Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2001 (12/05/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, sabado 12 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 202667

interponga las acciones legales que correspondan por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines a los que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23292

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra ocupantes precarios de predio correspondiente a la Irrigacion Majes
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 137-2001-PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2001 VISTO:

Autorizan al procurador del FONCODES iniciar MORDAZA judicial destinado a recuperar fondos no sustentados para la ejecucion de programa social de mobiliario escolar
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 136-2001-PRES MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2001 VISTO: El Oficio Nº 266-2001-FONCODES/DE del 2 de MORDAZA de 2001, de la Direccion Ejecutiva del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES; CONSIDERANDO: Que, mediante Convenio Nº 5718-93-FONCODES, de fecha 12 de noviembre de 1993, suscrito entre FONCODES y el Nucleo Ejecutor integrado por el Ministerio de Educacion, la Asociacion de Pequenos y Medianos Industriales del Peru - APEMIPE, la Federacion Nacional de Pequenos y Medianos Empresarios - FENAPI y el Comite de MORDAZA y derivados de la Sociedad Nacional de Industrias - COMITE, se financia la ejecucion del Programa Social de Mobiliario Escolar y de Reactivacion de la Micro, Pequena y Mediana Industria Nacional, para la confeccion de medio (1/2) millon de carpetas bipersonales a ser distribuidas a nivel nacional entre los centros educativos estatales del nivel educacion primaria de menores que presentan deficit mobiliario; Que, en el Informe Nº 015-98-FONCODES/OAI "Examen Especial al Programa Social de Mobiliario Escolar y Reactivacion de la Micro, Pequena y Mediana Industria Nacional", Conclusion Nº 3, se senala que de la revision del Informe Economico de Rendicion de Cuentas correspondiente a la MORDAZA Etapa del Programa, se determino que se incumplio lo dispuesto en el numeral 3.9 de la Guia Para Rendicion de Cuentas que forma parte del Tercer Addendum al Convenio Nº 5718-93-FONCODES, al no haberse sustentado operaciones realizadas hasta por la suma de US$ 6,745.52 (Seis Mil Setecientos Cuarenta y Cinco y 52/ 100 Dolares Americanos); Que, en consecuencia debe autorizarse al Procurador Publico Ad Hoc respectivo para que interponga las acciones judiciales correspondientes, tendientes a recuperar los fondos no sustentados que forman parte de los recursos del Programa; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico Ad Hoc del Fondo Nacional de Compensacion y Desarrollo Social - FONCODES, para que interponga las acciones judiciales respectivas, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir al referido funcionario los antecedentes del caso para los fines a que se contrae esta Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23293

El Oficio Nº 0852-2001-INADE-1101-OGAJ, del Jefe del Instituto Nacional de Desarrollo - INADE, mediante el cual solicita se autorice al Procurador Publico del Ministerio de la Presidencia para el inicio de accion judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2001-AUTODEMA-INADE-8571, la Direccion de Asentamiento y Desarrollo Rural del Proyecto Especial Majes-Siguas, ha establecido que la Parcela Nº 42 Asentamiento E-4 de la Irrigacion Majes, ha sido ocupada indebidamente por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, apoderado de los esposos MORDAZA Jafet MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Talavera, asi como por los senores MORDAZA Helard MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA Abarca; Que, el Informe Legal Nº 005-2001-AUTODEMAINADE-8521 senala que las personas indicadas en el considerando anterior se encuentran ocupando en forma ilegal la Parcela Nº 42, Asentamiento E-4, al no existir autorizacion o documento que sustente su ocupacion, habiendose constatado dichos actos posesorios por personal del Proyecto Especial Majes MORDAZA, asi como por el Juez de Paz del Sector de Majes, conforme consta de las respectivas Actas de Constatacion; Que, como resultado de dichos informes se concluye que los senores MORDAZA Jafet MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Helard MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Talavera, en forma conjunta se encuentran ocupando ilegalmente la Parcela Nº 42, Asentamiento E-4 de la Irrigacion Majes; Que, conforme consta del Certificado Literal de Dominio adjunto, la Subdivision del Asentamiento E4, que comprende la citada parcela, se encuentra inscrita en la ficha Nº 22010, a favor de la Autoridad Autonoma de Majes; Que, de acuerdo a lo prescrito por el Articulo 911º del Codigo Civil, la posesion precaria es la que se ejerce sin titulo alguno o cuando el que se tenia ha fenecido; Que, en tal virtud, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de la Presidencia, a fin de que inicie las acciones judiciales correspondientes con el objeto de lograr la desocupacion de la Parcela Nº 42, Asentamiento E-4 de la Irrigacion Majes; Con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, y los Decretos Leyes Nº 17537 y Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Presidencia, para que en nombre y representacion del Estado, Proyecto Especial Majes MORDAZA, interponga las acciones judiciales que correspondan para la desocupacion de la Parcela Nº 42, Asentamiento E-4 de la Irrigacion Majes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 23294

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.