Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2002 (19/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

A N E X O Nº 3 APLICACION DE LOS LIMITES GLOBALES A LAS INVERSIONES ELEGIBLES AL ___ / ___ / ___ (En MORDAZA de nuevos soles) EMPRESA :______________________________________________
INVERSIONES ELEGIBLES CON LA APLICACION DE LIMITES MAXIMOS (5)
20% de obligaciones tecnicas por cada grupo economico al que no pertenece la empresa que pertenece la empresa de inversiones en grupo economico al 10% de obligaciones tecnicas por el total

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INSTRUMENTOS (3)

GRUPO (1) e INVERSIONES EN EL EXTRANJERO (2)

TOTAL INVERSIONES ELEGIBLES (4)

LIMITE GLOBAL POR EMISOR O GRUPO ECONOMICO (6)

INVERSIONES ELEGIBLES CON LA APLICACION DE LOS LIMITES MAXIMOS (7)

LIMITE GLOBAL POR INVERSIONES EN EL EXTERIOR (8) 40% de obligaciones tecnicas

INVERSIONES ELEGIBLES APLICADAS (9)

INVERSIONES ELEGIBLES APLICADAS AL FONDO DE GARANTIA (10)

GRUPO: ..............

- Depositos e imposiciones

- Tit. repres. de captaciones sistema

financiero incluido bonos

- Letras, Bonos, Cedulas y otros instrumentos

hipotecarios

- Bonos Empresariales

- Acciones cotizadas en bolsa

- Instrumentos emitidos por Estados y otros

- Instrumentos de corto plazo

- Operaciones de reporte

y pactos de recompra

- Otros

TOTAL GRUPO: ............

- Depositos e imposiciones

- Tit. repres. de captaciones sistema

financiero incluido bonos

- Letras, Bonos, Cedulas y otros instrumentos

hipotecarios

- Bonos Empresariales

- Acciones cotizadas en bolsa

- Instrumentos emitidos por Estados y otros

- Instrumentos de corto plazo

NORMAS LEGALES

- Operaciones de reporte

y pactos de recompra

- Otros

TOTAL INVERSIONES EN EL EXTRANJERO

- Depositos e imposiciones

- Bonos Empresariales

- Acciones y fondos mutuos de inversion en

valores

- Instrumentos emitidos por Estados y otros

- Instrumentos de corto plazo

- Otros

TOTAL

MORDAZA, sabado 19 de enero de 2002

Notas.(1) Se consigna las inversiones cuyos emisores pertenecen a un mismo grupo economico. (2) Corresponde a los instrumentos emitidos por empresas extranjeras. (3) Los instrumentos financieros debe estar agrupados por emisor en cada rubro de inversion. Las operaciones de reporte y pactos de recompra se computaran en funcion al emisor del instrumento objeto de dicha operacion. (4) Se considera al total de las inversiones elegibles MORDAZA de la aplicacion de los limites. (5) Se consigna el monto de las inversiones elegibles despues de haber aplicado los limites maximos senalados en el Anexo Nº2. (6) Corresponde a los montos maximos de inversion elegibles aplicando los limites por grupo economico. (7) Corresponde a las inversiones elegibles una vez satisfechos los limites por grupo economico. (8) Se consigna el monto MORDAZA de inversiones elegibles en el exterior aplicando el respectivo limite. (9) Se consigna los importes de las inversiones elegibles despues de haber aplicado los limites por emisor o grupo economico y el limite por inversiones en el extranjero, guardando consistencia en caso las inversiones en el extranjero pertenezcan a grupos economicos. Estos importes se trasladaran a la columna "Inversiones elegibles aplicadas a reservas tecnicas, primas diferidas, practica insegura y patrimonio de solvencia" del Anexo Nº2. (10) Se consigna los importes de las inversiones elegibles aplicadas al Fondo de Garantia, de conformidad con la Cuarta Disposicion Final y Transitoria del presente Reglamento. Estos importes se trasladaran a la columna "inversiones elegibles aplicadas al Fondo de Garantia" del Anexo Nº2.

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