Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2005 (08/04/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

Pag. 290368

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

nentes contra la Oficial PNP citada en el parrafo precedente, a fin de que reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por el Residentado Medico que realizo en la especialidad de Radiologia, desde el 01JUN96 hasta el 31 MAY99, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 19732004.IN/PNP de 24NOV04, se dispone en el Art. 1º dejar sin efecto las resoluciones que autorizaron iniciar demandas a los profesionales medicos para que reintegren al Estado el total de los gastos ocasionados en su especializacion profesional; y en el Art. 2º se autoriza iniciar la demanda por incumplimiento de contrato e indemnizacion por danos y perjuicios causados al Estado, a efectos de que se reintegre el equivalente que le costaria al Estado contar con un profesional medico especialista; Que, dentro de este MORDAZA legal y obligacional es necesario que la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la PNP cuente con autorizacion especifica respectiva para iniciar, contra la CAP. MED. PNP (r) Iveth MORDAZA NUNEZ MORDAZA, Demanda por Incumplimiento de Contrato e Indemnizacion por lo que le costaria al Estado dejar de contar con un profesional medico especialista, dejando sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 07032000.IN/PNP de 05JUN00 mediante la cual se autorizaba a la indicada Procuraduria iniciar acciones legales por los gastos ocasionados por el Residentado Medico de la servidora mencionada; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Salud de la PNP, con Dictamen Nº 0004-2005-DIRSAL-PNP/OFIASJUR de 03ENE05; Lo propuesto por el senor General Medico PNP Director de Salud de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el senor General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, a iniciar contra la CAP. MED. PNP. (r) Iveth MORDAZA NUNEZ MORDAZA, Demanda por Incumplimiento de Contrato e Indemnizacion por Danos y Perjuicios Causados al Estado. Articulo 2º.- Derogar la Resolucion Ministerial Nº 0703-2000.IN/PNP de fecha 05JUN00 y todas las disposiciones que se opongan a la presente norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA M. MURAZZO MORDAZA Ministro del Interior 06199

MORDAZA A. Cancado Trindade, Presidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Alirio Abreu Burelli, Juez MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez y MORDAZA MORDAZA de Roux MORDAZA, Juez; presentes, ademas: MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA, Secretario y MORDAZA Pomi, Secretario adjunto, de acuerdo con los articulos 29, 55 y 57 del Reglamento de la Corte (en adelante "el Reglamento"), dicta la presente Sentencia. I Introduccion de la causa 1. El 8 de junio de 2000 la Comision Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Comision" o "la Comision Interamericana") presento ante la Corte la demanda en este caso, en la cual invoco el articulo 51.1 de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos (en adelante "la Convencion" o "la Convencion Americana") y el articulo 32 del Reglamento. La Comision sometio el caso con el fin de que la Corte decidiera que hubo violacion, por parte del Estado del Peru (en adelante "el Peru", "el Estado" o "el Estado peruano"), del articulo 4 (Derecho a la Vida) de la Convencion Americana, en perjuicio de MORDAZA MORDAZA Chumbipuma MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Astovilca, MORDAZA MORDAZA Huamanyauri Nolazco, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Mender MORDAZA Nunez y MORDAZA MORDAZA Churo. Asimismo, pidio a la Corte que decidiera que el Estado violo el articulo 5 (Derecho a la Integridad Personal) de la Convencion Americana, en perjuicio de MORDAZA Condorcahuana Chicana, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Livias MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Alvitez. Ademas, requirio al Tribunal que decidiera que el Estado peruano violo los articulos 8 (Garantias Judiciales), 25 (Proteccion Judicial) y 13 (Libertad de Pensamiento y de Expresion) de la Convencion Americana como consecuencia de la promulgacion y aplicacion de las leyes de amnistia Nº 26479 y Nº 26492. Finalmente, solicito a la Corte que determinara que, como consecuencia de la promulgacion y aplicacion de las leyes de amnistia Nº 26479 y Nº 26492 y de la violacion a los derechos senalados, el Peru incumplio los articulos 1.1 (Obligacion de Respetar los Derechos) y 2 (Deber de Adoptar Disposiciones de Derecho Interno) de la Convencion Americana sobre Derechos Humanos. La Comision solicito a la Corte, ademas, que ordenara al Peru que: a) reabra la investigacion judicial sobre los hechos; b) otorgue una reparacion integral adecuada por concepto de dano material y moral a los familiares de las 15 presuntas victimas que fueron ejecutadas y de las cuatro presuntas victimas que se encuentran con vida; c) derogue o deje sin efecto la Ley Nº 26479 que concede "amnistia general a personal militar, policial y civil para diversos casos" y la Ley Nº 26492 que "[p]recisa ... [la] interpretacion y [los] alcances de [la] amnistia otorgada por la Ley Nº 26479"; y d) pague las costas y gastos en que han incurrido las presuntas victimas y/o sus familiares, para litigar en este caso tanto en el ambito interno como ante la Igualmente la Comision acuerda notificar a los peticionarios de la aprobacion de un informe segun el articulo 50 de la Convencion. (...) VI Allanamiento

JUSTICIA
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos recaida en la causa Nº 11.528 (Caso MORDAZA Altos)
ANEXO - RESOLUCION SUPREMA Nº 091-2005-JUS (La Resolucion Suprema de la referencia se publico en la edicion del 2 de MORDAZA de 2005) Corte Interamericana de Derechos Humanos Caso MORDAZA Altos (Chumbipuma MORDAZA y otros vs. Peru) Sentencia de 14 de Marzo de 2001 En el caso MORDAZA Altos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante "la Corte Interamericana", "la Corte" o "el Tribunal"), integrada por los siguientes jueces:

Alegatos del Estado
34. En su escrito de 19 de febrero de 2001 y en la audiencia publica de 14 de marzo de 2001, el Peru reco-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.