recibida la solicitud, la Dependencia debera pronunciarse sobre su viabilidad; bajo responsabilidad, en un plazo MORDAZA de siete (7) dias habiles, previa opinion del organo de Asesoria Legal o el que haga sus veces. De ser aprobada la solicitud, la informacion debera proporcionarse al solicitante, bajo responsabilidad, dentro del plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles siguientes a la notificacion del pronunciamiento de la entidad. 5.- Si la solicitud fuera denegada por la Dependencia, por carecer de la informacion solicitada o por estar prohibido MORDAZA, dicha situacion debera ponerse en conocimiento del solicitante. 6.- Los procedimientos que tengan que ver con la actividad de arancelamiento o informacion de caracter laboral, se procedera de oficio.

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Autorizan viaje de funcionario de la AATE a Brasil para participar en evento de capacitacion en sistemas de trenes urbanos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 186-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2001 Visto, el Oficio Nº 88-2001-AATE/PE del Presidente Ejecutivo de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE; CONSIDERANDO: Que, la Empresa de Trenes Urbanos de Porto MORDAZA S.A. (TRENSURB) y la Agencia Brasilera de Cooperacion, con el apoyo tecnico y financiero de la Agencia Japonesa de Cooperacion Internacional (JICA), en el MORDAZA del Programa de Capacitacion en Terceros Paises han organizado el "II Curso Internacional de Capacitacion en Sistemas de Trenes Urbanos", que se realizara en la MORDAZA de Porto MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, del 7 de MORDAZA al 8 de junio de 2001; Que, al II Curso Internacional de Capacitacion en Sistemas de Trenes Urbanos, ha sido invitada a participar la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao AATE, habiendose otorgado una beca integral al ingeniero MORDAZA MORDAZA Arboleda MORDAZA, Jefe de Mantenimiento de la AATE; Que, el referido curso tiene por objeto actualizar y mejorar los niveles de conocimiento y tecnicas de mantenimiento y operacion de sistemas de transportes ferroviarios, lo que redundara en beneficio de la institucion; Que, la participacion no irrogara gastos al Estado, ya que estos seran asumidos por TRENSURB y JICA; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862 y Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM;

SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar, el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA Arboleda MORDAZA, Jefe de Mantenimiento de la Autoridad Autonoma del Proyecto Especial Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao - AATE, a la MORDAZA de Porto MORDAZA, Republica Federativa de Brasil, durante los dias 6 de MORDAZA al 8 de junio de 2001, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El viaje autorizado precedentemente no irrogara gastos al Estado. Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 4º.- El funcionario cuyo viaje se autoriza, debera tener en cuenta lo establecido en la Directiva Nº 002-99-MTC/15.01 aprobada mediante Resolucion Ministerial Nº 293-99-MTC/15.01. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 23278

Autorizan a empresa la construccion de un sistema de carga y descarga de productos quimicos a granel en el Terminal Portuario del Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 058-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2001 Vista la solicitud (Registro Nº 40116) presentada por la Empresa DEPOSITOS QUIMICOS MINEROS S.A. pidiendo autorizacion para la Construccion de un Siste-

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