Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2006 (26/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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319564

NORMAS LEGALES

El Peruano
Viernes 26 de MORDAZA de 2006

5. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 6. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 09146 RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 301-PE-ESSALUD-2006 MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2006 VISTA: La Carta Nº 296-GCOI-ESSALUD-2006 de la Gerencia Central de Organizacion e Informatica, el Informe Tecnico Nº 003-JMR-GCOI-ESSALUD-2006 que sustenta la exoneracion para la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de una licencia SAP R/3 para 100 usuarios; la Carta Nº 1449-OCAJ-ESSALUD-2006 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 1º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD, la Entidad otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion y rehabilitacion, y prestaciones economicas y sociales, que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como de otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico Nº 003-JMRGCOI-ESSALUD-2006 que sustenta la solicitud de exoneracion, el sistema SAP R/3 es un sistema que alberga tanto los programas como base de datos de los distintos modulos que lo conforman y que ha sido implementado por ESSALUD en los modulos de Contabilidad, Logistica, Costos, Presupuesto, Tesoreria y Cuentas por Cobrar, con la finalidad de optimizar la integracion administrativa institucional, a nivel nacional; Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 296-PE-ESSALUD-2004, se aprobo la exoneracion de la realizacion de una Adjudicacion Directa Publica, para la adquisicion de una (1) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios, asi como el servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion del mismo por el periodo de un ano; Que, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 328PE-ESSALUD-2005 del 1 de junio del 2005, se aprobo la exoneracion de una Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de mantenimiento y soporte tecnico de software de una (1) licencia para 100 usuarios SAP R/3, por el periodo de un ano. Mediante Orden de Compra Nº 4500544121 se contrato el referido servicio, por un periodo de un (1) ano contado desde el 12 de MORDAZA del 2005 al 11 de MORDAZA del 2006; Que, en el referido Informe Tecnico se senala que resulta necesario contratar el mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de las licencias ya adquiridas bajo el sistema SAP R/3, ello con la finalidad de mantener la integridad administrativa a nivel nacional para los diferentes modulos SAP R/3. Asimismo, el referido servicio resulta de suma importancia para el optimo funcionamiento en forma continua del sistema, ya que este servicio permite obtener las notas correctivas para el Sistema, asi como acceder al servicio OSS (Ayuda en linea), y, las actualizaciones del software que la titular de los derechos distribuya en el MORDAZA, durante la vigencia del contrato de mantenimiento; Que, mediante Carta Nº 296-GCOI-ESSALUD2006, la Gerencia Central de Organizacion e Informatica propone la exoneracion de la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y

actualizacion de Software de una (1) Licencia adquirida para 100 usuarios por el periodo de un (1) ano, contado a partir del 12 de MORDAZA del 2006 hasta el 11 de MORDAZA del 2007, por un monto de US$ 37,151.40 (Treinta y siete mil ciento cincuenta y uno con 40/100 dolares americanos) incluido IGV, en base al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estan exoneradas de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realizan cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara proveedor unico en los casos en que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, de acuerdo al Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, la firma SAP con sede en Alemania, es titular de los derechos de autor del software SAP R/3 en tanto que SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru, es la unica empresa acreditada por la titular de los derechos correspondientes, exclusiva, para brindar el servicio de mantenimiento de licencias SAP R/3 dentro del territorio nacional, cumpliendose con el articulo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM; Que, en tal sentido, la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de una licencia SAP R/3 para 100 usuarios no cumpliria funcion alguna, debido a que se trata de un servicio que no admite sustitutos, pues es el unico que satisface las necesidades de la Entidad y, ademas, puede ser prestado por un unico proveedor SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar la contratacion del servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software de una licencia SAP R/3 para 100 usuarios; en consecuencia, la contratacion del servicio debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

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