Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2002 (19/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, sabado 19 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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Declaran infundadas apelaciones contra decision de la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por TID, sobre adjudicacion de lote
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0059-2002-IN/1101 MORDAZA, 18 de enero del 2002 Vistos, los Recursos de Apelacion interpuestos por los senores Konrad LINDER MORDAZA y Konrad LINDER MORDAZA contra la decision de la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por TID, al adjudicar el lote Nº 05 a MORDAZA MORDAZA Clair QUARLES UFFORD atribuyendo violacion de las normas formales del procedimiento establecido en las Bases al no haber presentado el correspondiente Cheque de Gerencia en calidad de deposito en garantia. CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento a lo dispuesto en la R.M. Nº 13122001-IN/1101 de 26.OCT.2001 los miembros de la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas del Ministerio del interior procedieron a efectuar el remate por subasta publica de los inmuebles incautados por TID, con sentencia judicial condenatoria firme y ejecutoriada de propiedad del Estado el dia 7 de diciembre del 2001; Que, por Acta de Subasta Publica Nº 002-2001-IN/COMISION DE VENTA de 7.DIC.2001, entre otros, se adjudico en venta el lote 5, inmueble ubicado en la MORDAZA Las Tipas Nº 201 - Las MORDAZA de Monterrico - MORDAZA de MORDAZA a la senora MORDAZA QUARLES VAN UFFORD, con pasaporte Nº 0251824, por la suma de US$ 465,100.00 dolares Americanos, habiendo en dicho acto observado los recurrentes el cheque presentado por la adjudicataria; Que, con fecha 11.DIC.2001, los recurrentes interponen recursos de apelacion contra la decision de la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por TID, al adjudicar el lote Nº 05, inmueble ubicado en la MORDAZA Las Tipas Nº 201 - Las MORDAZA de Monterrico - MORDAZA de MORDAZA a la senora MORDAZA QUARLES VAN UFFORD, atribuyendo violacion a las normas formales del procedimiento establecido en las Bases al no haber presentado el correspondiente Cheque de Gerencia exigido por el numeral 5.2 de las Bases de la Subasta y otros fundamentos que se exponen en los referidos recursos; Que, con Informe Nº 002-2001-IN/CVSPBITID de 14.DIC.2001, la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por Trafico Ilicito de Drogas indica haber cumplido con el debido tramite, y que la senora MORDAZA QUARLES VAN UFFORD se presento como postora entregando como deposito de garantia el Cheque UBS Nº 7573350 por la suma de US$ 60,000.00 dolares americanos del 6.DIC.2001, y que al hacer la consulta correspondiente a la oficina UBS en MORDAZA la referida Comision recibio Carta el mismo dia, en la que se certifica que el cheque es "Cheque de Gerencia" emitido por su Oficina en MORDAZA y que puede ser cobrado por cualquier Banco local, por lo que las apelaciones no contienen argumentos suficientes que enerven la eficacia del acto administrativo, ni tampoco se sustentan en diferente interpretacion de las pruebas producidas; Que, conforme lo dispone el Art. 209º de la Ley Nº 27444 Ley del Procedimientos Administrativo General, el recurso de apelacion se interpondra cuando la impugnacion se sustente en diferente interpretacion de las pruebas producidas o cuando se trate de cuestiones de puro derecho; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior en su Informe Nº 00242002-IN/0202 de 3.ENE.2002; De conformidad al Articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 370, Ley Organica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar INFUNDADOS los Recursos de Apelacion interpuestos por los senores Konrad

LINDER MORDAZA y Konrad LINDER MORDAZA contra la decision de la Comision de Venta por Subasta Publica de Bienes Incautados por TID, al adjudicar el lote Nº 05 a MORDAZA MORDAZA Clair QUARLES UFFORD, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 1309

Aprueban transferencia de insumos quimicos a la USE SUR - Salvamento Acuatico de la PNP
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0060-2002-IN/1101 MORDAZA, 18 de enero del 2002 Visto, el Oficio Nº 081-2001-VII-RPNP/JUSE-USESUR.S.A-J.A.CA de 6.DIC.2001 con el cual el Jefe de la USE SUR - Salvamento Acuatico de la Policia Nacional del Peru, solicita a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior - OFECOD la transferencia de Insumos Quimicos Fiscalizados: Acido Clorhidrico e Hipoclorito de Sodio, con la finalidad de ser utilizados en el mantenimiento de las piscinas de la Unidad; CONSIDERANDO: Que, en el Deposito Oficial de Insumos Quimicos de la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas - OFECOD, existe en stock Cien kilogramos (100,000 kg.) de Acido Clorhidrico y Seiscientos diez kilogramos con quinientos gramos (610,500 kg.) de Hipoclorito de Sodio, siendo por lo tanto pertinente transferir dichos Insumos Quimicos a la Unidad Policial solicitante; Que, es necesario adoptar las medidas de seguridad y control adecuados para garantizar la transferencia con la intervencion de las autoridades senaladas en la legislacion vigente; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; y, De conformidad a lo establecido en el Articulo 79º inciso d) de la Ley General de Drogas aprobada por Decreto Ley Nº 22095, concordante con el Art. 43º del Decreto Supremo Nº 008-93-ITINCI que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 25623 sobre Control y Fiscalizacion de Productos e Insumos Quimicos que intervienen en la elaboracion de pasta basica de cocaina y otros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de Cien kilogramos (100,000 kg.) de Acido Clorhidrico y Seiscientos diez kilogramos con quinientos gramos (610,500 kg.) de Hipoclorito de Sodio, a la USE SUR - Salvamento Acuatico de la Policia Nacional del Peru, para ser utilizados en el mantenimiento de las piscinas de la Unidad. Articulo 2º.- La Oficina Ejecutiva de Control de Drogas procedera a la entrega de los Insumos Quimicos al Jefe de la USE SUR - Salvamento Acuatico de la Policia Nacional del Peru, en presencia del representante del Ministerio Publico, previo pesaje y analisis certificado por un profesional quimico. Articulo 3º.- El Jefe de la USE SUR - Salvamento Acuatico de la Policia Nacional del Peru, adoptara las medidas necesarias que garanticen el debido uso; asimismo informara pormenorizadamente a la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas la utilizacion de los Insumos Quimicos, transferidos a merito de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA C. Ministro del Interior 1310

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