Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2005 (08/04/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 8 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, se establece la presuncion razonada que la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA han hecho uso de documentos falsos o falsificados como si fuesen legitimos, para sustentar una situacion distinta de la realidad, con la consecuente insercion de datos falsos en Formulario de Identidad, por lo cual se deduce la comision del delito contra la Fe Publica, en sus modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previstos y sancionados en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ESPINOZA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la comision del delito contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06903 RESOLUCION JEFATURAL Nº 432-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 22 de marzo de 2005 Visto, el Oficio Nº 016-2005-GP/RENIEC, y el Informe Nº 198 -2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 17 de febrero de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que, ciudadanos no identificados que dicen llamarse DANY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESNAYDE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, JACKELINE LISSBETH MORDAZA MANZANARES, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ROMIRITO MORDAZA MORDAZA, solicitaron tramite de inscripcion en el Registro Unico de Personas Naturales, presentando como sustento las partidas de nacimiento emitidos por las respectivas oficinas de registros civiles; Que, la Gerencia de Procesos al verificar los sustentos documentales presentados, observa ciertas irregularidades en los documentos, solicitando la verificacion del sustento documental, las mismas que informan que en sus archivos no se encuentra registradas partidas de nacimiento a nombre de los ciudadanos detallados en el oficio del visto;

Que, realizados los informes periciales por los peritos dactiloscopico, biometrico y Grafotecnico, concluyen que los documentos presentados por los ciudadanos son documentos falsos; Que, de los hechos MORDAZA mencionados, se desprende que los ciudadanos aun no identificados, quienes dicen llamarse DANY MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ESNAYDE MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, JACKELINE LISSBETH MORDAZA MANZANARES, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA ROMIRITO MORDAZA MORDAZA, al haber presentado documento falso como si fuese legitimo ante el Registro, pretendiendo insertar datos falsos en el MORDAZA de Inscripcion con el fin de obtener una identidad que no le corresponde, constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, previsto y sancionado en los articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra los que resulten responsables; y De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra los que resulten responsables, por presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos (Falsedad Impropia o de Uso) y Falsedad Ideologica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 06904 RESOLUCION JEFATURAL Nº 434-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 30 de marzo de 2005 Visto, los Oficios Nºs. 512, 513, 517-2005-GO/RENIEC, los Informes Nº 375, 376, 380-2004-GO-SGREC/ RENIEC, y el Informe Nº 276-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 16 de marzo del 2005. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de planear, organizar y supervisar las acciones de gestion y control de calidad en materia de identificacion y estado civil, en su permanente labor de fiscalizacion, ha detectado que los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA SLEE ZARATE; MORDAZA MORDAZA HUICHO; MORDAZA MORDAZA MORDAZA y TILA MORDAZA MORDAZA, en atencion al MORDAZA de veracidad de las declaraciones, inscribieron en forma irregular el nacimiento de los menores citados en los documentos del visto, obteniendose las Actas de Nacimiento Nº 61213711, 62547746 y 62697294 respectivamente, en los que declararon datos falsos en cuanto a la filiacion de los menores;

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