Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2005 (08/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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a) Las modificaciones consistentes en la apertura de vanos, ejecucion de cisternas y/o colocacion de tanques elevados, la ejecucion de cercos perimetricos y rejas perimetrales de seguridad. b) Las ampliaciones y/o modificaciones de area techada que no excedan de los 30.00 m2; que no afecten y comprometan la estructura de la edificacion, ni cambien el uso del predio original. Articulo Segundo.- ORGANO COMPETENTE Corresponde a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA la competencia de conocer y dar tramite al procedimiento establecido en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- REQUISITOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE OBRA MENOR 3.1. Para la MORDAZA del expediente que de inicio al procedimiento de Licencia de Obra menor, el interesado debera presentar: a) Carpeta (Formulario Solicitud y FOM - Formulario Oficial Multiple. b) Memoria Descriptiva, conteniendo el detalle de la obra a realizar, fecha de inicio y plazo de ejecucion de la obra. c) MORDAZA del Titulo de Propiedad. d) Pago de derecho de tramite. 3.2. En los casos de modificaciones, reparaciones, asi como la apertura de vanos, ejecucion de cisternas y/o colocacion de tanques elevados o la ejecucion de cercos perimetricos, se requerira ademas: e) Carta de seguridad y responsabilidad de la obra, firmada por Arquitecto o Ingeniero Civil. 3.3. Para el caso de ampliaciones del area techada existente, hasta en 30.00 m2, se debera adjuntar adicionalmente: f) Plano de ubicacion especificando en el Cuadro de Areas respectivo, las areas existentes y la ampliacion a efectuar; planos de distribucion, cortes y elevaciones a escala conveniente, firmados por el propietario y profesional responsable de la obra, sea Arquitecto o Ingeniero Civil. g) Boleta de habilidad expedida por el Colegio Profesional. h) Presupuesto de la obra a realizar. i) Recibo de pago de la liquidacion de derechos municipales, que incluye la Licencia y el Control de Obra. En caso de que las licencias de obras menores senaladas en los literales a) y b) del articulo primero de la presente ordenanza no MORDAZA solicitadas por el propietario del bien inmueble en el cual se ejecutan, el interesado debera presentar una Declaracion Jurada del propietario del inmueble, con firma legalizada notarialmente, por la que este autoriza la ejecucion de la obra. 3.4. Las solicitudes de Licencia de Obras Menores se encuentran sujetas a las siguientes limitaciones: j) En caso de tratarse de un inmueble comprendido en el Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusivo y de Propiedad Comun, debera adjuntar a la solicitud, la autorizacion de la Junta de propietarios, cuando las obras a ejecutar afecten areas de dominio comun o cambio en el uso del predio original o la apariencia externa del predio, en concordancia con lo establecido en los articulos 133º, 136º y 141º del D.S. Nº 008-2000MTC, Reglamento de la Ley Nº 27157. k) Cuando la obra se ejecute para el acondicionamiento de garajes o areas de estacionamiento para habilitar ambientes de uso distinto, se debera compensar el deficit de estacionamiento dentro del lote. l) En ningun caso se permitira la construccion en MORDAZA de retiro reglamentario. m) No se autorizara la ejecucion de obras que implique incremento de area techada en distintas etapas. La Municipalidad, a traves de la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana y en coordinacion con la

Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras esta facultada para realizar la verificacion y fiscalizacion correspondiente, de acuerdo a Ley, sin perjuicio de las sanciones a que hubieren lugar. En todos los casos, el propietario se encuentra obligado a regularizar la obra ejecutada. Articulo Cuarto.- PROCEDIMIENTO 4.1. Si la obra no comprende la ampliacion del area techada, con la sola MORDAZA de la documentacion establecida en el numeral 3.1 del articulo tercero de la presente ordenanza, se tendra por otorgada la Licencia de Obra Menor, bajo responsabilidad del propietario y del proyectista; sin perjuicio de realizarse la fiscalizacion posterior por parte de la autoridad municipal. 4.2. De comprender la obra la ampliacion del area techada, la documentacion requerida sera revisada y evaluada por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Obras, la cual de verificarse el cumplimiento de la normatividad vigente, la aprobara mediante resolucion en un plazo no mayor de 7 dias utiles. Articulo Quinto.- REGIMEN DEL PROCEDIMIENTO 5.1 Las solicitudes de Licencia de Obra Menor que no comprenden area techada, constituyen procedimientos de aprobacion automatica. 5.2 Las solicitudes de Licencia de Obra Menor que comprenden area techada, constituyen procedimientos de evaluacion previa con silencio administrativo negativo. Articulo Sexto.- VIGENCIA DE LA LICENCIA DE OBRA MENOR Las Licencias de Obra Menor expedidas de conformidad al procedimiento establecido en la presente ordenanza tendran una vigencia de 120 dias calendario, contados desde la fecha de expedicion. Articulo Setimo.- INCORPORACION DEL PROCEDIMIENTO AL MORDAZA VIGENTE Incorporese al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, aprobado por la Ordenanza Nº 134-MDMM, el procedimiento de Licencia de Obra Menor senalado en la presente ordenanza incluyendose al mismo el siguiente derecho: 7.1 Derecho de Tramite equivalente al 4% de la UIT DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Las obras de refaccion o acondicionamiento a que se refieren los literales f) y g) del articulo 51º del Reglamento de la Ley Nº 27157, aprobado el D.S. Nº 008-2000-MTC que se ejecuten deberan ser comunicadas a la municipalidad mediante la MORDAZA del Formulario Oficial Multiple - FOM, a efectos de verificar que las mismas se ajusten a las normas urbanisticas vigentes. En caso que la autoridad municipal constate que el propietario efectua las refacciones o acondicionamiento sin la comunicacion senalada procedera a la aplicacion de la sanciones de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza Nº 182-MDMM. Segunda.- Incorporese al Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad las siguientes infracciones:
CODIGO 1030 1031 DESCRIPCION DE LA INFRACCION Efectuar obras menores sin contar con la licencia respectiva No comunicar a la municipalidad las obras de refaccion o acondicionamiento MULTA EN % UIT 3% 10%

Tercera.- La presente ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA OYAGUE MORDAZA

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