Norma Legal Oficial del día 26 de mayo del año 2006 (26/05/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 116

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NORMAS LEGALES

El Peruano
Viernes 26 de MORDAZA de 2006

servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo"; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en emergencia por desabastecimiento inminente las adquisiciones de los insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad Distrital de Sucre y solicitar la exoneracion al MORDAZA de Seleccion por Adjudicacion Directa Selectiva por la compra de los insumos para el referido programa, por espacio de 60 dias calendario a partir del 20 de enero de 2006. Articulo Segundo.- Aprobar un monto referencial en Nuevos Soles de S/. 16 858.70 Nuevos Soles para poder realizar las adquisiciones para el funcionamiento del PVL por espacio de 60 dias calendario, de la fuente correspondiente a ROGL y de la cuenta del PVL. Articulo Tercero.- Encargar al Jefe de Abastecimiento y Margesi de Bienes de la Municipalidad Distrital de Sucre como encargado de las adquisiciones para el funcionamiento del programa; asi como al Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rudas como responsable de la

investigacion sobre la demora en la publicacion del MORDAZA de exoneracion. Articulo Cuarto.- Disponer al area de Abastecimientos y Margesi de Bienes de la Municipalidad para que haga llegar al CONSUCODE una MORDAZA del Informe Tecnico Legal Nº 0012005-CPVL-AM/MDS; asi como las declaraciones juradas sobre los requerimientos minimos nutricionales y sobre los componentes nacionales del producto sustituto lacteo que se utilizara como insumo para el programa PVL de la Municipalidad Distrital de Sucre. Articulo Quinto.- Encargar al area de Abastecimientos y Secretaria General para que comunique al CONSUCODE con MORDAZA de la presente y ademas realice la publicacion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion dentro de los plazos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 09168

PROYECTO OSITRAN
Proyecto de modificacion del Contrato MORDAZA de Acceso para Oficinas Operativas en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 028-2006-CD-OSITRAN MORDAZA, 12 de MORDAZA de 2006 El Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Infraestructura de Transporte de Uso Publico - OSITRAN; VISTA: La Nota Nº 034-06-GRE-OSITRAN, mediante la cual se eleva el proyecto de modificacion de las condiciones generales de acceso para oficinas operativas en el Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez" (AIJCH), aprobadas mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2006-CD-OSITRAN; y , el proyecto de resolucion del Consejo directivo, presentado por la Gerencia General al Consejo Directivo en su sesion de fecha 12 de MORDAZA del ano en curso; CONSIDERANDO: Que, el literal d) del articulo 5º de la Ley Nº 26917 Ley de Supervision de la Inversion Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Publico, establece que es objetivo de OSITRAN fomentar y preservar la libre competencia en la utilizacion de la infraestructura de transporte de uso publico por parte de las Entidades Prestadoras, MORDAZA estas empresas publicas o privadas; Que, el Literal p) del Numeral 7.1 de la precitada Ley, senala que es funcion de OSITRAN cautelar el acceso en el uso de la infraestructura publica nacional de transporte y, en general, proteger los intereses de todas las partes que intervienen en las actividades relacionadas a dicha infraestructura; Que, el literal c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 27631, establece que la funcion normativa de OSITRAN comprende la facultad de dictar en el ambito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos y normas que regulan los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y Mandatos u otras normas de caracter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 3º del Reglamento General de OSITRAN (REGO), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2001-PCM, establece que en el ejercicio de sus funciones, la actuacion de OSITRAN debera orientarse a garantizar al usuario el libre acceso a la prestacion de los servicios, y a la infraestructura, siempre que se cumplan los requisitos legales y contractuales correspondientes; Que, el literal h) del Articulo 24º del REGO establece que en ejercicio de su funcion normativa general, OSITRAN puede dictar condiciones de acceso a la infraestructura bajo su ambito de competencia y a la provision equitativa de los servicios vinculados a la misma, incluyendo la oportunidad, la continuidad y en general los terminos y condiciones de contratacion; Que, el Literal f) del Articulo 8º del Reglamento MORDAZA de Acceso a la Infraestructura de Transporte de Uso Publico (REMA), aprobado por OSITRAN mediante la Resolucion Nº 014-2003-CD-OSITRAN, modificada por las Resoluciones Nº 014-2003-CD-OSITRAN y Nº 054-2005-CD-OSITRAN, establece que los solicitantes del acceso deben contar con la informacion necesaria para evaluar y negociar las condiciones de acceso a las Facilidades Esenciales, con el fin de que puedan tomar la decision de entrar al MORDAZA respectivo; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 6º del REGO con relacion al "Principio de Actuacion basado en Analisis Costo - Beneficio"; en el ejercicio de sus funciones, OSITRAN debera evaluar los beneficios y costos de sus decisiones MORDAZA de su realizacion y sustentarlas adecuadamente bajo criterios de racionalidad y eficacia; Que, con fecha 28 de febrero de 2006, se emitio la Resolucion Nº 011-2006-CD-OSITRAN, la misma que aprueba el Contrato MORDAZA de Acceso a las Oficinas Operativas del AIJCH, la misma que fue publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 6 de marzo ultimo; Que, el 22 de marzo del ano 2006, LAN PERU remitio a OSITRAN una comunicacion en la que formula diversas observaciones al Contrato MORDAZA de Acceso a Oficinas Operativas en el AIJCh;

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