Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2005 (08/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Regulan regimen de administracion del Deposito Municipal de Vehiculos
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000005 Callao, 31 de marzo de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en sesion de fecha 31 de marzo de 2005, aprobo la siguiente; Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL REGIMEN DE ADMINISTRACION DEL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS - (DMV) CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por Ley Nº 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, los Gobiernos Locales Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por mandato imperativo del Articulo 195º inciso 5. de nuestra Carta Magna, igualmente modificada por la Ley Nº 27680 y concordante con lo establecido en el articulo IV del Titulo Preliminar y articulo 9º, inciso 29. de la Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo y son competentes, entre otros aspectos para organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos de su responsabilidad, dentro del las circunscripciones de su jurisdiccion; Que, de conformidad a lo preceptuado en el articulo 81º numeral 1) de la Ley Organica de Municipalidades, y concordante con lo establecido en el articulo 17º de la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre y el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 0332001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, entre otros, son funciones especificas exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, Vialidad y Transporte Publico, las de normar, regular y planificar el transporte terrestre a nivel provincial, asi como las de normar, regular, organizar y mantener los sistemas de senalizacion y semaforos y regular el MORDAZA MORDAZA de peatones y vehiculos en la provincia; Que, el Articulo 46º de la Ley Organica de Municipalidades, referida a las sanciones, establece que las normas municipales son de caracter obligatorio y su incumplimiento acarrea las sanciones correspondientes, las cuales podran ser las de multa, suspension de autorizaciones o licencias, internamiento de vehiculos, entre otros; para cuyo efecto la Municipalidad respectiva o el ejecutor coactivo correspondiente podran solicitar el apoyo de la Policia Nacional del Peru, quien bajo responsabilidad, esta en la obligacion de prestar su apoyo en el cumplimiento de las sanciones que se impongan; Que, la Municipalidad Provincial del Callao es la autoridad administrativa competente para normar, organizar, reglamentar el funcionamiento del Deposito Municipal de Vehiculos (DMV) en su jurisdiccion, de confor-

midad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0332001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, el mismo que guarda relacion con lo establecido para el caso en la Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre; Que, es necesario precisar que el Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA, regula el uso de las vias publicas terrestres, aplicables a los desplazamientos de las personas, vehiculos y animales, asi como a las actividades vinculadas con el transporte y el medio ambiente, en cuanto se relacionan con el MORDAZA, estableciendo como medida preventiva el internamiento del vehiculo en el Deposito Municipal, cuando este no reuna las condiciones minimas para circular, entorpezca el MORDAZA o atente contra la seguridad de los demas usuarios de la via; Que, la MORDAZA glosada en el considerando que antecede, define como Deposito Municipal al local autorizado para el internamiento de vehiculos, provisto de equipamiento y seguridad, estableciendo que la persona natural o juridica encargada de la administracion del Deposito, es el responsable del vehiculo en calidad de depositario, en tanto permanezca en sus instalaciones y debe cumplir con lo establecido en las disposiciones sobre deposito del Codigo Civil; no existiendo sin embargo, un dispositivo legal que regule su operatividad y funcionamiento de manera especifica; Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de Ordenanzas, de conformidad con lo estipulado en los articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, las cuales tienen rango de ley, en virtud a lo previsto en el Articulo 200º, inciso 4. de la Constitucion Politica del Estado; Que, siendo una facultad exclusiva y excluyente de las Municipalidades administrar los Depositos Municipales de Vehiculos y no existiendo normatividad alguna que reglamente el funcionamiento y operatividad de estos, se hace necesario expedir una Ordenanza Municipal que establezca las pautas y procedimientos para una eficaz y eficiente administracion de los Depositos Municipales de la Municipalidad Provincial del Callao, el mismo que debe concordar con las disposiciones que para dicho efecto se establecen en la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27181 - Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, Ley Nº 26979 - Ley de Ejecucion Coactiva, Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Decreto Legislativo Nº 776 - Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC - Reglamento Nacional de MORDAZA y Decreto Supremo Nº 009-2004 - Reglamento Nacional de Administracion del Transporte; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el numeral 8 del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; el Concejo Municipal Provincial del Callao aprobo la siguiente Ordenanza Municipal: ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA EL REGIMEN DE ADMINISTRACION DEL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS - (DMV) Articulo 1º.- ALCANCE La presente Ordenanza establece las disposiciones normativas generales de regulacion del Deposito Municipal de Vehiculos - (DMV) en la Provincia Constitucional del Callao, sobre la que ejerce jurisdiccion exclusiva la Municipalidad Provincial del Callao a traves de la Gerencia General de Transporte Urbano. En MORDAZA con las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza Municipal se dictaran los Decretos y Resoluciones de Alcaldia correspondientes que complementen, desarrollen o modifiquen la misma, segun sea el caso; autorizando al MORDAZA la expedicion de los citados dispositivos municipales. Articulo 2º.- DEFINICION Se entiende por Deposito Municipal de Vehiculos (en adelante el DEPOSITO) al local autorizado por la Gerencia General de Transporte MORDAZA para el internamiento y custodia de vehiculos, dispuesto por la autoridad competente, provisto de equipamiento y seguridad de acuerdo con las normas legales vigentes.

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