Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2005 (08/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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nado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica y normas reglamentarias y complementarias. Ademas, al finalizar cada ejercicio anual, las entidades beneficiarias del FOCAM deberan publicar, en medios efectivos de difusion local, la lista de los proyectos realizados con cargo a los recursos del FOCAM. Por su parte, el Ministerio de Economia y Finanzas informara sobre los procedimientos en la construccion de los indices, asi como los indicadores y la metodologia empleada en la determinacion de los montos correspondientes a los gobiernos regionales y locales, a traves de su pagina web y/o el Diario Oficial El Peruano, posteriormente a la publicacion de la Resolucion Ministerial correspondiente. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Los recursos captados por el FOCAM hasta el mes de marzo se distribuiran en una sola cuota en el mes de MORDAZA proximo, de acuerdo a los indices de distribucion que para tal efecto aprobara el Ministerio de Economia y Finanzas. Con dicho proposito, el Ministerio de Energia y Minas proporcionara la informacion descrita en el articulo 5º del presente Decreto Supremo a mas tardar durante la primera semana del mes de abril. 06936

Articulo Unico.- Actualizar y Publicar las Bandas de Precios para los Productos: GLP, Gasolinas 97, 95, 90 y 84, Kerosene, Diesel 2, Petroleo Industrial Nº 6 y Petroleo Industrial 500. PRODUCTOS Soles por Galon GLP Soles por Kg. GASOLINA 97 GASOLINA 95 GASOLINA 90 GASOLINA 84 KEROSENE DIESEL 2 Petroleo Industrial Nº 6 Petroleo Industrial 500 LIMITE SUPERIOR 2.09 6.66 6.57 6.24 5.96 6.40 6.22 3.26 3.03 LIMITE INFERIOR 1.93 6.16 6.08 5.77 5.51 5.92 5.75 3.02 2.80

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Director General de Hidrocarburos 06911

INTERIOR ENERGIA Y MINAS
Autorizan a procurador iniciar demanda por incumplimiento de contrato e indemnizacion a servidora profesional medica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0563-2005-IN/PNP MORDAZA, 14 de marzo del 2005 VISTO, el Oficio Nº 2591-2004-PP.IN/PNP.1204 de 07DIC04, mediante el cual el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP solicita expedicion de Resolucion Ministerial Autoritativa a fin de interponer las acciones judiciales pertinentes contra la CAP. MED. PNP (r) Iveth MORDAZA NUNEZ MORDAZA para iniciarle Demanda por Incumplimiento de Contrato e Indemnizacion por Danos y Perjuicios Causados al Estado; CONSIDERANDO: Que, mediante O/M Nº 3573-2000-DIPER/DAPO DMDI-SPD.3 de 07JUL00, formulado por el senor MORDAZA PNP Jefe de la Division de Administracion de Oficiales DIPER-PNP, se transcribe la Resolucion Suprema Nº 0416-2000-IN/PNP de fecha 14JUN00, que establece MORDAZA en el servicio por Medida Disciplinaria a la CAP. MED. PNP (r) Iveth MORDAZA NUNEZ MORDAZA, con fecha 15OCT99, en via de regularizacion; Que, la servidora indicada en el parrafo anterior, independientemente de haber percibido sus remuneraciones por el trabajo real y efectivo realizado como Residente Medico, al haber dejado de asistir a su centro laboral PNP, habria incurrido en las causales del Art. 1148º, 1150º y 1152º del Codigo Civil, cuyas normas regulan las obligaciones de hacer; por lo que en el presente caso para las acciones por el incumplimiento de contrato, son tambien de aplicacion los Arts. 1318º y 1321º del acotado texto legal, que regulan sobre la inejecucion de obligaciones permitiendo solicitar una indemnizacion de danos y perjuicios; Que, mediante Decreto Ley Nº 17537 de 25MAR69 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 de 27MAY67, concordante con lo previsto en el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, se autoriza a los senores Procuradores Publicos a ejercer la defensa de los derechos e intereses del Estado en juicio; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0703-2000.IN/PNP de 05JUN00, se autorizo al senor Procurador a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP, para que inicie las acciones legales perti-

Actualizan Bandas de Precios para GLP , Gasolinas, Kerosene, Diesel 2 y Petroleos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 090-2005-EM/DGH MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 010-2004 se creo el Fondo para la Estabilizacion de Precios de los Combustibles Derivados del Petroleo, como fondo intangible destinado a evitar que la alta volatilidad de los precios del petroleo crudo y sus derivados se traslade a los consumidores del MORDAZA interno; dispositivo legal que fue MORDAZA en su vigencia por ciento ochenta (180) dias calendario, mediante Decreto de Urgencia Nº 0072005, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 15 de marzo de 2005; Que, por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF, se aprobaron las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 010-2004; Que, el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 designo como Administrador del Fondo a la Direccion General de Hidrocarburos del Ministerio de Energia y Minas; Que, el articulo 4º del referido Decreto de Urgencia dispone, que es obligacion del Administrador del Fondo, publicar en el Diario Oficial El Peruano y actualizar periodicamente, en los plazos que establezca el Reglamento, la Banda de Precios para cada uno de los Productos; Que, el articulo 6º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2004-EF preve que el Administrador del Fondo debera publicar por lo menos una vez cada mes en el Diario Oficial El Peruano las mencionadas Bandas de Precios; Que, con fecha 30 de marzo de 2005 se publico en el Diario Oficial El Peruano, la MORDAZA actualizacion de las Bandas de Precios para los productos: Gasolinas 97, 95, 90 y 84 y Kerosene; Que, es necesario modificar las Bandas de Precios para los todos los Productos; Conforme con lo dispuesto por el Decreto de Urgencia Nº 010-2004 y el Decreto Supremo Nº 1422004-EF que aprueba las normas reglamentarias y complementarias del Decreto de Urgencia Nº 0102004, asi como del Decreto de Urgencia Nº 007-2005 que amplia el plazo de vigencia del Decreto de Urgencia Nº 010-2004.

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