Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 2004 (14/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, miercoles 14 de MORDAZA de 2004

Que, a traves de la Resolucion Ministerial Nº 313-2003PRODUCE, de fecha 28 de agosto de 2003, se acepta en via de regularizacion la donacion que efectuo el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, Division de Tecnologia, Industria y Economia (UNEP DTIE), a favor de la Oficina Tecnica de Ozono del Ministerio de la Produccion, por un valor de US$ 17 035,31 (Diecisiete Mil Treinta y Cinco y 31/100 Dolares de Estados Unidos de America), equivalente en moneda nacional a S/. 58 567,40 (Cincuenta y Ocho Mil Quinientos Sesenta y Siete y 40/100 Nuevos Soles); Que, de acuerdo a la Factura Nº INV03116, el valor de los bienes donados asciende a US$ 14 737.25 (Catorce Mil Setecientos Treinta y Siete y 25/100 Dolares de Estados Unidos de America), equivalente a 17 035.31 (Diecisiete Mil Treinta y Cinco y 31/100 Euros), lo cual no coincide con el valor recogido en la Resolucion Ministerial Nº 313-2003-PRODUCE; por lo que es necesario proceder a la modificacion a fin de continuar con el tramite de inafectacion del Impuesto General a las Ventas (IGV), a la donacion realizada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, articulo 172º del Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal aprobado por el Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, Resolucion Nº 031-2002/SBN, y Resolucion de Contraloria Nº 122-98-CG; y, Con la opinion favorable del Viceministro de Industria y de las Oficinas Generales de Desarrollo y Planeamiento Estrategico y de Asesoria Juridica; SE RESUELVE:

Articulo Primero.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Finlandia al Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA Picasso Botto. Articulo Segundo.- Extender las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Articulo Tercero.- La fecha en que el mencionado funcionario diplomatico debera asumir funciones sera fijada por Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 13177

Designan delegacion para participar en la VII Ronda de Negociacion para la Suscripcion de un Tratado General de Integracion, MORDAZA Comun y Cooperacion entre Peru y Bolivia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0542-2004-RE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004

Articulo 1º.- Modificar el MORDAZA Considerando y el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 313-2003PRODUCE, en el extremo correspondiente al valor de la donacion consistente en equipos de identificacion, el mismo que de acuerdo a la Factura Nº INV03116, asciende a US$ 14 737.25 (Catorce Mil Setecientos Treinta y Siete y 25/100 Dolares de Estados Unidos de America), equivalente a 17 035.31 (Diecisiete Mil Treinta y Cinco y 31/100 Euros), quedando subsistentes los demas extremos de la mencionada Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los plazos legales establecidos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 13052

CONSIDERANDO: Que el 28 de agosto de 2003 los Cancilleres del Peru y Bolivia suscribieron una Declaracion Conjunta en la cual acordaron iniciar un MORDAZA de negociaciones para celebrar, en un plazo no mayor a un ano, un Tratado General de Integracion, MORDAZA Comun y Cooperacion entre el Peru y Bolivia, fijandose para tal efecto un cronograma; Que en cumplimiento de dicho acuerdo se han celebrado hasta la fecha seis rondas de negociacion, habiendose acordado con el Gobierno de Bolivia que la VII Ronda de Negociacion para la suscripcion de un Tratado General de Integracion, MORDAZA Comun y Cooperacion se realice en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Republica de Bolivia, el 5 y 6 de MORDAZA de 2004; Atendiendo la importancia que asigna el Gobierno del Peru a los avances de esta negociacion con miras a construir un espacio integrado politica, economica y culturalmente con la Republica de Bolivia; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GPX) Nº 3130, del Gabinete de Coordinacion del Secretario de Politica Exterior, de 5 de MORDAZA de 2004; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; en concordancia con el articulo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; los articulos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el articulo 15º de la Ley Nº 28128, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2004; SE RESUELVE; Articulo Primero.- En via de regularizacion, designar a la delegacion peruana que participo en la VII Ronda de Negociacion para la Suscripcion de un Tratado General de Integracion, MORDAZA Comun y Cooperacion entre las Republicas del Peru y Bolivia, realizada en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, Republica de Bolivia, el 5 y 6 de MORDAZA de 2004, la que estuvo conformada por los siguientes funcionarios:

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en Finlandia
RESOLUCION SUPREMA Nº 219-2004-RE MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2004 De conformidad con el inciso 12) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, que establece la facultad del senor Presidente de la Republica de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobacion del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso; Estando a lo dispuesto en los articulos 26º y 27º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 19 de octubre de 2003; y los articulos 62º, 63º B) y 64º literal a) del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 11 de diciembre de 2003; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

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