Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2006 (26/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano
Viernes 26 de MORDAZA de 2006

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NORMAS LEGALES

319567

Declaran improcedente impugnacion interpuesta por persona natural que suscribio contratos de servicios no personales con la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 346-2006-GRL-P Iquitos, 22 de marzo del 2006 Visto, el Recurso de Reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpuesto contra el MEMORANDO Nº 080-2006-GRL-GGR, de fecha 30 de enero del 2006; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 3 de febrero del 2006, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, interpone recurso de reconsideracion contra el documento y el Acto que contiene el Memorando Nº 080-2006-GRL- GGR, de fecha 30 de enero del 2006, dictada por el Gerente General Regional Dr. MORDAZA Univazo Munoz, por no encontrarse dicho documento ajustado a derecho, ni reunir las formalidades del caso, solicitando que se declare la nulidad de dicho acto. Fundamenta su recurso en el hecho de haber sido comunicado mediante Memorando Nº 019-2006-DRTPE-IQU, de fecha 31 de enero del 2006, que su contrato suscrito con la Direccion Regional de Trabajo de MORDAZA, ha sido autorizado unicamente desde el 1 al 31 de enero del 2006, sin embargo, el recurrente senala que, ha venido trabajando en la Direccion Regional de Trabajo, por espacio de 3 anos y 9 meses, por lo tanto no se le puede MORDAZA con un simple memorando, mas aun si su Jefe inmediato Superior de ese entonces Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Meono, solicito la ampliacion de su contrato hasta el 30 de junio del 2006; Que, revisados los antecedentes que originaron la MORDAZA del recurso de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se puede verificar que el recurrente suscribio contratos de servicios no personales con la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, desde el 1 de MORDAZA del 31 de diciembre del 2002; y asi sucesivamente firma contratos de servicios no personales de periodos cada uno de seis meses, tanto en el ano 2003, como en el 2004, el objeto de estos contratos fueron para realizar labores de apoyo temporal como Patrocinador Juridico, en la Oficina de Defensa y Asesoria al Trabajador de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo, posteriormente mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 675-2005-GRL-P, de fecha 16 de junio del 2005, se resuelve contratar en forma temporal, bajo la modalidad de servicios personales al impugnante, en la plaza que se encontraba vacante de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3. Director de Negociaciones Colectivas de la referida Direccion Regional, contrato que tenia validez durante el ejercicio presupuestal Ano 2005; en el presente ano, su contrato fue autorizado unicamente por el periodo del 1 al 31 de enero del 2006; Que, de los antecedentes que forman parte del presente expediente administrativo, se puede concluir que el reclamante ha mantenido una relacion contractual con la Direccion Regional de Trabajo, habiendo suscrito contratos de naturaleza civil, en los cuales claramente se establecia que no existia vinculo laboral entre el Contratante y el Contratado, estos contratos se encuentran amparados en los articulos 1755º y 1764º del Codigo Civil, contratos que se ejecutaron de acuerdo a la buena fe y comun intencion de las partes, por lo tanto no genera los derechos establecidos en la Ley Nº 24041; por otro lado, sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, resulta improcedente interponer recurso administrativo de reconsideracion contra un acto de administracion, como es el contenido del Memorando impugnado; Estando a lo expuesto; con las visaciones de la Oficina Regional de Asesoria Juridica; Oficina Regional de Administracion; Gerencia Regional de Desarrollo Social y Gerencia General Regional del Gobierno Regional de Loreto; y,

En uso a las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organizacion y Funciones del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003CR/RL; modificado por Ordenanza Regional Nº 020-CR/ GRL, de fecha 14 de diciembre del 2003; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra el MEMORANDO Nº 080-2006-GRL-GGR, de fecha 30 de enero del 2006; por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Dar por agotada la via administrativa. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 09208

GOBIERNO REGIONAL DE TACNA
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Sede del Gobierno Regional de Tacna
ORDENANZA REGIONAL Nº 003-2006-CR/GOB.REG.TACNA Tacna, 27 de marzo del 2006. EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional, con fecha veintisiete de marzo del ano en curso, en Sesion Extraordinaria, con el MORDAZA favorable y unanime de sus miembros asistentes, aprobo la siguiente Ordenanza Regional; ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA SEDE DEL GOBIERNO REGIONAL DE TACNA Articulo Primero.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Sede del Gobierno Regional de Tacna; que en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la vigencia de las Resoluciones Ejecutivas Regionales Nºs. 292-2004G.R.TACNA y 134-2005-PR/GOB.REG.TACNA. Articulo Tercero.- Publiquese la presente, asi como el contenido del MORDAZA, en el Diario Oficial El Peruano; y, difundase en el MORDAZA Electronico de la Institucion, conforme lo dispone el Art. 42º de la LOGR y el Art. 38º, numeral 38.3 de la Ley Nº 27444 -LPAG-. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgacion. En la MORDAZA de Tacna, a los veintisiete dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de Tacna. POR TANTO: Mando se registre, publique, difunda, cumpla y archive. Dado en la Sede del Gobierno Regional de Tacna, a los treinta dias del mes de marzo del ano dos mil seis. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Gobierno Regional de Tacna

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