Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2002 (19/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 19 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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malvivir y alta congestion vehicular provocados por estos locales; Que, en ese sentido, se hace necesario ampliar por seis meses mas el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 182001-MDSM; Estando a lo expuesto y en uso a las facultades que otorga el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Nº 23853, con cargo a dar cuenta al Concejo; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR por seis (6) meses mas la vigencia de la Ordenanza Nº 018-2001, referido a la recepcion y tramite de las solicitudes de Certificado de Compatibilidad de Uso asi como las solicitudes de Licencias de Funcionamiento de MORDAZA de Billar, MORDAZA de Hospedaje y Hostales de categoria menor a 3 estrellas, MORDAZA de Espectaculos, Penas, Pubs, Discotecas, Salsodromos, Locales para MORDAZA, Bailes, Recepciones, Clubes Nocturnos o similares, cualquiera sea la denominacion que adopten, en horario diurno y/o nocturno. Articulo Segundo.- Encarguese a la Direccion de Infraestructura y Desarrollo MORDAZA, Oficina de Rentas, la Unidad de Licencias y la Unidad de Administracion Documentaria, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1210

AMNISTIA TRIBUTARIA GENERAL PARA CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y ADMINISTRATIVAS Articulo Primero.- Conceder Amnistia Tributaria a los contribuyentes del distrito de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, que adeudan los siguientes conceptos: IMPUESTO PREDIAL ARBITRIOS MUNICIPALES MULTAS TRIBUTARIAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Articulo Segundo.- El Impuesto Predial sera liquidado sin intereses moratorios, aplicandose unicamente el Indice de Precios al Por Mayor (IPM) acumulado a la fecha de pago. Articulo Tercero.- Las Multas Administrativas seran condonadas al 100% Articulo Cuarto.- Los Arbitrios Municipales seran liquidados sin intereses moratorios ni reajustes, cobrandose tan solo el monto INSOLUTO. Articulo Quinto.- Las Multas Administrativas pendientes al 31/12/2001 podran ser canceladas al 50% del INSOLUTO. Articulo Sexto.- Excepcionalmente los contribuyentes que no puedan cancelar el integro de sus deudas tributarias, podran acogerse, pagando la primera cuota por un monto no menor del 20% de la deuda acogida. El incumplimiento del Convenio de Fraccionamiento originara la perdida de los beneficios tributarios y su cobranza por la via coactiva en aplicacion del Art. 36º del Codigo Tributario. En caso de existir pago parcial del fraccionamiento que involucre tributos de diferente periodicidad se debera aplicar el Art. 31º del Codigo Tributario sobre imputacion de pago de la administracion a la deuda mas antigua. Articulo Septimo.- Los contribuyentes que hayan suscrito Convenios de Fraccionamiento podran acogerse a la presente Amnistia Tributaria. Articulo Octavo.- Los Contribuyentes con expedientes de reclamos tributarios podran acogerse a la presente Ordenanza si desisten de la misma en la forma establecida por Ley. Articulo Noveno.- La presente Ordenanza tendra vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion hasta el 28 de febrero del 2002. Articulo Decimo.- Delegar facultades al MORDAZA para ampliar la vigencia de la presente Ordenanza mediante Decreto de Alcaldia con cargo a rendir cuenta ante el Concejo Municipal. Articulo Decimo Primero.- Los ingresos seran destinados para cubrir el pago de Remuneraciones de todos los trabajadores, Empleados, Obreros, Pensionistas y Contratados. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1206

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE LA MORDAZA - MORDAZA
Otorgan amnistia tributaria a contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 001-2002-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, 10 de enero del 2002 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA DE LA MORDAZA - MORDAZA El Concejo Municipal de MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado reconoce a los Gobiernos Locales con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia para administrar sus bienes asi como crear, modificar o suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, los Gobiernos Locales, el Concejo Municipal cumple funcion normativa de acuerdo a lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion; Que, el ultimo parrafo del Art. 41º del Codigo Tributario senala que excepcionalmente los Gobiernos Locales pueden condonar con caracter general el interes moratorio y las sanciones respecto a los tributos que administran; Que, de conformidad con los Articulos 10º, 36º Inc. 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y sus modificatorias, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD la siguiente Ordenanza, con la dispensa de la Lectura y Aprobacion del Acta;

Aprueban adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
ACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2002-MDCLR MORDAZA de la MORDAZA - MORDAZA, 10 de enero del 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE MORDAZA DE LA MORDAZA - MORDAZA VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo celebrada en la fecha, el Informe Nº 001-2002-CAPVL/MDCLR de fecha

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